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Areté

versión impresa ISSN 1016-913X

arete v.19 n.2 Lima  2007

 

ARTÍCULOS

 

Verdad: un debate tradicional revisado

Truth: a traditional debate reviewed

 

Crispin Wright1

1 University of St. Andrews

 


RESUMEN

El artículo plantea una revisión crítica de los presupuestos sobre los cuales se funda el debate tradicional acerca de la verdad. A pesar de reconocerse que dicho debate racionaliza muchos de los movimientos e intentos de clarificación hechos por sus protagonistas, se afirma que, en la medida en que está centrado en un análisis reductivo del concepto en cuestión, no es el indicado para generar la interpretación más adecuada del mismo. A lo largo del trabajo, se expondrán y criticarán las teorías que han entrado en disputa en este terreno: el deflacionismo, el intrinsecalismo y las dos formas de relacionismo, el coherentismo y la correspondencia. Hacia el final se llega a sostener una aproximación a la verdad que se erige como alternativa frente a la analítico-teorética, la cual, en sus muchas y diversas formas, ha constituido la base del debate tradicional.

Palabras clave: Verdad, deflacionismo, intrinsecalismo, coherentismo, correspondencia.

 


ABSTRACT

This paper proposes a critical review of the presuppositions at the background of the traditional discussion on truth. Despite acknowledging that the said discussion rationalizes many of the movements and tentatives of its main characters to clarify the facts, it is ascertained that, since it is centered in a reductive analyses of truth, it is not apt to generate the most adequate interpretation of the same. The theories in dispute will be expounded and criticized: deflationism, intrinsicalism, and both forms of relationism –coherentism and correspondence. An alternative to the analytical-theoretical approach to truth –which in its different guises has served as basis of the traditional debate– will be purported.

Key words: Truth, deflationism, intrinsicalism, coherentism, correspondence.

 


I

A cada estudiante de metafísica analítica en lengua inglesa se le enseña que el debate filosófico de principios del siglo XX sobre la verdad confrontó a la teoría de la correspondencia –sostenida por Russell, Moore, el primer Wittgenstein y, luego, por J.L. Austin– con la teoría de la coherencia defendida por los idealistas británicos1. Algunas veces, la concepción pragmatista de la verdad que proviene de Dewey, William James y C.S. Peirce se considera como un tercer participante en la discusión. Y como corresponde a un debate en los albores de la filosofía analítica, la materia en disputa se suele entender como siendo el análisis correcto del concepto.

Sin duda, esta concepción explica bien algunos de los giros característicos tomados en el debate. El análisis, como tradicionalmente se concibe, tiene que consistir en proveer equivalencias conceptuales clarificadoras; y la clarificación dependerá, de acuerdo con las reglas estándar del juego, de que el analysans utilice solo conceptos que, en el mejor de los casos, sean de alguna manera anteriores a, e independientes de, la noción que está siendo analizada –o, si esto es pedir demasiado, conceptos que por lo menos permitan alguna forma de explicación que, a su vez, no lo regresen a uno directamente a dicha noción. De esta manera, si en este espíritu se propone que la verdad es correspondencia con hechos externos, será posible para un crítico tanto garantizar la corrección de la propuesta, como, no obstante, rechazarla –porque podría afirmarse que falla en cumplir con las condiciones de un análisis clarificador. En particular, será obligación de un análisis de la verdad en términos de correspondencia que sea posible proporcionar explicaciones independientes apropiadas de las nociones de “correspondencia” y “hecho”, y es justamente aquí, por supuesto, que se han ubicado muchas de las dificultades tradicionales de la propuesta correspondentista. Asimismo, si proponemos analizar la verdad en términos de coherencia –o, en general, en líneas pragmatistas– debemos estar preparados para admitir que cualquier y toda ocurrencia de “verdadero”, como aplicada a aquello que el análisis reconoce como siendo sus portadores primarios –oraciones, proposiciones o lo que sea–, puede ser reemplazada, sin cambio de significado2, por una expresión del analysans preferido. Y, nuevamente, muchos de los nudos con que los críticos han atado propuestas de este tipo dependen de la explotación de esta restricción. Recientemente, en 1982, por ejemplo, Alvin Plantinga observó que si “verdadero” solo significa: sería creído por sujetos cognitivamente ideales que operan bajo condiciones cognitivamente ideales, entonces parece no haber ninguna posibilidad de recuperar, sin caer en una paradoja, una descripción del contenido del pensamiento: es verdadero que las condiciones no son cognitivamente ideales3.

Cuando todo el debate es acerca del análisis del concepto de verdad, al menos son posibles otros dos tipos de posiciones –e históricamente han sido, en efecto, utilizados. El primero es el punto de vista indefinibilista adoptado por Frege, según el cual la verdad no permite ningún análisis, porque es demasiado simple, o primitiva, o porque cualquier noción involucrada en una formulación que sea al menos correcta nos traería rápidamente de regreso a la verdad, comprometiendo de este modo la clarificación. Frege sostiene este punto de vista por razones cuya solidez lógica es materia de disputa4, pero la aparente escasez de análisis exitosos de cualquier cosa en la filosofía analítica, así como el estado incipiente e inquieto de la metodología del análisis mismo, deben alentar el pensamiento de que esta postura negativa no será fácilmente descartada. Completamente diferente –y bastante más interesante– es la propuesta que afirma que las concepciones de la verdad de la correspondencia, la coherentista, la pragmatista, e incluso la indefinibilista, están todas equivocadas en su convicción común, según la cual “verdadero” presenta en realidad un concepto sustancial. Esta es la tradición deflacionista, la cual es pensada usualmente como habiéndose originado con Ramsey. Ella fue defendida de modos bastante diversos por Ayer y Strawson, y sobrevive en escritores contemporáneos como Paul Horwich y Hartry Field5. De acuerdo con el deflacionismo, simplemente no hay nada que la verdad, en general, sea. Es una mala interpretación del rol del adjetivo “verdadero” verlo como expresando el concepto de una característica sustancial, de la cual una de las explicaciones tradicionales podría proveer un análisis correcto, o de la cual no se podría admitir ningún análisis correcto. Aquellos que piensan de otro modo no están captando la idea de que el rol de un adjetivo significativo no tiene que ser el de adscribir una propiedad genuina.

Mi primer y principal punto es que, no obstante el hecho de que la concepción del debate tradicional acerca de la verdad racionaliza muchos de los movimientos hechos y que, por lo tanto, sin duda refleja las intenciones de muchos de los protagonistas, en la medida en que está centrada en un análisis reductivo del concepto, no es la indicada para generar la interpretación más fructífera del mismo. Para ver esto, supongamos que los indefinibilistas están en lo correcto; que “verdadero”, al igual que –digamos– “rojo”, no admite ningún desglose conceptual clarificador. Es sorprendente que la discusión filosófica sobre el color apenas haya sido silenciada por el correspondiente punto de vista acerca del concepto rojo o de los colores básicos en general. El punto de vista de que hay, como pensaba Locke, una distinción interesante entre cualidades primarias y secundarias de los objetos, y que rojo es una cualidad secundaria; el punto de vista de que si un objeto es rojo, este es, de algún modo, un asunto “dependiente de respuesta” o, más generalmente, que hay alguna forma de relatividad implícita en la idea del ser rojo de un objeto; el punto de vista de que rojo es, por el contrario, una propiedad no relacional de los objetos o, más específicamente, que las cosas rojas forman una especie natural; o incluso el punto de vista de las “teorías del error”, según el cual un inventario completo de las características encontradas en el mundo real podría no contener ninguna mención a los colores. Todas estas perspectivas, y un reconocimiento del interés de los debates a los cuales ellas contribuyen, son consistentes con el reconocimiento de la indefinibilidad de los conceptos de color. Así, de modo consistente con su indefinibilidad –si es que es indefinible–, puede esperarse que aparezca un rango similar de asuntos en conexión con la verdad. “Verdadero” –aun cuando sea tomado, en el sentido amplio que nos interesa, como un predicado de cosas que portan un contenido– se predica de una variedad de ítems: creencias, pensamientos, proposiciones, proferencias simbólicas u oraciones tipo. Pero sea cual fuere el ítem que tengamos en mente, podemos preguntar si el que uno de ellos sea verdadero es de algún modo un asunto implícitamente relacional –y si es así, cuáles son los términos de la relación; si es un asunto dependiente de respuesta o de algún otro modo dependiente de la subjetividad o de un punto de vista; si realmente no hay, en general, nada en lo cual consista la verdad de un ítem tal –si un inventario de todas las propiedades a ser encontradas en el mundo no incluye la mención de una cosa tal como la verdad.

En efecto, tales cuestiones surgen por alguna característica putativa, Φ. ¿Deberíamos nosotros (ontologistas) tomar a Φ seriamente o lo apropiado sería asumir algún tipo de punto de vista vinculado con las teorías del error o deflacionario? ¿Si lo tomamos seriamente, deberíamos pensar la situación de ser Φ un ítem simplemente como un asunto de en qué consiste intrínsecamente para ese ítem estar en esa situación, o estaríamos más bien tratando con una relación? ¿Que un ítem sea Φ es un asunto objetivo (y qué significa decir eso)? Estas son cuestiones analítico-filosóficas por excelencia, pero no es necesario que esperen –y no deberían ser resueltas por– la provisión de un análisis conceptual correcto.

II

Supóngase que descartamos la concepción del debate tradicional centrada en el análisis y nos concentramos, en lugar de ello, en la dirección sugerida por las reflexiones anteriores. Claramente, la opción deflacionaria sigue en juego, sosteniendo que la verdad no es una característica genuina de ninguna cosa –que no encontraría lugar en un inventario de lo que es real. Todos los otros puntos de vista admiten la realidad de la verdad, pero difieren en lo relativo a su estructura o en aspectos relevantes a la amplia cuestión de la objetividad. La teoría de la correspondencia sostiene que la verdad es una característica relacional cuyos términos son respectivamente proposiciones –por tomar una entre las posibilidades6– e ítems no proposicionales –hechos o estados de cosas– en un mundo independiente7. De este modo, la propuesta es relevante tanto para la estructura como también, así lo sostienen los propulsores de la correspondencia, para la objetividad. La teoría de la coherencia está de acuerdo con la relacionalidad de la verdad, pero en desacuerdo con los términos de la relación. Según esta clase de perspectiva, la verdad de una proposición consiste no en una relación con algo no proposicional, sino en su participación, reuniendo ciertas condiciones, en un sistema cuyos otros participantes son igualmente proposiciones –así, finalmente, consiste en relaciones con esas otras proposiciones. Este es, nuevamente, en primera instancia, un punto de vista acerca de la estructura de la verdad, pero sus partidarios originales pretendieron proveer con él un vehículo para su idealismo. Y el pragmatismo –el punto de vista según el cual la verdad es, en sentido amplio, un asunto de éxito operacional de algún tipo–, al mismo tiempo que no hace una sugerencia clara acerca de la estructura (aunque podría haber compromisos en esta dirección una vez que las dimensiones relevantes de éxito sean aclaradas), se opone a lo que los teóricos de la correspondencia piensan acerca de la objetividad, sin implicar con ello –intencionalmente, en todo caso– nada similar a dicho idealismo.

