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Revista Medica Herediana

versión impresa ISSN 1018-130Xversión On-line ISSN 1729-214X

Rev Med Hered v.9 n.3 Lima jul./set. 1998

 

La creación de Facultades de Medicina en el Perú - 1998

New Faculties of Medicine for Peru

 

Berríos Reiterer, Jorge*

 

* Profesor Principal de Medicina Universidad Peruana Cayetano Heredia

La creación de Facultades de Medicina en el Perú, constituye en la actualidad una problemática de la Educación Médica que amerita un estudio exhaustivo a fin de llegar a conclusiones valederas que permitan plantear soluciones adecuadas.

Recientemente me correspondió el privilegio de actuar como coordinador del Grupo de Trabajo constituido para analizar este tema en el Comité de Educación Médica de la Academia Nacional de Medicina. Atendiendo a la gentil invitación de quienes dirigen esta revista, me es grato compartir en las siguientes líneas algo de lo mucho que allí aprendí.

En el momento existen en el Perú 67 universidades, de las cuales 28 son públicas y 39 privadas. Cuentan con Facultad de Medicina 24 de ellas, 14 públicas y 10 privadas.

La Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos inició su funcionamiento en 1856 y fue la única en el país hasta 1958, en que aparecieron las de la Universidad Nacional de Trujillo y la Nacional de San Agustín de Arequipa. Desde entonces y hasta 1980 llegaron a funcionar 7 Facultades de Medicina en el Perú.

En la década de los 80 se duplica este número llegando a 14 y en la de los 90 se incrementa a 24, apareciendo 10 más que representa el 41.6% del total actual, del que casi el 30% han iniciado sus actividades a partir de 1996.

Es decir, estamos asistiendo a una verdadera eclosión de entidades formadoras de profesionales médicos, que no pareciera estar motivada por una mayor necesidad de servicio ni consecuencia de un estudio previo que la justifique.

Esta situación también se da en distintos países. Tratando de explicarla entre nosotros se ha invocado, entre otras, las siguientes razones para la creación de nuevos centros de estudios de este tipo:

1. Satisfacción de un ideal romántico.

2. Interés político en la "patria chica".

3. Existencia de demanda entre los postulantes a educación superior.

4. Posibilidad de rentabilidad para inversionistas.

5. Obtención de ingresos adicionales por actividad docente para profesionales médicos mal rentados.

6. Lucro indirecto a través de actividades conexas, como academias de preparación para el ingreso, venta de cuestionarios desarrollados, etc.

En 1997 existía en 22 Facultades de Medicina de ese entonces un total de 14,711 alumnos, habiendo ingresado 2211 nuevos estudiantes.

Entre 1994 y 1997, de 13 Facultades del país existieron anualmente de 1133 a 1531 egresados, con un promedio de 1254 por año.

En 1997 se colegiaron 1401 nuevos médicos, la mayoría 21.98% provenía de una universidad pública de Lima; 16.85% fueron egresados de una particular de Lima y en tercer lugar con 13.92% eran graduados del extranjero, constituyendo un importante grupo que hay que añadir a los de las universidades del país y que merece un análisis más profundo.

En la actualidad el Perú cuenta con una población de 24’800,768 habitantes y a Marzo de 1998 existían registrados 30,529 médicos colegiados, por lo tanto existiría un médico por cada 813 habitantes en todo el país. Sin embargo sabemos que esta relación es completamente utópica, pues no se da en todos los lugares, ni tampoco dice nada sobre la clase de médicos, especialistas o no y de que tipo.

En la Región III de Lima, donde se encuentra los 2/3 del total de médicos del país, existiría aproximadamente un facultativo por cada 400 habitantes, en tanto que por ejemplo en la Región IX de San Martín habría uno por cada 4,375 pobladores. Es evidente que en el momento actual el problema fundamental lo constituye la distribución de los médicos, que se concentran en las grandes urbes.

Actualmente en todos los departamentos que poseen más de un millón de habitantes existe por lo menos una Facultad de Medicina. En Lima, donde se concentra el 30% de la población y el 67% de los médicos colegiados, existen 7 Facultades de Medicina, a las que debe agregarse una en Huacho, con las que suman 8 en el departamento de Lima.

