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Contratexto

versión impresa ISSN 1025-9945versión On-line ISSN 1993-4904

Contratexto  no.38 Lima jul./dic. 2022

http://dx.doi.org/10.26439/contratexto2022.n038.5463 

Tendencias

Cobertura periodística de la migración en Ecuador durante los estados de excepción del 2020

Journalistic coverage of migration in Ecuador during the 2020 states of exception

Cobertura jornalística da migração no Equador durante os estados de exceção de 2020

Carmelo Márquez-Domínguez*1 
http://orcid.org/0000-0002-3939-9608

Marilena Caromoto Asprino Salas**2 
http://orcid.org/0000-0001-8084-6492

Lizbeth Anahí Cornejo Dávila***3 
http://orcid.org/0000-0001-7360-5826

1Universidad de Cádiz car.marquezdominguez@alum.uca.es

2Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ibarra mcasprino@pucesi.edu.ec

3Pontificia Universidad Católica del EcuadorSanto Domingo lacornejo@pucesd.edu.ec

RESUMEN:

Hay que esperar a que ocurran catástrofes extraordinarias, como la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para apreciar un enfoque de los derechos humanos en la información periodística. Con el fin de estudiar la cobertura periodística en Ecuador sobre la inmigración durante los estados de excepción decretados en 2020, se plantea un método analítico y comparativo con un enfoque mixto: por un lado, se recopiló toda la producción documental a fin de construir el estado del arte; por otro, se extrajo el producto periodístico sobre migración y movilidad humana publicado en las ediciones digitales de El Comercio y El Universo para, después, hacer un análisis del contenido. Los resultados arrojan encuadres neutros, con un tratamiento sin un enfoque de derechos humanos ni un lenguaje inclusivo, lo que se traduce en una preferencia por titulares y géneros informativos; una escasa presencia de infografías, datos estadísticos y elementos transmedia; una despersonalización general de la firma periodística y un predominio de las fuentes oficiales. Además, la temática apunta a una petición de orden -frente al caos- y los sujetos señalados son los inmigrantes venezolanos.

PALABRAS CLAVE: diario El Comercio; diario El Universo; movilidad humana; derechos humanos; inmigración

ABSTRACT:

We must wait for extraordinary catastrophes like the COVID-19 health crisis to appreciate a human rights approach in journalistic information. We set out to study the journalistic coverage of immigration in Ecuador during the state of exception decreed in 2020 with an analytical and comparative method with a mixed approach. On the one hand, we collected all the documentary production to understand the state of affairs; on the other hand, we analyzed the articles on migration and human mobility published in the digital editions of El Comercio and El Universo. The results show neutral referential frameworks, no human rights approaches or inclusive language, and a preference for news headlines and genres. Articles rarely include infographics, statistical data, or transmedia elements. Finally, the analysis showed a general depersonalization of authorship, a predominance of official sources, calls to order -in the face of chaos- and mainly Venezuelan immigrants being signaled as subjects.

Keywords: El Comercio journal; El Universo journal; human mobility; human rights; immigration

RESUMO:

É necessário esperar por catástrofes extraordinárias, como a crise de saúde devido à COVID-19, para observar uma abordagem que destaque os direitos humanos na informação jornalística. Para estudar a cobertura jornalística de qualidade no Equador sobre a imigração durante os estados de exceção decretados em 2020 (de 16 de março a 13 de setembro), é proposto um método analítico e comparativo, com uma metodologia de abordagem mista: por um lado, a produção documental foi compilada para construir o estado da questão; por outro, foi realizada uma extração dos produtos jornalísticos sobre migração e mobilidade humana publicados nos meios digitais El Comercio e El Universo, por último, realizouse a análise de conteúdo. Os resultados evidenciam enquadramentos neutros com uma abordagem distanciada dos direitos humanos e da linguagem inclusiva, o que se traduz em uma preferência por manchetes e gêneros noticiosos com pouca presença de infográficos, dados estatísticos e elementos transmídia; em uma despersonalização geral da assinatura autoral e a predominância de fontes oficiais. Além disso, o tema aponta para um pedido de ordem -perante o caos- e os sujeitos culpabilizados são os imigrantes venezuelanos.