Enfoquémonos ahora en la cuestión de la estructura, para volver posteriormente a algunas de las cuestiones conectadas con el pragmatismo. Podríamos graficar las distintas posibilidades por medio de un árbol, tal como muestra la figura XIII.1. Esencialmente, entonces, son posibles únicamente cuatro propuestas estructurales: el deflacionismo, el intrinsecalismo y las dos formas de relacionismo: el coherentismo y la correspondencia. Pienso que es justo decir que esta concepción de la correspondencia, despojada de toda exigencia explicativa y analítica adicional, puede considerarse, en gran medida, como de sentido común. En general, quisiéramos pensar tanto que hay una distinción marcada por la clasificación de algunas proposiciones como verdaderas y otras como falsas, como que esta es una distinción que generalmente no puede ser entendida sin hacer referencia a cosas que no sean ellas mismas proposiciones, de modo que no puede ser entendida en términos intrinsecalistas o coherentistas.

 

 

Esta muestra de sentido común no debe ser confundida con la idea según la cual la correspondencia, entendida unidireccionalmente, no es más que una perogrullada. La perogrullada es que las predicaciones de “verdadero” podrían ser siempre glosadas de modo inofensivo en términos de correspondencia con hechos, diciendo es tal como es, etc. Estas paráfrasis no incorporan compromisos sustanciales acerca de la estructura de la verdad –no más de lo que la parafraseabilidad de “ella lo hizo por John” por “ella lo hizo por el bien de John” involucra un compromiso con el punto de vista de que la acción altruista es realmente una relación triádica. Por contraste, la concepción ordinaria y de sentido común relativa al tipo de cosa que es la verdad de una proposición, involucra exactamente los compromisos estructurales asociados con la rama flechada en el árbol mostrado en la figura XIII.1.

El segundo argumento fundamental de este capítulo es que no hay ninguna alternativa sólida que le permita a esta concepción de sentido común tener al menos algo de alcance.

III

A fin de defender este punto, necesitamos ver que cada una de las tres alternativas dadas conduce a problemas intratables.

El intrinsecalismo es el caso más fácil de tratar. Fijemos la atención en el caso de las verdades contingentes. Si su valor de verdad fuera una propiedad intrínseca –pero contingente– de una proposición particular, entonces ningún cambio contingente en algún otro objeto debería implicar cambios en la proposición en este particular respecto. Por ejemplo, la masa de un cuerpo dado es una propiedad contingente pero intrínseca de ese cuerpo solo si ningún cambio contingente en cualquier otro objeto implica cambios en la masa del objeto. Por contraste, una propiedad –por ejemplo, ser abuelo– es esencialmente relacional, aun cuando se expresara por medio de lo que parece un predicado semánticamente simple, si cambios en otros objetos pueden implicar que un objeto particular pierda o adquiera esa propiedad. Por esta simple prueba, la verdad no es, manifiestamente, una propiedad intrínseca. Porque el valor de verdad de una proposición contingente debe variar simultáneamente con los cambios hipotéticos en las características de las cosas con las que tiene que ver. De modo que un cambio hipotético, por ejemplo, en la localización de mi taza de café podría implicar una alteración en el valor de verdad de la proposición que afirma que no hay una taza de café sobre mi escritorio, aunque esta proposición y la taza de café particular en cuestión sean existencias completamente distintas. Sin duda, esta línea de pensamiento no crea dificultades a la idea de que el valor de verdad de una proposición necesaria pueda ser una propiedad intrínseca. Entonces, realmente podría serlo. Pero es claro que el intrinsecalismo no puede manejar la serie general de casos contingentes8.

Podría replicarse que la promocionada descripción del contraste entre propiedades intrínsecas y relacionales es incorrecta o circular. Porque digamos que, aun cuando una propiedad F pudiera ser una característica intrínseca de un objeto, su pérdida podría seguir estando implicada en los cambios de otro objeto con tal que esté permitido que el último cambio sea en aspectos no-intrínsecos. Por ejemplo, si G es una propiedad (“Cambridge”) poseída por cualquier objeto solo en el caso de que a tenga la característica intrínseca F, entonces la pérdida de G por algún otro objeto implicará que a ha perdido F. Sin embargo, esta observación no viene al caso. Todo lo que la objeción al intrinsecalismo necesita es que la descripción sea correcta, no que sea explicativa. Si por lo menos se admite que F es una propiedad intrínseca de a solo en el caso de que ningún cambio intrínseco en algún otro objeto pueda implicar cambios en a en ese sentido, se seguirá como antes que la verdad no puede ser una propiedad intrínseca de ninguna proposición cuyo contenido sea que otro objeto tiene alguna propiedad particular intrínseca pero contingente.

IV

Es un asunto bastante más complicado elucidar qué resulta fundamentalmente insatisfactorio con respecto a la concepción deflacionaria de la verdad. Las dificultades aquí se deben parcialmente al hecho de que el deflacionismo es más una “tendencia” que una posición filosófica definida, y diferentes deflacionistas exhiben diferencias de formulación y énfasis, lo cual hace difícil ver qué puede ser esencial y qué opcional en sus puntos de vista. Hay, sin embargo, un número de pretensiones características interrelacionadas:

(i) que no hay una propiedad como la verdad que sea un objeto apropiado de atención filosófica: algo que debamos tratar de analizar o en cuya estructura debamos estar interesados, o que deba dar lugar a cuestiones sobre la objetividad. Contrariamente a la presuposición tanto del debate tradicional como de su revisión promocionada anteriormente, no hay nada en lo cual consista la verdad de una proposición, i.e., “verdadero” no expresa una propiedad real9.

Esta propuesta negativa es, entonces, argumentada de forma característica a través de una diversidad de consideraciones acerca del significado o la función positiva de la palabra “verdadero”; por ejemplo:

(ii) que, en tanto aplicado a oraciones, “verdadero” es únicamente un mecanismo desentrecomillador –un recurso para afirmar en el nivel metalingüístico (por medio de locuciones de la forma: “p” es verdadero) exactamente lo que puede ser afirmado en el nivel del lenguaje objeto por medio de un uso asertórico de “p”;

(iii) que el esquema desentrecomillador

“p” es verdadero p

(o si la gramática primaria de “verdadero” es considerada como un operador sobre (o un predicable de) proposiciones, entonces el esquema equivalente

Es verdad que p/ que p es verdadero si y solo si p) es (casi) una explicación completa del significado de “verdadero”;

(iv) que “verdadero” es precisamente un mecanismo de respaldo –nosotros solo tenemos un uso para un término tal porque a veces elegimos respaldar proposiciones de forma indirecta, sin especificar su contenido (“La sexta sentencia de Remarks on the Foundations of Mathematics IV, § 3 es verdadera” o “El último Teorema de Fermat ha resultado ser verdadero”) y a veces deseamos respaldar todo un lote de proposiciones de una sola vez (“Casi todo lo que Chancellor Kohl dice es verdadero”). En otros tipos de casos podemos prescindir totalmente de la palabra.

El deflacionismo ha estado sujeto a una variedad de críticas: por ejemplo, que su característica exaltación y seguimiento del esquema desentrecomillador está en tensión con la manifiesta inaceptabilidad de este principio cuando están en vigor la vaguedad u otros fenómenos que conducen a fallos en la bivalencia10; que es inconsistente con una concepción del significado como condición de verdad o, más generalmente, con el rol semántico de la verdad11; que no puede albergar la idea de progreso científico; más generalmente, que viola nuestras intuiciones acerca de la correspondencia, acerca de la verdad como conferida por la adecuación a un mundo externo objetivo12. Aquí voy a ensayar un argumento, que ya he ofrecido en otra parte, para probar que el deflacionismo es internamente inestable13. Específicamente, hay una contradicción entre el tipo de descripción de la función de “verdadero” que los deflacionistas en general quieren presentar y la pretensión de que el concepto de verdad, propiamente entendido, no es el concepto de una propiedad sustancial genuina.

Enfoquémonos, a efectos de facilitar la exposición, en “verdadero” como predicable de proposiciones y en la propuesta positiva deflacionista, según la cual, en el uso más básico, la palabra es esencialmente un recurso de respaldo que, excepto en casos en los cuales el contenido de la proposición respaldada no está dado explícitamente, o en los cuales está implicada la cuantificación sobre proposiciones, puede ser totalmente dispensado a favor de una simple aserción de la proposición caracterizada como “verdadera”.

Es difícil negar que “verdadero” tenga este tipo de función y que sus usos sean muy a menudo parafraseables sin afectar materialmente el contenido de lo que se dice. El asunto es, más bien, si esto puede acarrear las deseadas implicaciones deflacionistas. Y la cuestión crucial en este punto es: ¿qué es respaldar una proposición? Respaldar, generalmente, involucra un elemento de recomendación o aprobación de un ítem como cumpliendo un cierto estándar. Esto es lo que estoy haciendo cuando, por ejemplo, ayudo a mi hijo a elegir un helado; señalo el de pistacho y digo: “este es rico”. ¿Qué tipo de recomendación está involucrada en el caso de “verdadero”? Es plausible que si afirmo la verdad de una proposición, esté recomendando su aceptación, recomendándola como cumpliendo con un cierto estándar doxástico, por decirlo así. De este modo, las afirmaciones de verdad –al igual que las negaciones de verdad– son pretensiones normativas. Respaldar una proposición como verdadera es afirmar que, como creencia o enunciado, es aceptable; negar que una proposición sea verdadera es afirmar que es, correspondientemente, inaceptable.

Con seguridad, no hay nada en esto que debiera impresionar o incomodar directamente al deflacionismo. Ningún deflacionista ha querido, o debiera haber querido, negar que creer y hacer un enunciado son actividades normativamente constreñidas –actividades gobernadas por estándares, la no conformidad con los cuales abre la posibilidad de la crítica por parte de algún pensador. Sin embargo, una vez aceptada, la cuestión tiene que ser confrontada con la pregunta acerca de cuáles son los estándares relevantes. En particular, si “verdadero” es esencialmente un recurso de respaldo, entonces, al usarlo, estoy diciendo que una proposición está en buena forma en lo que a ciertas normas relevantes se refiere. ¿Cuáles son esas normas para el deflacionismo?, ¿en qué consiste aquí la “buena forma”?

Creencia y afirmación están, naturalmente, sujetas a normas más bien diferentes. En muchos contextos, la justificación de una creencia es insuficiente para conferir la justificación de su expresión pública, en parte porque la aserción está socialmente constreñida –la expresión pública de una creencia totalmente justificada podría ofender, o aburrir a la gente, etcétera–, y en parte porque principios complejos de implicancia conversacional hacen posible alentar falsas creencias en una audiencia por medio de la juiciosa selección y aserción de aquellas totalmente justificadas14. Sin embargo, si uno deseara criticar una aserción basándose en este tipo de fundamento social o pragmático, en términos generales, no debe hacerlo negando su verdad. De este modo, como una primera aproximación, parece que el deflacionista debería decir que el uso de “verdadero”, en el tipo básico de casos, es respaldar una proposición como justificada epistémicamente o respaldar una proferencia como aceptable solo en lo que concierne a la justificación epistémica de la proposición que expresa.