La creación de nuevas Facultades de Medicina en el Perú, se hace de acuerdo al sustento legal establecido en dos leyes:

a) La Ley Nº 26439 de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, promulgada por el Presidente Constitucional Ing. Alberto Fujimori Fujimori el 21 de Enero de 1995.

En ella se establece que para el funcionamiento de una nueva universidad se requiere:

1. Acreditar ante CONAFU el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley.

2. Satisfecho lo anterior, el CONAFU otorga una autorización de funcionamiento provisional.

3. Con la autorización provisional, la nueva universidad funciona bajo la supervisión y evaluación permanente del CONAFU durante un período mínimo de cinco años.

4. Al cabo de este tiempo, el CONAFU puede autorizar o denegar el funcionamiento definitivo.

b) Las universidades que cuentan con autorización de funcionamiento definitivo, se rigen por la Ley Universitaria 23733, promulgada por el Presidente Constitucional Arquitecto Fernando Belaúnde Terry el 9 de Diciembre de 1983.

En ella se establece que poseen autonomía académica, económica y administrativa dentro de la ley. Organizan y establecen su régimen académico por Facultades de acuerdo a sus características y necesidades. Por tanto, pueden crear nuevas Facultades si lo estiman pertinente.

En el primer caso (a), la Ley establece las exigencias generales para una nueva universidad y el CONAFU si aprueba la solicitud, autoriza el funcionamiento provisional de la nueva entidad de estudios superiores con sus facultades iniciales y sólo supervisa su accionar hasta concederle el funcionamiento definitivo.

Sin embargo, en la Ley no se establece requisitos específicos para una Facultad de Medicina y mientras CONAFU no disponga de la capacidad técnica adecuada con la que la misma ley le permite asesorarse, es muy difícil que pueda desarrollar su responsabilidad de manera eficiente.

Por otro lado en la situación (b) de universidades más antiguas que ya cuentan con la autorización de funcionamiento definitivo, no existe ninguna posibilidad de exigencia o supervisión, pues en ejercicio de la independencia académica y administrativa que la ley le confiere, pueden crear nuevas facultades.

Se hace indispensable contar con el inventario actualizado de la realidad de las Facultades de Medicina funcionantes en el país para conocer la exacta capacidad de docencia, investigación y servicio: su infraestructura física y equipos, pues además de aulas debe contar con laboratorios de ciencias básicas, pre-clínicas y otros, sedes clínicas adecuadas, como hospitales y otros servicios de salud; biblioteca actualizada, red de informática; personal docente idóneo; personal administrativo y servicios necesarios.

En el Perú son pocas las instituciones que cuentan con la infraestructura física y los equipos indispensables para el trabajo de una Facultad de Meidicina y es sabido de la poca disponibilidad de profesores de las llamadas Ciencias Básicas y de muchas especialidades médicas, lo cual se ha querido suplir recurriendo en algunos casos a la utilización de "PROFESORES ITINERANTES" que resultan meros informadores, pero jamás verdaderos educadores médicos como esta profesión exige.

Por la naturaleza de los estudios y la índole de sus funciones, la Sociedad debe exigir que sus profesionales de la salud sean formados en Facultades que ofrezcan las garantías necesarias para asegurar su preparación idónea.

Se hace absolutamente necesario la dación de una nueva Ley que corrija las actuales deficiencias de una mal entendida autonomía universitaria y permita regular la creación y funcionamiento de las Facultades de Medicina en el Perú.

Se hace imprescindible establecer un organismo del más alto nivel, encargado de garantizar la permanente CALIDAD de la educación médica en el país.

Dicho organismo deberá estar conformado por representantes de las entidades formadoras y usuarias del personal profesional médico, del Colegio Médico y otras que se estime conveniente.

Tal organismo ha de señalar los requisitos que tendrá que satisfacer una Facultad de Medicina para poder funcionar; deberá brindar la asesoría técnica a quien la requiera, como el CONAFU, y se encargará de certificar que las facultades CUMPLAN y MANTENGAN las condiciones exigidas.

Sólo así se conseguirá la seriedad que reclama la educación médica en el país y servirá de punto de partida para exigencias similares en el quehacer formativo profesional de las otras ramas del saber.

 

 

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