Palavras-chave: diário El Comercio; diário El Universo; mobilidade humana; direitos humanos; imigração

1. INTRODUCCIÓN

Si se considera el número de personas que conforman la población de América Latina (aproximadamente, 667 millones de habitantes en 2021, según Pasquali, 2020) y la conflictividad social, política y económica que caracteriza a la región, los derechos humanos -y de manera particular, en el entorno de la migración- son asuntos de suma importancia que merece la pena vigilar. En las últimas décadas, diversas naciones latinoamericanas han experimentado situaciones que atentaron contra la dignidad del ser humano y que conllevaron a violaciones de derechos fundamentales, tales como violencia política, dictaduras, desapariciones, exilios, etc. (OHCHR, 2019). El reporte de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 2019 proporcionó cifras y datos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia y Venezuela, países “de origen” con un significativo número de personas que han escogido a Ecuador como país de destino. Ese es el tema en el que se centra la presente investigación.

En la República Bolivariana de Venezuela, tal y como informó Michelle Bachelet -alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos-, existen numerosos casos de personas privadas de libertad por retrasos judiciales o por motivos políticos; una lesión de los derechos económicos y sociales debida a una hiperinflación y dolarización de facto de la economía que hace que solo una minoría tenga acceso a divisas y que el salario mínimo solo cubra el 35 % de la canasta básica alimentaria; fallos continuos en los servicios públicos; una situación de riesgo para niñas, niños y adolescentes; decenas de miles de protestas anuales lideradas por trabajadores del sector educativo, de la salud y de las industrias básicas; así como una de las tasas de homicidios más altas de la región (Bachelet, 2019).

A diferencia de Venezuela, donde los desplazamientos humanos son un fenómeno multifactorial, en Colombia la causa principal de estos movimientos es el conflicto armado que vive el país desde hace más de cincuenta años. Y es que a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN) se ha ido sumando un considerable número de grupos armados, como paramilitares, cárteles de la droga, guerrillas urbanas o de reivindicación indígena y bandas criminales (Ríos Sierra, 2016). Los secuestros y desapariciones forzadas conforman una grave muestra de la violación de los derechos humanos en ese país:

In Colombia, UN Human Rights continued to provide technical assistance to the Search Unit for Persons Deemed as Missing in the Context of the Armed Conflict (UBPD) in order to increase the analytical capacities of the Unit to design strategies and methodologies for the search, location, identification and dignified delivery of remains, as well as the delimitation of the universe of persons deemed to have disappeared. (OHCHR, 2019, p. 34)

En este marco, hay que dirigir la mirada a los medios de comunicación que, con un rol innegable en la difusión informativa y en el empoderamiento cívico, son clave en la conquista de los derechos fundamentales. Y eso, por supuesto, pasa por una conformación simbólica de la opinión pública, en el sentido de que si las sociedades se miden por sus actos, estos son moldeados por la ausencia o presencia de una determinada información. Véase, pues, el grado de responsabilidad que una cobertura periodística de calidad tiene para el fortalecimiento de la democracia, como lo han demostrado Gómez y Méndez et al. (2020), de Lerma Galán (2018) y, en Ecuador, Romero y Peñafiel (2019).

La paradoja asoma cuando en la prensa (impresa y digital) y en los programas audiovisuales se comentan los problemas socioeconómicos y políticos: las hard news a las que se han acostumbrado las personas de todo el mundo sobre estas continuas dificultades habitualmente ligadas a la lesión de los derechos humanos, pero en las que es extraño hallar explícitamente señalada dicha vinculación. Hay que esperar a catástrofes excepcionales, como la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, para percibir un enfoque de derechos humanos en la información periodística. Una omisión que fortalece la normalización de una cobertura descontextualizada, al tiempo que debilita el poder de la justicia social y supone un gigantesco gesto de indiferencia hacia la opresión, la desigualdad, la intolerancia y la discriminación. Cabe también mencionar el “amarillismo” de ciertos medios de comunicación y su preferencia por los crímenes, exonerándose de ese primer plano a las violaciones de derechos.