En todo caso, lo que el deflacionista claramente no puede permitir es que “verdadero”, cuando es usado para respaldar, tenga la función de recomendar una proposición por el hecho de satisfacer alguna norma característica que contraste con la justificación epistémica, y con respecto a la cual solo “verdadero” y sus equivalentes sirvan para caracterizarla. Porque si hubiera una norma característica tal, difícilmente podría dejar de considerarse una propiedad genuina de una proposición que cumpliera o no con ella. Y que la norma en cuestión estuviera únicamente asociada con “verdadero” y sus parientes morfológicos, sería como permitir que haya una propiedad especial de verdad –punto en el cual el juego deflacionista habría quedado al descubierto. De este modo, parecería que para el deflacionista el uso básico de “verdadero” tiene que consistir en señalar que una proposición cumple con normas cuya caracterización no procede en términos de equivalentes de “verdadero”. Si lo que nos concierne son proposiciones más que proferencias, la justificación epistémica parece ser entonces el único candidato plausible15.

Podría seguirse de aquí que el uso básico de “no verdadero” debería ser la señal del no-cumplimiento de una proposición con normas pertinentes de justificación epistémica. Pero si fuera así, no habría en general ninguna elección posible entre negar que una proposición es verdadera y negar que está justificada. Y esto no solo hace que se tergiverse el uso ordinario del término, sino que es inconsistente con principios con los que el deflacionismo mismo está comprometido y que están, efectivamente, en el corazón de la propuesta deflacionista: el esquema desentrecomillador y, su análogo para las proposiciones, el esquema de equivalencia.

Ilustraré el punto pertinente tal como se sigue de esto último. El esquema estipula que, para una proposición arbitraria p,

Es verdadero que p p.

Si sustituimos “no-p” por “p” en ambas ocurrencias, tenemos

Es verdadero que no-p no-p,

mientras que si negamos ambos lados, derivamos

No es verdad que p no-p.

Y de los dos últimos principios, vía transitividad del bicondicional, tenemos

No es verdad que p si y solo si es verdad que no-p.

En suma: el esquema de equivalencia entraña, dadas solo las asunciones más básicas acerca del alcance y la lógica de la negación, que verdad y negación conmutan como prefijos. De modo manifiesto, esto no es en general verdadero de la garantía y la negación: no hay en general ninguna inferencia digna de confianza de

No es el caso de que p esté garantizada

a

Es el caso que no-p está garantizada.

Este patrón de inferencia no puede sostenerse en ningún caso en el cual la corrección de sus premisas se deba a la neutralidad de nuestro estado de información, es decir, al hecho de que no tengamos ninguna evidencia ni del comportamiento de p ni de su negación.

El esquema de equivalencia mismo está entonces comprometido con el repudio de la idea que “… no es verdadero” es un recurso para negar que una proposición cumpla con normas de garantía/justificación –porque si fuera un recurso tal no debería ser conmutable con la negación. Pero, ¿qué otra explicación puede ofrecer el deflacionismo acerca de a qué equivale la negación de la verdad, dada su propuesta expresa de que “… es verdadero” es simplemente un recurso de apoyo, un recurso para afirmar la conformidad de una proposición con alguna norma u otra, y dado que las únicas normas en el horizonte –en un contexto en el cual la existencia de cualquier norma auto-refutatoria de la verdad ha sido rechazada– son de tipo justificatorio?16

De hecho, es perfecta e intuitivamente evidente que el uso de “verdadero” está ligado a una norma de un modo tal que la aceptación de una proposición podría estar en una buena o mala posición, lo cual es muy distinto de la cuestión relativa a su justificación a la luz del estado de información de quien la acepta. El aceptar que el césped es verde puede estar abierto a la censura si es que no hay garantía para aceptar que el césped es verde; pero, de un modo completamente diferente, está en una mala posición si, garantizada o no, no es realmente el caso de que el césped sea verde. De manera correspondiente, está en una buena posición, en un primer sentido, solo si es aceptada sobre la base de una justificación suficiente, sea o no el césped verde; pero, en otro sentido, está en una buena posición si es que el césped es realmente verde, y ello sin tener en cuenta qué justificación pudiera poseer quien la acepta. El concepto de verdad es un concepto vinculado a uno de los sentidos en que una proposición podría o no estar en una buena posición, lo que precisamente contrasta con su estatus justificatorio en cualquier momento particular. Este es el punto al que hemos arribado a partir del esquema de equivalencia. Pero es evidente en forma independiente, y toda filosofía satisfactoria de la verdad tiene que respetarlo.

No hay esperanza, entonces, para una descripción deflacionaria de la verdad que admita, o esté de algún modo comprometida con, la idea de que “verdadero”, en su uso más básico, es un recurso para apoyar proposiciones como cumpliendo con otras normas. Puede ser, al menos en el caso básico, un recurso de apoyo. Pero el concepto de norma asociada es, de alguna forma, sui generis.

¿Puede reagruparse el deflacionista? Lo anterior fuerza a admitir que, para cada proposición particular, tenemos el concepto de una norma que es distinta de la garantía y es señalada por la palabra “verdadero”. Y una vez que se admite que el rol de “verdadero” es señalar un tipo particular de éxito o fracaso, por parte de una proposición, en contraste con su estar o no garantizada, tendría un sentido digno la pregunta ¿a qué equivale ese éxito o fracaso? De seguro, esta es una pregunta que puede dar lugar a admitir respuestas no muy esclarecedoras o no-triviales, pero si es así, este podría tender a ser un punto a favor del indefinibilismo de Frege, más que del deflacionismo. Si un término registra una norma característica sobre una práctica, debería presuponerse que habrá algo como el que una jugada puede estar en conformidad o no con lo que consiste esa norma. Y cualquiera sea el estatus que tenga, sería entonces una característica real de la jugada. Entonces, ¿qué espacio tiene el deflacionismo para maniobrar?

Hay dos posibilidades. En primer lugar, podría sostenerse que, estrictamente, todo lo que ha sido señalado –que ha sido mostrado como siguiéndose del esquema de equivalencia– es que “verdadero” es usado de este modo como exigiendo –en forma expresa– una norma por encima de la aceptación de proposiciones, que sea distinta de la garantía. Es un asunto completamente diferente el de si realmente existe una norma tal, es decir, si realmente existe un modo tal en el que una proposición esté o no en una buena posición. Una cosa es usar una expresión en la construcción de un cierto tipo característico de exigencia normativa y otra muy distinta que haya una cosa tal como un portador que realmente califica para un juicio de ese tipo. Un teórico del error con respecto a la moral –por ejemplo, como John Mackie17– presumiblemente podría reconocer de buena gana que el lenguaje de la moral es usado normativamente –que es usado, por ejemplo, para aplaudir o censurar acciones particulares. Lo que él negaría, sin embargo, es que haya alguna característica real que responda a ese uso, esto es, alguna característica real en virtud de cuya posesión una acción pueda calificar como digna de tal apreciación.

Se ve fácilmente que el deflacionista no puede valerse de alguna contraparte de esta primera línea de defensa. Para el deflacionista debe ser seguramente muy satisfactorio permitir que toda clase de enunciados sean realmente verdaderos. De esta manera, cuando se obtienen las circunstancias correctas: que el césped es verde, por ejemplo, es realmente verdadero solo cuando el césped es verde; que la nieve es blanca realmente es verdadero solo cuando la nieve es blanca; que la órbita terrestre es una elipse es verdadero solo en caso de que la órbita terrestre realmente sea una elipse; etcétera. Para el deflacionista debe haber, para cada proposición –o al menos para aquellas con contenido objetivo–, una condición objetiva, a saber, la misma especificada por las instancias apropiadas del esquema de equivalencia, bajo las cuales califican como verdaderas. Así, no hay posibilidad, en este contexto, de refugiarse en la teoría del error. El esquema de equivalencia mismo determina cuáles son las condiciones de aplicación legítima de “verdadero” para una proposición particular p; si se obtienen como cuestión de hecho, entonces estas se acoplan con la normatividad característica del predicado, efectuando el reconocimiento de que realmente hay una cosa tal como el cumplimiento o no de p, para cumplir con la norma característica de verdad. No es simplemente que nuestro concepto de verdad clama por una norma tal, sino que el reclamo es respondido18.

Deberíamos concluir que los dos reclamos característicos del deflacionismo están perdidos. No es verdad, primero, que “verdadero” solo funcione como un recurso de apoyo (indirecto o breve), además funciona, para cada proposición, advirtiendo la satisfacción de una norma característica, cuya satisfacción es –al menos para una proposición con un contenido objetivo– una cuestión de hecho real. Segundo, es difícil conceder una diferencia entre el último punto y la admisión de que la verdad, para cada una de tales proposiciones, sea una propiedad real. Pero todavía hay una línea final de defensa –un último reclamo deflacionario característico que un defensor podría trata de recuperar. Permanece abierta la cuestión de si la propiedad en cuestión debería ser considerada como la misma en todos los casos. Tal vez el deflacionista pueda cavar aquí una última trinchera. Porque si la propiedad no fuera la misma, todavía nos quedaría el recurso de socavar los debates clásicos acerca de la constitución general de la verdad; y que aquellos fueron malos debates es uno de los mayores puntos que el deflacionismo quiso obtener.

Una línea de pensamiento que sigue esa tendencia es bien expresada por Simon Blackburn como sigue: “…comparemos ‘es verdadero’… con un objetivo genuino del análisis filosófico: ‘es consciente’ o ‘tiene derechos’, por ejemplo. Investigamos estos buscando los principios que determinan si algo es consciente o tiene derechos. Se entiende que esos principios gobiernan cualquier juicio tal, de modo que conseguimos una clase unificada: la clase de las cosas conscientes, o de las cosas que tienen derechos. Cada ítem de una clase tal está ahí porque satisface la misma condición, que el análisis ha descubierto. O si esto resulta un poco idealizado, encontramos solo una ‘familia’ de condiciones o ‘criterios’ relacionados para la aplicación del término. Entonces, todavía hay una relación de familia entre los miembros de la clase. Pero contrastemos ahora con ‘es verdadero’. Sabemos individualmente qué hace a este predicado aplicable a los juicios o sentencias de un lenguaje que entendemos. ‘Los pingüinos anadean’ es una sentencia verdadera, en español, si y solo si los pingüinos anadean. Es verdadero que la nieve es blanca si y solo si la nieve es blanca. La razón por la cual la primera sentencia merece el predicado es que los pingüinos anadean y la razón por la cual el juicio la nieve es blanca merece el predicado es que la nieve es blanca. Pero estas razones son totalmente diferentes. No hay una explicación simple, ni siquiera una pequeña familia de descripciones, en virtud de la cual cada una merezca el predicado, porque decidir si los pingüinos anadean no tiene mucho en común con decidir que la nieve es blanca. Hay tantas cosas diferentes que llevar a cabo para decidir si el predicado se aplica, como juicios hay por hacer. Entonces, ¿cómo puede haber una descripción unificada y común de la ‘propiedad’ que esos diferentes procedimientos de decisión supuestamente determinan? Podríamos decir: dénos cualquier sentencia acerca de cuya verdad esté interesado y, simplemente, ‘desentrecomillando’ y eliminando la referencia a la verdad, podemos decirle lo que debe considerar a fin de determinar su verdad. Puesto que puede hacer esto sin ningún análisis o comprensión de una propiedad común de verdad, la idea de que hay una cosa tal es una ilusión”19.

Blackburn captura aquí con característica buena fortuna una idea que ha influenciado incuestionablemente a muchos deflacionistas (aunque él no lo apoya en forma explícita). Sin embargo, con seguridad dicha idea no provee muy buenas razones para la conclusión que se busca, esto es, que la verdad no es una propiedad simple. Porque el patrón hacia el que llama la atención es un lugar común ejemplificado por una multitud de propiedades que podríamos, sin escrúpulos, considerar como unitario o como potencialmente abierto a explicación filosófica. Muchas propiedades son tales que sus condiciones de satisfacción varían como una función del carácter de un portador potencial. Considérese la propiedad de haber satisfecho nuestro potencial educacional. Lo que se tome como instancia depende, naturalmente, de otras características del individuo del cual se trata; pero ello debería ser completamente consistente con la realidad y el carácter común de la propiedad en cuestión, puesto que hay un sentido claro en el cual cualquiera que ha satisfecho su potencial educacional ha hecho la misma cosa que cualquier otro que haya hecho eso, y francamente puede esperarse que lo que ambos han hecho permita una descripción uniforme. En general, cómo tiene que ser x a fin de ser F, puede depender, en parte, de cómo se encuentran las cosas con relación a x en otros aspectos, y, por consiguiente, variar sin que esto proporcione un motivo para considerar que sea un error suponer, o tratar de caracterizar, una condición general que ser F implique satisfacer. De otro modo debería decir que no hay una única cosa en la cual consista el ser dos veces más viejo que nuestro hijo mayor (ser un doubletenarian), puesto que para mí implicaría ser dos veces mas viejo que Geoffrey, para el Príncipe Carlos ser dos veces más viejo que William y para Blackburn ser dos veces más viejo que Gwen.

El patrón general, como debería ser evidente, es que el establecimiento de una condición para propiedades cuya satisfacción consiste en una reunión de individuos, involucra implícitamente la cuantificación existencial sobre el lado derecho de la relación. Satisfacer nuestro potencial educacional significa, de acuerdo con esto, que hay ciertos niveles de talentos académicos tales que bajo ciertas condiciones educacionales normales es posible para uno cumplirlos y tales que uno los ha cumplido. Ser dos veces más viejo que el hijo mayor significa que hay algún individuo de quien uno es el padre o madre y cuya edad actual es la mitad de la de uno. En general, ser el portador de una propiedad tal sería estar en una relación de un cierto tipo con una instancia o instancias apropiadas de este cuantificador implícito y la identidad de esa instancia o instancias puede variar dependiendo de la identidad y carácter en otros aspectos del portador en cuestión. Está en la naturaleza de las propiedades de este carácter general admitir tales variaciones y esto no compromete para nada su unidad.

No hay, en efecto, consuelo para un deflacionista con respecto a la perogrullada según la cual varía el modo cómo tienen que estar ordenadas las cosas para que las proposiciones particulares sean verdaderas. Las proposiciones cambian en relación a cómo sostienen que las cosas se presentan –tanto como los padres cambian en relación a qué tan viejos son sus hijos o la gente cambia con respecto a cuál es su potencial educacional– y los valores de verdad de las proposiciones serán naturalmente una función de las afirmaciones específicas que hagan. Para imponer la rúbrica en forma explícita: para cualquier proposición p es verdadero que p solo en el caso de que haya un modo en que las cosas podrían ser tales que cualquiera que crea, dude, etc. que p, podría creer, dudar, etc. que las cosas fuesen de ese modo, y que las cosas, además, sean de ese modo20. Sin duda, esta paráfrasis no es en absoluto iluminadora –ofrece poco más que una versión de larga data de la perogrullada correspondentista. Su mérito es que sirve como recordatorio del modo en que la verdad es naturalmente concebida como compartiendo una forma conceptual con, por ejemplo, el hecho de tener el doble de edad o de realizar el potencial educacional, y con ello se expone el porqué no se sigue ninguna conclusión acerca de su integridad a partir de la línea de pensamiento esbozada en las observaciones de Blackburn.

Un simpatizante del deflacionismo podría ensayar una última tirada. Podría sostenerse que la posición a la cual hemos arribado, aunque inconsistente con las formulaciones tradicionales del deflacionismo, todavía no es, a diferencia de su espíritu, nada terrible. Tal vez tiene que reconocerse que, después de todo, la verdad es una propiedad que contrasta con la justificación y que es normativa con respecto a la aserción y a la creencia. Pero la convicción del debate tradicional es que es una propiedad metafísica profunda, cuya esencia es controversial y nada obvia. Por contraste, la caracterización de esta que ahora ofrecemos a modo de refutación de la tendencia de las observaciones de Blackburn no es otra cosa que obvia y trivial; y con seguridad esta trivialidad, al tiempo que corta con el fundamento subyacente del debate tradicional, encuentra que la verdad no es una propiedad unificada o ninguna propiedad en absoluto. La victoria sobre el deflacionismo es, de este modo, pirrónica: la escaramuza nos ha llevado a decir lo que es la verdad en general de un modo tal que drena en el proceso todo interés metafísico de la cuestión21.

Alguien inclinado a resistir esto podría no ser prudente al apostar todo a la posibilidad de una explicación menos trivial de la verdad. Donde la respuesta se extravía, más bien, es en el hecho de descuidar el contraste, delineado al principio, entre el proyecto de análisis del concepto de verdad y el debate acerca de la estructura y objetividad de la propiedad de verdad. Que el éxito de cualquier análisis significativo del concepto deba pagar un precio en términos de trivialidad, bien podría ser un reclamo meritorio en la carpeta deflacionista –aunque no es su posesión exclusiva. Pero la anterior explicación de la verdad para proposiciones, tan trivial como puede ser, simplemente no aborda las alternativas estructurales trazadas anteriormente, ni el debate que ellas delimitan. Nadie que domine el concepto de verdad y que no tenga escrúpulos en cuantificar los “modos en que las cosas podrían ser” puede aceptar como necesario y suficiente, para la verdad de una proposición, que haya un modo en que las cosas podrían ser, tal que cualquiera que crea en dicha proposición suponga que se produce, y que, además, realmente se produzca. Aceptar todo esto no impone hasta ahora ningún compromiso con respecto al asunto de qué tipo de característica –intrínseca, relacional (y si es así, ¿cuáles son los términos de la relación?), etcétera– es la verdad de una proposición, ni sobre si, o en qué medida, su posesión puede ser vista como objetiva. Exactamente aquellos son los asuntos metafísicos sustanciales.

V

La tercera y última alternativa a una descripción correspondentista de la estructura de la verdad es el coherentismo. Aquí hay una expresión de una antigua, y alguna vez muy influyente, objeción a la teoría de la coherencia: “…la objeción a la teoría de la coherencia descansa en que para construir un todo coherente, ella presupone un significado más habitual de verdad y falsedad, y que este significado más habitual, aunque es indispensable para la teoría, no puede ser explicado por medio de esta. La proposición ‘el obispo Stubbs fue colgado por asesinato’ no es, hemos dicho, coherente con la totalidad de la verdad ni con la experiencia. Pero esto significa, una vez que lo examinamos, que es conocido algo que es inconsistente con esta proposición. De este modo, lo que es inconsistente con la proposición tiene que ser algo verdadero. Podría ser perfectamente posible construir un todo coherente de proposiciones falsas, en las cuales ‘el obispo Stubbs fue colgado por asesinato’ encontraría un lugar. En una palabra, las verdades parciales de las que se compone la totalidad de la verdad tienen que ser tales como las que comúnmente serían llamadas verdaderas, no como las que comúnmente serían llamadas falsas. En la teoría de la coherencia no hay explicación de la distinción expresada comúnmente con las palabras verdadero y falso, y tampoco evidencia que un sistema de proposiciones falsas no pueda, como en una buena novela, ser tan coherente como el sistema que es la totalidad de la verdad” 22.

El reverendísimo W. Stubbs murió de causas naturales. El argumento de Russell es que, no obstante, podríamos imaginar una ficción comprehensiva, una de cuyas partes sería que él fue colgado por asesinato, y que, en lo que respecta a la coherencia, tal ficción podría soportar bastante bien la comparación con lo que consideramos que es la verdad. Entonces, con el propósito de recuperar la idea de que tal ficción es una ficción, necesitamos recurrir a una noción de verdad que la descripción coherentista es incapaz de explicar. Lo que sea que se considere que la “coherencia” involucre en detalle, parece probable la posibilidad de la existencia de sistemas de creencias mutuamente incompatibles, igualmente extensos e internamente coherentes. Más aun, es probable que cualquier proposición auto-consistente participe en algún sistema coherente de creencias, cualquiera sea el grado de extensión que se desee. Así, la teoría de la coherencia no puede discriminar la verdad de la falsedad –y no puede justificar principios como el de no contradicción:

Si p es verdadero, no-p no es verdadero.

Y, con seguridad, cualquier descripción correcta de la verdad tiene que sustentar tales principios.

Nótese que esta objeción no depende, de ningún modo, de los detalles de alguna concepción propuesta particular de la coherencia y, con ello, no presupone que la descripción de la coherencia esté siendo ofrecida como un análisis de la verdad. La objeción es puramente estructural. La idea guía es que sea lo que fuere en que se considere que consiste la coherencia, la sugerencia de que la verdad de una proposición consiste en su participación en un sistema coherente conduce a un dilema: si la ficción puede constituir un sistema tal, entonces la participación en dicho sistema es claramente insuficiente para la verdad. Si no puede, entonces parece que la verdad no consiste solamente en relaciones interproposicionales –la proposición en cuestión debe reunir alguna otra condición, hasta ahora inexplicada, y la sugerencia discrepante de Russell es que la única condición tal disponible es la verdad como la entendemos habitualmente.