En este escenario de periodismo, movilidad humana, jurisprudencia y derechos humanos surge esta investigación de la cobertura periodística en Ecuador sobre la inmigración -principalmente, colombiana y venezolana- durante los estados de excepción (y consecuente cierre de fronteras) decretados por el Gobierno en 2020, en respuesta a la crisis sanitaria. Se seleccionaron los habitantes de Colombia y Venezuela por el impacto que ha tenido su desplazamiento en los países suramericanos en general. Según el Portal de Datos sobre Migración, “en los últimos años la migración intrarregional se ha convertido en una opción para millones de sudamericanos”, ocupando Venezuela y Colombia los dos primeros lugares en la lista de países emigrantes, y siendo Ecuador uno de los países de destino de este movimiento de población (2021, p. 1).

Se entiende que la cobertura periodística, cuando es especializada, favorece el desarrollo de un discurso de empatía en la ciudadanía, apaciguando el enfrentamiento motivado por una realidad socioeconómica constantemente inestable y por discursos populistas de extrema derecha. De esta forma, se quiso obtener una imagen global sobre el estado de la cuestión acerca del periodismo de calidad en Ecuador, por lo que se eligieron las ediciones digitales de los diarios ecuatorianos El Comercio y El Universo, que son una referencia de la información en el país. Al hilo de lo señalado, se previó una posible visión de conflicto y alarma en el discurso periodístico frente a una posible minoría de relatos empáticos y solidarios. La tarea, por tanto, consistió en examinar a estos medios de comunicación representativos y de referencia como paradigma de la calidad periodística, abordando el fenómeno de una información que fortalezca -o no- los derechos humanos en la cobertura de temas especialmente sensibles, como la migración y movilidad humana. Se aprovechó, igualmente, para obtener un análisis comparativo entre ambas cabeceras, atendiendo a sus rasgos formales periodísticos, a fin de precisar los elementos más importantes y definitorios en el tratamiento concedido al tema de la movilidad humana en cada uno de ellos.

Previo y casi paralelamente a la observación eminentemente periodística y comunicacional, se recopiló documentación de la jurisprudencia ecuatoriana y de las organizaciones internacionales que trabajan en la región: por un lado, se estuvo atento a la realidad sociopolítica y jurídica doméstica durante la pandemia y los estados de excepción promulgados; por otro, se consideró los discursos en el terreno de las relaciones internacionales sobre el objeto de estudio que aquí nos incumbe. Todo esto sirvió para producir el siguiente marco teórico.

1.1 Inmigración, derechos humanos y estados de excepción en Ecuador durante la pandemia

La circunstancia geográfica de vecindad y la política de apoyo a los desplazados venezolanos implementada por el gobierno colombiano han propiciado el surgimiento en Ecuador de un escenario particular en el que converge la movilidad humana de uno y otro país, aunque su motivación no sea la misma. En el caso de los venezolanos, los movimientos migratorios se deben a la dramática situación social y económica derivada de un régimen gubernamental que se traduce en una “combinación de militarización autoritaria con un pragmatismo económico que llevó a una dolarización de hecho de la economía” (García-Guadilla, 2020, p. 108), con amplias repercusiones en el acceso a bienes y servicios básicos y en el ejercicio de los derechos en general. Mientras tanto, en Colombia, el proceso migratorio se origina en la necesidad de huir de las circunstancias adversas derivadas del conflicto armado. Claro que si en Colombia se produjo un desplazamiento interno en el que la emigración era vista como una segunda opción, en el caso venezolano la emigración se ha convertido en la primera opción (Rodríguez, 2018). Ante esta realidad, no todos los emigrantes venezolanos se han establecido en Colombia, transitando muchos el territorio de este país en camino hacia Ecuador, Perú y Argentina. De la misma manera, Ecuador se convirtió en país de destino para los colombianos en sustitución de la “hermana” República de Venezuela que, durante más o menos tres décadas, fue el destino principal de los colombianos que buscaban mejores condiciones de vida en la “petrolera” Venezuela de los años setenta y ochenta (Rodríguez, 2018).