Hay dos líneas posibles de respuesta. En primer lugar, el coherentista puede recurrir al relativismo, concediendo que no hay realmente una verdad absoluta, y abrazando el argumento de que, por el contrario, la verdad es relativa al sistema. Así, la proposición de que el obispo Stubbs fue colgado por asesinato puede realmente ser verdadera, y estar relacionada con un cuerpo de proposiciones suficientemente coherente y comprensivo que la incluya. Lo que nos satisface considerar como la verdad simplemente refleja el interés real por tal sistema. Principios como el de no-contradicción, que parecerían requerir que la verdad no pueda extenderse a cada sistema de proposiciones concebible y coherente, son malinterpretados cuando se considera que implican esto. Es cierto que son válidos dentro de los sistemas, puesto que ninguna proposición puede participar en un sistema coherente del cual su negación ya es un miembro, pero no tienen aplicación válida a través de los sistemas.

De modo alternativo, un coherentista podría tratar de evitar este extremo sin apelar a formas de relativismo, reservando ciertas proposiciones como privilegiadas de algún modo y construyendo la verdad no como participación en algún viejo sistema de proposiciones coherente y suficientemente comprehensivo, sino como participación en un sistema tal que requiera, además, la inclusión de las proposiciones privilegiadas. Con seguridad, el pensar la verdad como teniendo una estructura tal no garantiza, por sí mismo, su unicidad. Pero los recursos para hacerlo así podrían estar disponibles si el teórico elige sagazmente la clase básica privilegiada e interpreta la relación de coherencia de algún modo igualmente conveniente. Por ejemplo, la clase básica podría consistir en una amplia muestra de nuestras creencias más básicas. Entonces, lo que debería finalmente descartar la verdad –concebida por medio de la coherencia– de la proposición de que el obispo Stubbs fue colgado por asesinato debería ser su incapacidad para participar en un sistema máximamente coherente y comprehensivo de creencias que incorpore a este miembro particular.

Sin embargo, esta maniobra aparece abierta a una objeción extremadamente poderosa. La objeción, indudablemente, hace una asunción respecto del carácter general de las relaciones interproposicionales que la coherencia, concebida como una propuesta estructural, debería tomar en cuenta como algo importante –aunque se trata una asunción sugerida por el mismo término “coherencia” y validada por todas las propuestas reales que han sido hechas bajo su égida. Esta asunción es que las relaciones en cuestión son relaciones internas, es decir, que la coherencia de un sistema de proposiciones está fundada puramente en su contenido. La cuestión que destaca es, entonces, ¿cómo puede manejar la contingencia alguna propuesta de este tipo? La forma general de explicación propuesta es que la verdad de p consiste en su participación en un sistema coherente basado en una clase básica especificada, i.e., en su coherencia con las otras proposiciones de ese sistema. Pero esta situación, cuando se logra, debería ser un asunto de relaciones de un carácter puramente interno sostenidas entre p y las otras proposiciones del sistema. Si p es coherente con aquellas proposiciones, lo será, por lo tanto, en todo mundo posible. Entonces, ¿cómo podría la verdad de p, cuando esta es verdadera, ser una cuestión contingente?

Hay una única línea de respuesta posible. Si p, aunque sea verdadera, pudiera ser falsa, y si su verdad consiste en que sustenta relaciones internas –necesarias– con un sistema de proposiciones, entonces lo que la contingencia necesita es la posibilidad de un cambio en el sistema –un cambio en cuáles son las proposiciones a través de cuya coherencia se determina la verdad– y la posibilidad de que p deje de ser coherente con el nuevo sistema. Si decimos que un sistema es dominante si es la coherencia con él lo que constituye la verdad, entonces lo que la contingencia exige es la flexibilidad en la cuestión de la dominancia (la dominancia podría ser interpretada, precisamente, como una cuestión de incorporar gran cantidad de lo que realmente creemos, y su flexibilidad podría entonces estar asegurada por la flexibilidad en la identidad de nuestras creencias).

No obstante, encontramos de modo interesante que hemos trazado un círculo completo con la reaparición de una versión de la objeción del obispo Stubbs. Siendo construida ahora toda contingencia como volviéndose en contra de las contingencias de la dominancia. De modo que la obvia próxima cuestión es: ¿qué descripción propiamente coherentista puede darse de la verdad de una proposición de la forma:

(K) S es dominante?

Naturalmente, el coherentista tiene que ver la verdad de una instancia de K, así como la de cualquier proposición verdadera, como una cuestión de su coherencia con un sistema –pero, ¿qué sistema? Presumiblemente, algún sistema coherente S sería tal que fuera coherente con S suponer que es dominante aun si, de hecho, no lo es. Si, por ejemplo, la dominancia se construye como una cuestión de lo que es realmente creído, debería en general ser perfectamente coherente con un sistema de creencias que de hecho no tenemos, suponer que las tenemos. Así, en general, para cada sistema comprehensivo y coherente S, sea dominante o no, la instancia relevante de K sería coherente con S con la consecuencia, primero, que el hecho de la dominancia –el real valor de verdad de una instancia– deviene irrecuperable; y segundo, que permanece la ineficacia para explicar la contingencia de la dominancia de un sistema, puesto que la coherencia de la instancia relevante de K con el sistema en cuestión será un asunto de necesidad.

No hay, así, ninguna perspectiva para explicar qué es para una proposición de la forma S es dominante, ser verdadera en términos únicamente de relaciones de coherencia si la verdad en cuestión es concebida como contingente –como tiene que ser, si la contingencia en general debe ser recuperada en términos de una descripción coherentista. Lo que parece que tenemos que decir es que para esta proposición, como para cualquier otra, la verdad es un asunto de relaciones con el que es de hecho el sistema dominante. Pero, entonces, se ha hecho el movimiento que Russell triunfalmente anticipó, porque esta apelación a la noción de lo que es de hecho así no ha sido, y aparentemente no puede ser, explicada en términos de coherencia. El resultado es que el coherentismo, tomado como una propuesta acerca de la naturaleza general de las relaciones constitutivas de la verdad, no tiene medios –dado que las relaciones en cuestión son todas internas– para recobrar la noción de verdad contingente, excepto al costo de apelar, de un modo u otro, a la noción de lo que es de hecho verdadero de los sistemas particulares de creencias (a saber, que ellas se basan en lo que normalmente creemos o, de otra manera, que son dominantes en algún sentido a ser suministrado) –cuya contingencia es dada por supuesta y cuya obtención no puede construirse en términos de coherencia. En resumen, el coherentismo exige excepciones a su propia descripción23. Y con ello no tiene nada que ofrecer como descripción de la estructura de la verdad24.

VI

Ya hemos reseñado cada una de las tres posibles alternativas estructurales a la concepción de la verdad como correspondencia y encontrado que cada una está sujeta a lo que parecen dificultades decisivas. Por consiguiente, parecería que ha sido establecido que, entre las cuatro ramas del árbol original, solo es viable la rama flechada de la concepción correspondentista –que, contra el deflacionismo, nuestro concepto ordinario de verdad exige que pensemos el ser verdadero de una proposición como, por así decir, un logro característico, y que, contra el intrinsecalismo y el coherentismo, no podemos concebir de modo satisfactorio este logro como una propiedad intrínseca de una proposición o una característica conferida a esta a fuerza de su relación con otras proposiciones. Se seguiría que aun si no puede darse ningún análisis satisfactorio en términos de correspondencia, estamos de todas formas comprometidos con una concepción correspondentista de la verdad, a saber: que, en el caso general, no hay otra alternativa sino pensar la verdad de una proposición como conferida a esta en virtud de su relación con la realidad no-proposicional.

Este es, en efecto, el segundo tema fundamental del capítulo, acerca del cual advertí previamente. Pero es necesario hacer aquí dos salvedades muy importantes. Primero, como ya señalamos, en el debate tradicional, la teoría de la correspondencia fue concebida como expresando una forma de realismo metafísico, el cual se opone al idealismo que se queda en la compañía de la teoría de la coherencia. Merece enfatizarse que aun si el efecto del argumento precedente es realmente imponer una concepción de la verdad como conferida a una proposición sobre la base de aspectos de la realidad no-proposicional25, esta conclusión, en realidad, no acarrea implicaciones directas para el debate sobre el realismo en su concepción moderna. Por ejemplo, todavía no implica nada acerca de la naturaleza de la relación en cuestión, de modo que, consecuentemente, no hay ninguna implicación indirecta sobre la idea de que la verdad de una proposición consista en representar exitosamente un aspecto de la realidad, en un sentido de “representar” característicamente realista. Podría no haber alternativa, en general, a pensar que las proposiciones son hechas verdaderas cuando son verdaderas por, inter alia, cuestiones no-proposicionales. Pero no hay hasta aquí ningún compromiso con alguna concepción general específica del tipo de relación que podría estar implicada en la verdad, o de la naturaleza de los ítems no-proposicionales en sus propias esferas. Cualquier punto de vista amplio que asigne un rol en la constitución de la verdad a un dominio externo a los portadores de verdad podría ser consistente con nuestro descubrimiento; y muchos de los más modernos anti-realismos, por ejemplo, los propiciados por Dummett y Putnam, realmente lo hacen. En particular, no hay nada implícito con respecto al cognitivismo, es decir, con respecto a si los factores implicados en la evaluación de la verdad son, de manera invariable, totalmente cognitivos; ni con respecto a la restricción evidencial, esto es, con respecto a si es posible para la verdad exceder toda evidencia disponible en principio. Alguien que piense, por ejemplo, la verdad moral en general como un asunto de lo que encontramos nosotros aceptable a la luz de una apreciación total de hechos no-morales y ciertas disposiciones no-cognitivas para el sentimiento moral, podría no hacer demandas sobre la noción extraída de la rama flechada; desde tal punto de vista, las verdades morales serían un asunto complejo, pero que implicaría esencialmente ciertas relaciones con aspectos del mundo no-proposicional. Asimismo, un partidario de una concepción peirciana –en sentido amplio– de la verdad, según la cual la verdad es lo que sería acordado por pensadores que operan en condiciones epistémicas ideales, estaría en total libertad para pensar el estatus de tales proposiciones como debiéndose en parte a las afecciones de un mundo no-proposicional que tales pensadores sentirían. En suma: hasta el momento, nuestros descubrimientos casi no han impactado con la segunda de las grandes cuestiones asociadas con el debate clásico acerca de la verdad: las cuestiones del realismo y la objetividad.

Sin embargo –esta es la segunda salvedad necesaria–, creo que no debería haber en ningún caso una presuposición a favor de un punto de vista monista sobre la verdad26. Si las dificultades que han sido exploradas son para deshacernos de todas las alternativas a la correspondencia de una vez por todas, entonces es necesario asumir que la verdad debe poseer siempre una constitución uniforme, es decir, que la verdad de cualquier proposición verdadera siempre consiste en el mismo tipo de cosa. Sin embargo, ¿por qué debería ser así? Por ejemplo, tanto la concepción intrinsecalista como la coherentista de la verdad tienen dificultades para construir la verdad contingente, pero un partidario de cualquiera de los dos puntos de vista podría, de modo concebible, retroceder si pudiera argumentarse que la verdad debe ser concebida solo algunas veces como una propiedad intrínseca de una proposición o como una propiedad asignada a esta por sus relaciones de coherencia con ciertas otras proposiciones, mientras que en otros casos la estructura de la verdad se concibe mejor como correspondencia. El resultado del argumento es que si la verdad tiene una constitución uniforme simple, entonces esta constitución debe concebirse a lo largo de líneas correspondentistas en general. ¿Pero a qué obliga esta asunción de la uniformidad?