Tal y como señala Velasco (2020) en su artículo “From Ecuador to Elsewhere: The (Re)Configuration of a Transit Country”, en la actualidad, Ecuador es país de destino y de tránsito de migrantes, destacando la necesidad de precisar -en uno u otro supuesto- cuál es el marco constitucional de derechos y garantías aplicable a las personas en situación de movilidad humana. Con relación a este punto es oportuno recordar que Ecuador tiene una de las Constituciones más avanzadas del mundo en materia de reconocimiento y protección de derechos. En su parte dogmática, esta Carta contempla un amplio catálogo de derechos, todos de similar jerarquía, amparados por un conjunto de garantías de diversa naturaleza creadas con el fin de asegurar su ejercicio. Efectivamente, identificada con la tendencia neoconstitucionalista (Anchaluisa, 2016), la Constitución ecuatoriana de 2008 establece un modelo de Estado constitucional de derechos y justicia sustentado en la primacía de los derechos de las personas sobre el Estado y el legalismo. A criterio de Ávila Santamaría (2009), esto se traduce en la asunción de un modelo igualitarista, basado en la solidaridad y en la protección de los menos favorecidos o peor situados: el objetivo del neoconstitucionalismo no es tanto limitar y controlar el poder, como el constitucionalismo, sino afianzar y garantizar la vigencia de los derechos humanos (Santiago, 2008, p. 138; a partir de Comanducci, 2002).

La proyección constitucional ecuatoriana de protección a las personas en situación de desventaja o vulnerabilidad se ha materializado en los derechos atribuidos a los denominados “grupos de atención prioritaria” (artículo 35), entre los cuales figuran las personas en situación de movilidad humana. Esta última cualidad fue destacada por la Corte Constitucional del Ecuador a través de un precedente jurisprudencial en su sentencia n.º 159-11-JH/19 del 17 de diciembre de 2019, y hace merecedoras a estas personas de una atención especializada y preferente por parte de los órganos estatales.

A partir del reconocimiento que hace en el artículo 40 del derecho a migrar, la Constitución ecuatoriana declara que no se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria y que las personas en situación de asilo o refugio serán objeto de protección especial (artículo 41), todo a la luz de los principios de “no devolución” (artículo 66, numeral 14) y de “ciudadanía universal” (artículo 416). En atención a estas normas, es conveniente recordar que, en la actualidad, los textos constitucionales son la máxima expresión de la soberanía popular; un pacto social a través del cual cada pueblo elige hacia dónde quiere ir como sociedad y qué tipo de sociedad desea construir. En el preámbulo de la Constitución de 2008 se evidencia esta elección, la cual apunta hacia un modelo de Estado cuyo epicentro son los derechos y la dignidad de las personas, sin distinción alguna, aunque anteriormente no fuese así. La respuesta política, jurídica e institucional del Ecuador al fenómeno migratorio ha mutado desde finales del siglo XIX hasta el presente, configurando diferentes enfoques a lo largo del tiempo, que fueron identificados y caracterizados por Ramírez (2014) y que van desde el aperturismo segmentado hasta el enfoque de derechos. Este último

[…] constituye una propuesta basada en el respeto de los derechos humanos de los migrantes, sobre todo el derecho a migrar, pero también a no migrar; el considerar que no existen seres humanos ilegales; el deseo de impulsar una ciudadanía supranacional […] entre otros postulados. (p. 152)

De esta manera, la normativa constitucional nacida en Montecristi sentó las bases para el diseño y ejecución de políticas de movilidad humana con ese enfoque de derechos durante el gobierno de Rafael Correa. Estas políticas:

[…] no solo dieron un aire nuevo a la forma histórica de entender la migración en el país -que llevó incluso a los límites de la imaginación política-, sino que colocaron a los asuntos migratorios como un componente central en la gestión gubernamental, lo cual dio paso al surgimiento de una activa diplomacia migratoria que puso al Ecuador en el radar de la geopolítica mundial. (Ramírez, 2020, p. 2)

En este contexto, una de las propuestas más polémicas fue el principio de ciudadanía universal, que consiste en el reconocimiento de la potestad del ser humano para desplazarse libremente por todo el planeta (libre movilidad humana), e implica la portabilidad de sus derechos humanos, independientemente de su condición migratoria, nacionalidad y lugar de origen, lo que ha de llevar al fin progresivo de la condición de extranjero (Ley Orgánica de Movilidad Humana del Ecuador, artículo 2). Se trata de una máxima que se enfrenta a la concepción clásica de ciudadanía, identificada con el reconocimiento y disfrute de un estatus de derechos como consecuencia de la existencia de lazos de pertenencia con un Estado, en contraposición a quienes no los tienen por el hecho de no pertenecer (no ciudadano).