Pienso que la respuesta es: a nada. De hecho, una perspectiva opuesta de carácter pluralista es intuitivamente muy atractiva. Es sumamente interesante, por ejemplo, pensar en las proposiciones verdaderas de la teoría de los números como aquellas que sustentan ciertas relaciones internas –un tipo apropiado de consecuencia semántica– de una cierta clase básica de proposiciones –por ejemplo, los axiomas de Dedekind-Peano. Debe notarse que una descripción tal, puede extenderse a los axiomas mismos (asumiendo la reflexividad de la relación interna pertinente). A lo que no podría extenderse fácilmente sería a verdades de la forma: p es un axioma de Dedekind-Peano (más generalmente, p es un miembro de la clase básica pertinente). Pero una vez que el coherentismo abjura de la ambición de una descripción comprehensiva de la estructura de la verdad, esa limitación no tiene por qué ser una dificultad. Una descripción a través de líneas básicamente similares podría ser también atractiva para la verdad tal cual se aplica a los principios morales generales (como opuesto a sus aplicaciones).

Una concepción pluralista de la verdad es también atractiva filosóficamente, en tanto que como una descripción que nos permite pensar la verdad como constituida de forma diferente en diferentes áreas del pensamiento, podría contribuir a una explicación más aguda de las apelaciones diferenciadas de las intuiciones realistas y anti-realistas con respecto a ella. Pero reconozco, por supuesto, que se requiere más detalles y un marco teóricamente más fino para que pueda ser realmente claro que la propuesta anterior tiene un sentido genuino y, con mayor razón, que posee méritos. En particular, se debe una explicación de lo que haría que la verdad admita diferentes formas de instanciación en diferentes áreas –que se encaminara hacia la unicidad pertinente (este no es un trabajo del cual uno podría excusarse pretextando que la verdad es un concepto de “parecido de familia” o lo que fuera; incluso esta sugerencia requeriría al menos que haya una red de marcas de verdad, de modo tal que cualquier proposición verdadera calificaría como tal por ejemplificar algún conjunto suficientemente sustancial de ellas; y la tarea de caracterizar esas marcas podría permanecer).

A fin de clarificar la forma que debería asumir un pluralismo alético defendible, será de ayuda revisar la concepción, que domina el debate tradicional, según la cual la posición decisiva debería ser la provisión de condiciones de análisis del concepto satisfactorias, necesarias y suficientes. Anteriormente, me ocupé de señalar que el escepticismo con respecto a este proyecto permanece consistente con el interés de muchas de las cuestiones, acerca de la estructura y de la objetividad en particular, que fueron provistas por la fuerza direccional del debate tradicional, y señalé también que esas cuestiones podrían sobrevivir en un marco en el cual la idea de análisis de la noción de verdad haya sido abandonada totalmente. Ahora, sin embargo, es tiempo de reconsiderar y calificar este escepticismo, porque han surgido recelos acerca del proyecto, y esto debido a la concepción particular que se introdujo sobre lo que tendría que llevar a cabo un análisis exitoso –de la verdad o de cualquier otra cosa. Y sobre ese resultado hay claramente algún espacio para una noción más laxa. Después de todo, tales condiciones de análisis necesarias y suficientes, aun si pudieran ser provistas, solo culminarían en una demanda particular a priori –de presumir, conceptualmente necesaria. ¿Por qué otra de tales demandas –aun si no fuera una demanda bicondicional o de identidad– no podría proveer una aclaración esencialmente del mismo tipo? Por cierto, si uno quiere claridad conceptual acerca de qué es la verdad –o la belleza, o el bien, etcétera– el objetivo natural es una identidad (o un bicondicional). Pero tal vez el punto de la investigación pueda ser igualmente cumplido, aunque en forma menos directa, por la reunión de un conjunto de verdades conceptuales que, sin proveer ninguna descripción reduccionista, sin embargo colectivamente restrinja y ubique el concepto-objetivo y caracterice de modo suficiente alguna de sus relaciones con otros conceptos, así como su rol y propósitos para proveer la buscada aclaración reflexiva.

Enfrentados, entonces, con la manifiesta improbabilidad de una aclaración necesaria y suficiente de las condiciones del análisis de la verdad, hay todavía un programa diferente y más laxo de análisis que deberíamos emprender antes de perder la esperanza en toda la empresa y retroceder ante el asunto de manejárselas con la estructura. Este proyecto más laxo podría verse como el tratar de construir una figura de conjunto del concepto de verdad –de sus contenidos y propósitos–, por medio de la reunión e integración de una variedad tan basta como sea posible de principios a priori acerca de esta –“tópicos”, como siempre los he llamado27. ¿Cuáles podrían ser tales principios para el caso de la verdad?

El método aquí consistirá inicialmente en compilar una lista que incluya cualquier cosa que resuene con el pensamiento ordinario acerca de la verdad y, luego, examinar más rigurosamente en busca de una articulación deductiva y de si los candidatos tienen realmente el tipo correcto de plausibilidad conceptual. De este modo, deberíamos comenzar incluyendo, por ejemplo,

: la transparencia de la verdad; que realizar una aserción es presentar como verdadero y, más generalmente, que cualquier actitud hacia una proposición es una actitud hacia su verdad –por ejemplo, que creer, dudar o temer que p es creer, dudar o temer que p es verdadera. (transparencia)

: la opacidad de la verdad; la incorporación de una variedad de principios fuertes y débiles: que un pensador puede estar en una situación tal que una verdad particular esté fuera de su alcance, que algunas verdades nunca pueden ser conocidas, que algunas verdades pueden ser incognoscibles en principio, etc. (opacidad)

: la conservación de la aptitud para la verdad bajo encajamiento [embedding]; la actitud para la verdad se conserva bajo una variedad de operaciones –en particular proposiciones aptas para la verdad tienen negaciones, conjunciones, disyunciones, etc. que son igualmente aptas para la verdad. (encajamiento)

: el tópico de la correspondencia; para una proposición ser verdadera es corresponder con la realidad, reflejar de un modo preciso cómo son las cosas, “decir cómo son”. (correspondencia)

: el contraste de la verdad con la justificación; una proposición puede ser verdadera sin estar justificada y viceversa. (contraste)

: la atemporalidad de la verdad; si una proposición es verdadera alguna vez, entonces siempre lo es, de modo que cualquier cosa que pueda, en algún tiempo particular, ser afirmado con verdad –quizá por medio de transformaciones apropiadas de modo o tiempo– podría ser afirmada en cualquier tiempo. (atemporalidad)

: la verdad es absoluta; no hay nada tal, estrictamente hablando, como el ser más o menos verdadera de una proposición; las proposiciones son totalmente verdaderas si son de algún modo verdaderas. (carácter absoluto)

Esta lista podría ser ampliada28, y algunas de sus tesis principales pueden, de cualquier manera, ser controversiales. Por otra parte, puede argumentarse que el esquema de equivalencia es la razón fundamental no simplemente del primero de los tópicos de la lista –la transparencia–, sino del tópico de la correspondencia29 y, como hemos visto en la discusión del deflacionismo, del tópico del contraste también.

Hay mucho que decir acerca de esta aproximación general y muchas cuestiones difíciles e interesantes surgen, por supuesto, con respecto al origen epistemológico de los tópicos. Pero tales cuestiones surgen en cualquier concepción del análisis filosófico que deba siempre dar por supuesta nuestra habilidad de reconocer las verdades sostenidas a priori de los conceptos en los cuales estamos interesados.

Llamaremos a un análisis basado en la acumulación y organización teorética de un conjunto de tópicos concernientes a un concepto particular: una teoría analítica del concepto en cuestión30. De este modo, la provisión de una teoría analítica de la verdad en particular abre posibilidades para un pluralismo de principios del siguiente modo específico: que en diferentes regiones del pensamiento y del discurso, la teoría podría, a priori, sostenerse firmemente de –o ser satisfecha por– diferentes conceptos. Si esto es así, entonces siempre que la red provista de tópicos integrados en la teoría fuera suficientemente comprehensiva, no tendríamos escrúpulos en decir que la verdad puede consistir en cosas diferentes en tales áreas diferentes, es decir, en la instanciación de un concepto en un área y de un concepto diferente en otra. Y esto porque no debería haber nada en la idea de verdad que no fuera albergado por la teoría analítica y, de ese modo, para que un concepto sea un concepto de verdad no se necesita más que suministrar un modelo de los tópicos integrantes. De modo breve: la unidad en el concepto de verdad sería proporcionada por la teoría analítica; y el pluralismo sería asegurado por el hecho de que los principios que componen esa teoría admiten realizaciones colectivas variables.

Una cuestión importante es si alguna concepción inequívocamente coherentista de la verdad es todavía un tal realizador-de-verdad para alguna región particular del pensamiento. Un candidato diferente que he explorado en otro lugar31 es la noción de superasertabilidad. Una proposición es superasertible solo en el caso de que alguien que la investigue pueda, en el mundo como realmente es, arribar a un estado de información en el cual su aceptación estuviera justificada, y cuya justificación podría entonces persistir sin importar cuánta más información pertinente fuera adquirida. Claramente, una noción de este tipo debe tener sentido dondequiera que la correspondiente noción de justificación lo tenga; esto es, dondequiera que tengamos un concepto de qué debería ser justificar una proposición particular, sería inteligible hipotetizar el logro de una tal justificación y su estabilidad a través de una investigación adicional arbitrariamente extensa. Resulta que encontrándose en cualquier región de discurso ciertas restricciones, la superasertabilidad satisfaría cada uno de los tópicos listados arriba, así puede argumentarse prima facie que, con respecto a aquellas regiones, el concepto de superasertabilidad es un concepto de verdad.

Consecuentemente, en esas áreas está abierto a nosotros el considerar la verdad como consistiendo en la superasertabilidad. En otras áreas, por contraste, donde las condiciones de fondo pertinentes posiblemente fallan –en particular, si podemos ver que no hay conexión esencial entre la verdad y la disponibilidad de evidencia–, entonces el concepto de verdad no permite ser interpretado en términos de superasertabilidad, y la constitución de la verdad debe ser vista, por consiguiente, de modo diferente. Tal vez sea superfluo remarcar que una concepción superasertabilista de la verdad suena muy cercana al anti-realismo semántico que Michael Dummett ha presentado como una generalización del intuicionismo matemático, cuya tesis cardinal puede ser tomada realmente como siendo que la verdad es en cualquier lugar mejor construida en términos de superasertabilidad.