La ciudadanía universal se articula con el derecho a migrar, fortalece la perspectiva global de la movilidad humana y conduce a la erradicación de políticas restrictivas de desplazamiento (Arcentales Illescas, 2021). Es un principio que ha generado y continúa generando discusiones jurídicas, algunas en torno a los límites que supone para el ejercicio de la soberanía estatal y su necesaria correspondencia con el modelo de gobernanza migratoria (Arcentales Illescas, 2021); otras sobre las dificultades que enfrenta para su efectiva puesta en práctica, un tema sobre el cual se han pronunciado diversos autores y autoras:

  • Asanza Guerra (2013) asegura que no siempre la retórica ha ido de la mano de la práctica.

  • Borja Román (2014) afirma que la diferencia que hace la legislación ecuatoriana entre personas nacionales y extranjeras contradice el principio de ciudadanía universal y, con ello, a la misma Constitución.

  • Yépez Arroyo (2016) comenta las graves contradicciones que hay entre la ley, el discurso y la práctica del Estado ecuatoriano en sus políticas migratorias.

  • Más recientemente, Velasco (2020) analiza cómo en el marco de un mayor progresismo constitucional en materia migratoria, se adoptaron varios mecanismos legales y sociales que terminaron confinando a los migrantes y refugiados regionales, obligándoles a vivir situaciones de ilegalidad y de posible deportación.

  • Ruque, Jaramillo y Costa (2020) advierten que “las innumerables dificultades por parte del gobierno ecuatoriano para afrontar eficazmente el fenómeno de la inmigración podrían vulnerar en muchos casos la dignidad humana” (p. 1).

Contradicciones, vacíos y carencias que no pueden imputarse en su totalidad al Estado, pues se deben, en gran medida, a la naturaleza misma de la migración como un fenómeno multifactorial complejo, entre cuyos problemas figuran la pobreza, las crisis políticas y las olas de violencia (de Perales & Perales, 2020). En Ecuador, el fenómeno se volvió aún más complejo con las medidas adoptadas por el Estado para manejar la pandemia por coronavirus.

Por otra parte, en el ámbito jurisprudencial, la Corte Constitucional emitió entre los años 2008 y 2017 varios dictámenes y sentencias que fortalecieron los principios de ciudadanía universal y de libre movilidad humana como, por ejemplo, el Dictamen 042-10-DTI-CC sobre el Estatuto Migratorio entre la República del Ecuador y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, del 25 de noviembre de 2010; y la Sentencia 002-14-SIN-CC relativa a la demanda de inconstitucionalidad del reglamento para la aplicación en el Ecuador del derecho al refugio establecido en el artículo 41 de la Constitución, en las normas contenidas en la Convención de las Naciones Unidas de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y en su Protocolo de 1967, del 14 de agosto de 2014. No obstante, la Corte aún no se ha pronunciado sobre la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Clínica Jurídica de la Universidad San Francisco, la Misión Scalabriniana y defensores de derechos humanos en diciembre de 2017, en contra de algunas disposiciones de la Ley Orgánica de Movilidad Humana que se apartan del referido enfoque de derechos (Arcentales Illescas, 2021).

Y es que, en el periodo presidencial de Lenin Moreno, se produjo un viraje en la política ecuatoriana de movilidad humana que tuvo incidencia en la normativa, así como en el desarrollo de los poderes y facultades del Ejecutivo ecuatoriano, y que condujo al establecimiento de un conjunto de restricciones que liquidaron las facilidades para la migración interregional que se dieron durante la gestión correísta en el marco de un esquema de alineación geopolítica con los gobiernos de Hugo Chávez y Nicolás Maduro (Ramírez, Linares & Useche, 2020). Si bien este redireccionamiento de la acción gubernamental coincidió con el incremento de la ola migratoria de venezolanos de los años 2018 y 2019, no puede verse en ello la única causa de este acontecimiento, debiendo tomar en cuenta la intervención de otros factores de relevancia que, inclusive, trascienden la realidad ecuatoriana. Por ejemplo, algunos autores señalan con una connotación negativa la promoción hecha por los países desarrollados receptores de movilidad humana de un modelo de gobernanza migratoria reduccionista que prioriza los factores económicos y de seguridad por sobre los derechos humanos (Zambrano, 2019), un modelo que fue acogido en la Declaración de Nueva York, al acordar los estados miembros de la ONU cooperar en la elaboración del Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, que fue aprobado en la conferencia intergubernamental sobre migración internacional celebrada en Marruecos en diciembre de 2018. En términos de las Naciones Unidas (s. f., párrafo 15), “la implementación del Pacto mundial representará un avance en la gobernanza de la migración de una manera que aumente sus beneficios para las personas, las comunidades y los países, y reduzca sus riesgos para todos”.