Seguramente, el método de análisis incorporado en la aproximación analítico-teorética es consistente con un punto de vista monista del concepto que nos ocupa. Pero las precauciones de la aproximación contra los prejuicios a este respecto dada una descripción tal, pueden, en algún caso particular, demostrar la admisión de múltiples realizaciones. Este es un asunto que dependerá de los detalles de la descripción, de si incluye todos los tópicos relevantes y de si el concepto en cuestión puede tomarse justificadamente como teniendo componentes adicionales que son necesariamente omitidos por una descripción tal (por ejemplo, un componente fijado por definición ostensiva). Aquí solo he tenido la intención de bosquejar cómo podría surgir de modo concebible un pluralismo de principios acerca de la verdad.

VII

Concluyo señalando un corolario potencial diferente de la aproximación analítico-teorética a la verdad. Si la satisfacción de los tópicos es suficiente para que un concepto sea un concepto de verdad, entonces dondequiera que presentemos un concepto que es un satisfactor tal respecto a una clase particular de contenidos, el hecho en sí mismo nos justificaría para considerar el contenido en cuestión como apto para la verdad. O poniéndolo de otro modo: dondequiera que la palabra “verdadero” opere de un modo conforme a cada uno de los teoremas de una teoría analítica satisfactoria, deberíamos pensarla como expresando un concepto genuino de verdad y, por consiguiente, deberíamos pensar a sus contenidos siendo expresados como genuinamente aptos-para-la-verdad. Y esto será así siempre que estemos tratando con contenidos que cumplan con ciertas restricciones de sintaxis y disciplina. De modo aproximado: los contenidos en cuestión deben permitir combinaciones y recombinaciones por medio de los conectores –negación, condicional, conjunción, disyunción– de la inferencia sentencial ordinaria; deben permitir su inserción dentro de expresiones ordinarias de actitudes proposicionales; y su afirmación debe estar sometida a los estándares reconocidos de garantía32. Si esto es correcto, entonces surge del análisis mismo de la noción de verdad que la aptitud para la verdad es una propiedad comparativamente promiscua. Los discursos cómicos, morales, estéticos y legales, por ejemplo, exhiben el requisito de sintaxis y disciplina, y de este modo, presumiblemente, pasan la prueba. Así, el resultado es una tensión con una forma tradicional de antirealismo acerca de tales discursos: la idea, tipificada como “expresivismo” por la ética, de que un discurso-objetivo, cuya exhibición superficial de esos rasgos no es cuestionada, podría, no obstante, no ser realmente dado en contenidos aptos-para-la-verdad –en proposiciones “genuinas”– en absoluto.

Sin embargo, algunos críticos recientes33 han objetado que este resultado depende de enfocar solo una selección de los tópicos que restringen las nociones de verdad y aserción, y de ignorar, en particular, las conexiones tópicamente equivalentes de esas nociones con la creencia. Su idea es que uno puede estar forzado a mirar más allá de la superficie proposicional de, por ejemplo, el discurso ético, si es que uno toma como un tópico que una aserción es una profesión de creencia34, pero también acepta, con Hume, que ninguna creencia puede ser, en y por sí misma, un estado motivacional y considerar como claro que si es profesada por una “aserción” ética, es un tal estado motivacional. Quien avanza esta línea de pensamiento no necesita, merece enfatizarse, estar ofreciendo alguna crítica de la aproximación analítico-teorética a la verdad como tal. Sin embargo, el señalamiento general que está siendo hecho es obvio y perfectamente justo: las conclusiones obtenidas a partir de la teoría analítica de un concepto propuesta están, por supuesto, sujetas a invalidez si esta teoría omite reconocer que hay de hecho vínculos conceptuales entre el concepto que nos ocupa y otros. ¿Pero qué hay de la objeción específica?

Podría parecer que el único modo claro de deshacerse de ella sería polemizar una de sus premisas auxiliares; esto es, argumentar directamente que ciertos tipos de creencias son intrínsecamente motivacionales después de todo35 o argumentar que las actitudes expresadas por propuestas éticas sinceras no son, no obstante su apariencia, intrínsecamente motivacionales36. Sin embargo, no es, pensándolo bien, evidente que sea necesario adoptar alguno de aquellos proyectos (aun si ambos pudieran ser muy exitosos). Más bien, el anti-expresivista podría responder que, en tanto las cuestiones –si una creencia puede ser, en y por sí misma, un estado motivacional, y si los estados profesados por las proferencias éticas son todavía intrínsecamente motivacionales– sean tomadas como cuestiones abiertas, cuestiones filosóficamente sustanciales, en tal medida simplemente no es un tópico que la aserción de cualquier contenido-apto-para-la-verdad sea una profesión de creencia. O mejor: para quien acepta que esos asuntos están abiertos, la creencia no es la noción en términos de la cual articular el tópico que se esconde en las inmediaciones. En su lugar puede encontrarse una expresión alternativa tomando para el propósito un término que Simon Blackburn introduce convenientemente en su escrito sobre estos asuntos: compromiso37. Los “compromisos” de Blackburn son típicamente expresados por sentencias indicativas: estas pueden ser argumentadas a favor y en contra, razonadas hacia y desde, aceptadas, dudadas y abrigadas. De este modo, la noción debería proveer todo lo que aquí se requiera: el tópico relevante es, en efecto, que la aserción de cualquier contenido-apto-para-la-verdad es la profesión de un compromiso. Dado que las dos premisas auxiliares no son simultáneamente buenas para compromisos, por consiguiente, la objeción yerra.

Alguien que simpatice con el punto de vista de que solo algunos compromisos son creencias genuinas debe una descripción de lo que es característico de la clase más estrecha. No conozco ninguna razón para rechazar inmediatamente la sugerencia de que una meritoria distinción tal pueda existir; y si existe, la anexión del término “creencia” a la clase más estrecha debería ser concebiblemente una reforma lingüística bien motivada. Hasta entonces, permanece el hecho de que nuestra práctica ordinaria no tiene escrúpulos para usar “creencia” a lo largo del rango de casos respecto de los cuales el expresivista tendría sus reservas acerca de ese uso; y el antiexpresivista es libre de responder la objeción acusando que es solo con esta noción más generosa que hay una conexión tópica con la aserción, y que las dos premisas auxiliares que la objeción explota no pueden ser ambas aceptables si es la noción más generosa de creencia la que está en juego.

(Traducido del inglés por Carlos Caorsi, revisado por Gianfranco Casuso)

 


1 Dos loci classici del coherentismo son: Joachim, H.H., The Nature of Truth, Oxford: Clarendon Press, 1906 y Bradley, F.H., Essays on Truth and Reality, Oxford: Clarendon Press, 1914. Ralph Walker ha argumentado que el coherentismo está implícito también en las formas de anti-realismo promocionadas por Michael Dummett y Hilary Putnam (al menos el Hilary Putnam de Reason, Truth and History). Véase: Walker, R.C.S., The Coherence Theory of Truth: Realism, Anti-Realism, Idealism, Londres/Nueva York: Routledge, 1989. Yo dudo de esto. Para ulteriores discusiones véase mi “Critical Study of Walker’s The Coherence Theory of Truth”, en: Synthése, 103 (1995), pp. 279-302.

2 De qué forma debe hacerse esta restricción para que sea consistente con el requisito de que el análisis sea clarificador es, por supuesto, el corazón de la paradoja del análisis de Moore. Pero el tipo de objeción que está a punto de ser descrito no necesita detenerse más en la similitud de significado que en la similitud de las condiciones de verdad.

3 Cf. Plantinga, Alvin, “How to be an Anti-Realist”, en: Proceedings and Addresses of the American Philosophical Association, 56 (1982), pp. 47-70. La formulación de Plantinga también aborda ciertas formulaciones de la teoría de la coherencia, e.g. el suponer que “verdadero” significa: podría ser creído por un sujeto que ha arribado a un conjunto de creencias máximamente consistente y comprehensivo, se está nuevamente en forma implícita renunciando al significado para construir la verdad del pensamiento: nadie sostiene un conjunto de creencias máximamente coherente y comprensivo. El problema es un caso especial de la llamada falacia del condicional: cualquier análisis en términos de condicionales subjuntivos está potencialmente en problemas, si su rango deseado consta de enunciados que son incompatibles con la prótasis de los condicionales relevantes.

4 Para la discusión véase: Carruthers, P., “Frege’s Regress”, en: Proceedings of the Aristotelian Society, 82 (1981), pp. 17-32. Véase también la útil explicación dada por Ralph C.S. Walkers en su artículo revisado “Theories of Truth”, en: Hale, B. y C. Wright (eds.), Companion to the Philosophy of Language, Oxford: Blackwell Publishers, 1997, esp. § 6.

5 Truth de Horwich (Oxford: Oxford University Press, 1980) provee una defensa detallada de la tradición deflacionista y una bibliografía útil de la literatura al respecto. Mientras que “The Deflationary Conception on Truth” de Field (en: Macdonald, G. y C. Wright (eds.), Facts, Science and Morality: Essays on A.J. Ayer’s Languaje, Truth and Logic, Oxford: Blackwell Publishers, 1986, pp. 55-117) sugiere eventualmente que hay propósitos para los cuales es necesaria una concepción correspondentista; su más reciente “Deflationist Views of Meaning and Content” toma una línea deflacionaria más comprometida.

6 Sentencias, proferencias simbólicas, enunciados y pensamientos son algunos entre los otros ítems portadores de contenido que ordinariamente pensamos como aptos para la verdad.

7 Exceptuando, por supuesto, el caso en el cual la proposición es ella misma acerca de proposiciones.

8 No sé de nadie que haya propuesto seriamente una concepción intrínseca de la verdad de modo tan general.

9 Horwich es más cauteloso en esto que muchos escritores de la tradición deflacionista. Pero aunque parece estar poco dispuesto a negar expresamente que la verdad sea una propiedad, no es, afirma, una “propiedad compleja” –ni “un ingrediente de la realidad cuya esencia subyacente, se espere que algún día sea revelada por el análisis filosófico o científico” (Horwich, Paul, o.c., p. 2). Así, para Horwich, no hay nada que decir acerca de en qué consiste realmente la verdad; ninguna cuestión real, e.g., a la cual se dirijan las explicaciones de la correspondencia y de la coherencia.

10 Esta crítica ha sido presentada por primera vez, según creo, en el viejo artículo “Truth” de Michael Dummett, en: Proceedings of the Aristotelian Society, 59 (1959), pp. 141-162.

11 Esto también es adelantado por Dummett en “Truth”.

12 Todas estas direcciones de crítica están referenciadas de un modo útil y reseñado en Truth de Horwich.

13 Cf. Wright, Crispin, Truth and Objectivity, Cambridge, Mass.: Harvard University Press, 1992, cap. 1.

14 El tratamiento clásico de este fenómeno es, por supuesto, Grice, H.P., “Logic and Conversation”, en: Studies in the Way of Words, Cambridge, Mass.: Harvard University Press, 1989.

15 Esto parece algo menos que un compromiso con la idea de que “verdadero” significa: epistémicamente justificado. Hay una diferencia entre sostener que una palabra no expresa una propiedad, sino que es usada para elogiar ítems por la posesión de cierta propiedad, y sostener que expresa esa misma propiedad.

16 Hay lugar para alguna escaramuza. Ian Rumfitt ha respondido (“Truth Wronged”, en: Ratio, 8 (1995), pp. 100-107) que la divergencia en el comportamiento de “verdadero” y “afirmable” recién notada podría ser francamente acomodada de un modo totalmente consonante con el propósito del deflacionismo, sin la admisión de una norma característica de la verdad, dado que el deflacionista está preparado para permitir normas primitivas de garantizar la negación para operar al lado de aquellas para garantizar la afirmación. Más bien, esto es, restringir el reclamo deflacionario característico para la palabra “verdadero” que el deflacionista debería afirmar “… que ‘es verdadero’ y ‘no es verdadero’ funcionan simplemente como recursos para apoyar y rechazar aserciones, creencias, etcétera… y que, sin embargo, no registran normas características para justificar la asertabilidad y justificar la negación” (ibid., p. 103; compárese con: Wright, Crispin, Truth and Objectivity, p. 30). ¿Cómo podría ayudar esto a explicar la conmutatividad de verdad y negación? Rumfitt no es enteramente explícito, pero el punto parece ser suficientemente claro. Desde que negar un enunciado es afirmar su negación, una garantía primitiva –una anti-garantía es el término de Rumfitt– para la negación de p, registrada por un reclamo de la forma, no es verdad que p, sería eo ipso una garantía para afirmar la negación de p, es decir –vía el esquema desentrecomillador–, para afirmar que es verdadero que no-p. De este modo, la dirección problemática de la conmutabilidad está segura, mientras que la invalidez del correspondiente principio de asertabilidad está concedido, como antes, por la posibilidad de estados de información en los cuales uno no tiene ninguna garantía ni ninguna anti-garantía para p.

Sin embargo el problema se repite. Considérese nuevamente la equivalencia problemática,
No es verdad que p si y solo si es verdad que no-p
y el resultado de negar ambos lados:
No es no verdadero que p si y solo si es no verdadero que no-p.
Suponiendo que el rol de “(es) no verdadero” fuera simplemente registrar la presencia de una anti-garantía parecería no haber modo de eludir el tránsito a
No está anti-garantizado que p si y solo si está anti-garantizado que no-p.
Pero esto, por supuesto, no es menos inaceptable cuando son posibles estados neutrales de información, que serían
No está garantizado que p si y solo si está garantizado que no-p.

En resumen, para cualquier discurso en el cual los estados neutrales de información son una posibilidad, el esquema de equivalencia impone un contraste tanto entre “es verdadero” y “es afirmable”, como entre “no es verdadero” y “está anti-garantizado”.

La propuesta de Rumfitt de que el deflacionista debería reconocer la anti-garantía como algo primitivo –dado su interés independiente– no es, de este modo, de ayuda para la presente dificultad.

17 Cf. Mackie, John L., Ethics: Inventing Right and Wrong, Harmondsworth: Penguin Books, 1977.

18 Esta simple observación es una respuesta parcial a una tendencia reciente de Richard Rorty, a saber, la de desestimar aquellos rasgos de nuestra práctica llamados “verdaderos”, que sean recalcitrantes a la interpretación “pragmatista”, como simples reflejos de la absorción del concepto de un representacionalismo metafísico equivocado (cf. Rorty, Richard, “Is Truth a Goal of Enquiry? Davidson vs. Wright”, en: Philosophical Quarterly, 45 (1995), pp. 281-300). Pero puede esperarse, por supuesto, que él no rechazaría oír algo sino una lectura inflada metafísicamente de “un asunto objetivo”.

19 Blackburn, Simon, Spreading the Word, Oxford: Oxford University Press, 1984, pp. 230-231.

20 Para la verdad como una propiedad de las sentencias, la rúbrica naturalmente podría aplicarse a eventos de algún tipo a lo largo de las líneas: para cualquier sentencia, s, una proferencia de s en un contexto particular es verdadera solo en caso que haya una proposición, que p, que una proferencia tal expresa, y que esta sea verdadera.

21 Compárese con las observaciones de Horwich citadas anteriormente en la nota 9.

22 Russell, Bertrand, “On the Nature of Truth”, en: Proceedings of the Aristotelian Society, 7 (1906), pp. 33-34.

23 Esta moraleja es enfatizada reiteradamente en el excelente estudio de Ralph Walker: Coherence Theory of Truth (véase nota 1, más arriba)

24 El argumento explícito ha estado dirigido contra una reacción a la objeción original del obispo Stubbs –la maniobra privilegiada–, que fue sondeada como una alternativa al relativismo acerca de la verdad. Rápidamente, entonces, revisemos cómo una dificultad similar aflige al movimiento relativista. La propuesta relativista es que la verdad es siempre coherencia con un sistema, pero que hay tantas versiones de la verdad como sistemas comprensivos coherentes. Así, la proposición de que el obispo Stubbs fue colgado por asesinato, mientras que es incapaz de participar en algún sistema comprehensivo coherente que está controlado por lo que nosotros realmente creemos, podría –presumiblemente– participar en otros sistemas coherentes y comprehensivos. Bien, deberíamos ahora inmediatamente presionar sobre la cuestión: qué explicación tiene que ofrecer este relativismo de la verdad de la contingencia sobre la creencia –de proposiciones de la forma: ¿S es creída? Nuevamente, sería coherente con algún sistema particular coherente y comprensivo suponer que es de hecho creída –si es así una tal proposición debería ser verdadera relativamente a cada sistema particular. De este modo, ahora el hecho de la creencia real parece huidizo. Supóngase que hay un único sistema comprehensivo y coherente, S, que incorpora (la mayoría de) lo que realmente creemos y que la proposición de que Bishop Stubbs fue colgado por asesinato no es un participante. Considérese por contraste un sistema, S’, en el cual esa proposición es un participante. Agréguese a cada uno la proposición que es creída por la mayoría de los seres humanos. Claramente un marciano, enfrentado solo a las axiomatizaciones de cada sistema, no tendría modo de decir exactamente, sobre la base de los hechos acerca de la coherencia, cualquiera de ellas, si alguna, nosotros creemos. Así, la verdad de la proposición de que es S lo que creemos, si se constituye exactamente de hechos acerca de la coherencia, debe residir en otro de tales hechos. El coherentista-relativista ofrecerá, presumiblemente, que debería ser un asunto de coherencia con las propias creencias del marciano. Pero esto es apelar a una noción no-reconstruida de lo que es de hecho creído por el marciano –y esta fue exactamente la contraparte con respecto a nosotros que la propuesta parecería no tener medios de construir. Luego, no hay progreso.

25 Excepto, naturalmente, en los casos donde las proposiciones son realmente acerca de otras proposiciones.

26 Por ejemplo, a favor del punto de vista de que la verdad siempre consiste en la misma cosa (este tipo de “monismo” acerca de la verdad contrasta, por supuesto, con el de Bradley y Joachim, para quienes la tesis del monismo es más bien que la realidad es una totalidad intrínsecamente unificada, la cual es distorsionada cuando se concibe como una totalidad de estados de cosas, cada una apta para conferir verdad a una proposición simple considerada en forma aislada).

27 La limitación a casos a priori produce, por supuesto, una restricción sobre el uso estándar de “tópico”, que no se aplica a nada con lo cual uno podría discutir (y también acarrea una connotación no deseada de tedio).

28 En la sección VII se reseña una posible adición.

29 Para una elaboración de esta afirmación véase, Wright, Crispin, Truth and Objectivity.

30 Lectores familiarizados con el trabajo de Michael Smith notarán aquí un punto de contacto con la concepción de un análisis de red que se deriva de Ramsey y Lewis (véase especialmente el capítulo 2, sección 10, de The Moral Problem de Smith (Oxford: Blackwell, 1994)). El contraste principal con la aproximación a la verdad promocionada aquí es que un análisis de redes tiene que basarse en un conjunto comprehensivo de tópicos cuya conjunción constriñe así el concepto que es nuestro objetivo, que el reemplazo dentro de ellas de todas las expresiones para ese concepto por una variable y está ligada por el operador de descripción resulta en una descripción definida que está al servicio de una identidad analíticamente verdadera,

Φ-dad es la propiedad F, tal que {…F…&…F…&…}

que de este modo suplanta efectivamente un análisis reductivo del concepto F. Por contraste, una teoría analítica no necesita –aunque puede– subordinarse a la construcción de una tal identidad analíticamente verdadera.

31 Cf. Wright, Crispin, Truth and Objectivity, cap. 2. Hay una antigua discusión en el capítulo 14 de “Can a Davidsonian Meaning-Theory be Construed in Terms of Assertibility”, en: Wright, Crispin, Realism, Meaning and Truth, Oxford: Oxford University Press, 1993.

32 ¿De qué modo se sigue que un satisfactor de los tópicos sería definible sobre tales contenidos? Muy sencillamente. Primero, si estamos tratando con un rango de contenidos genuinos –para la extensión asegurada por la hipótesis de disciplina– para la cual tenemos la construcción condicional, entonces nada puede ponerse en el modo de la introducción definicional de un predicado u operador que esté sujeto al esquema de equivalencia:

que p es Φ si y solo si p.

Nótese que sería entonces suficiente, para versiones de transparencia, contrastar el mínimo grado de opacidad que acompaña el contraste y el lugar común de la correspondencia para Φ. Adicionalmente, estaría abierto para nosotros insistir que Φ sea definido para toda combinación de tipos específicos de los contenidos en cuestión y de este modo asegurar la inserción. Asumiendo que los contenidos en cuestión permiten (tensed) expresión, dependientemente del tiempo –efectivamente el principio que todo lo que pueda realmente ser pensado o expresado en un tiempo particular puede, por medio de variaciones apropiadas del tiempo, ser realmente pensado o expresado en todo tiempo– puede ser asegurado estipulando que F debe ser gobernado por análogos de las conexiones usuales de valor de verdad entre homólogos con diferentes tiempos (si el contenido en cuestión carece de tiempo, entonces el carácter atemporal valdría por defecto). La independencia, para sus partes, no valdría por defecto en ningún caso a menos que, explícitamente, fijemos el uso de un comparativo.

33 Cf. Jackson, F., G. Oppy y M. Smith, “Minimalism and Truth Aptness”, en: Mind, 103 (1994), pp. 287-302.

34 Por supuesto que una aserción puede ser insincera. Porque una proferencia para ser una profesión de un cierto estado significa que quien la acepta sinceramente debe estar preparado para adscribir ese estado al proferente.

35 Este es un punto de vista defendido a menudo por John McDowell; véase su “Are Moral Requirements Hypotetical Imperatives?”, en: Proceedings of the Aristotelian Society, 52 (1987), pp. 13-29.

36 El mismo Michael Smith adopta eventualmente este punto de vista en Moral Problem.

37 Cf. Blackburn, Simon, Spreading the World, especialmente los capítulos 5 y 6.