En el periodo de Moreno, la balanza se inclinó a favor de la seguridad e integridad de sus nacionales por encima de los derechos humanos y de las necesidades de protección de las personas en desplazamiento, tal y como se pone en evidencia en el Decreto Ejecutivo 826, por el cual se exige visado a los venezolanos, y en los diversos acuerdos que establecen requisitos para el ingreso a Ecuador de estas personas que no se solicitan a ciudadanos de otras nacionalidades. Estos últimos fueron objeto de una acción de inconstitucionalidad ante la Corte que aún no ha sido resuelta. Las medidas gubernamentales son una expresión de esta nueva orientación estatal que implica que, en Ecuador, los migrantes venezolanos han dejado de ser vistos como víctimas para ser considerados una amenaza, como afirma Ramírez (2020, p. 19), aun bajo el camuflaje léxico brindado por el término “humanitario”.

Es en este escenario, cuya complejidad no puede imputarse exclusivamente al Estado, dado el carácter de fenómeno multifactorial complejo que posee la movilidad humana (de Perales & Perales, 2020), y en el contexto de las medidas adoptadas por el Estado para manejar la crisis ocasionada por la pandemia por coronavirus, que el 16 de marzo del 2020 el presidente Moreno suscribió el Decreto de Estado de Excepción, ampliado por treinta días más, el 15 de mayo. A la expiración de este último término, el 15 de junio firmó un nuevo estado de excepción por calamidad pública, por el cual se suspendieron el ejercicio del derecho de libre tránsito, la libertad de asociación y la libertad de reunión ante el gran número de contagiados y fallecidos registrados en los últimos meses. El 14 de agosto se extenderían treinta últimos días más. Conviene indicar que, para la gestión de estas medidas en Ecuador, se creó el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE), órgano encargado de dirigir los horarios y mecanismos de restricciones del derecho a las libertades con el fin de “mantener las medidas de aislamiento y distanciamiento social de acuerdo al color del semáforo en cada Cantón” (Decreto 1074-2020) y que, por nacer de un mecanismo jurídico de carácter extraordinario, estuvo sujeto a lo establecido en los artículos 164 a 166 de la Constitución, en particular a los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad, territorialidad y razonabilidad, debiendo el Ejecutivo notificar a la Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional y a los organismos internacionales correspondientes.

La circunstancia de temporalidad de la medida dio lugar a una discusión nacional en torno a lo establecido en el artículo 66 de la Constitución, que limita la vigencia del decreto de estado de excepción a un máximo de sesenta días, pudiendo renovarse hasta por treinta días más. La opinión pública se avivó definitivamente con la promulgación de una última renovación, cuando el país ya llevaba cinco meses en estado de excepción. Al respecto, la Corte Constitucional, en el mismo dictamen (5-20-EE/20) donde declaró la constitucionalidad del Decreto Ejecutivo 1126 sobre la misma ampliación, manifestó que, transcurrido ese período de renovación, no admitiría una nueva declaratoria sobre los mismos hechos que han configurado calamidad pública por COVID-19.

Debe destacarse que en este escenario de pandemia y de restricción de derechos, la movilidad humana implica un aumento en el riesgo -ya de por sí alto- al que se exponen las personas migrantes, particularmente si son adultos mayores, mujeres embarazadas, niños, niñas, adolescentes o personas afectadas por enfermedades catastróficas: “el posible impacto de COVID-19 en las personas más vulnerables del mundo que ya están afectadas por desplazamientos, conflictos, desastres naturales y el cambio climático hace que sea la amenaza más urgente de nuestros tiempos” (IFRC, 2020, p. 1). Y en referencia a Ecuador, se alertó sobre la huella que han dejado las medidas de cierre de fronteras y toque de queda impuestas por el Ejecutivo en la población migrante (de las fronteras norte y sur del país), en razón de haber propiciado el cierre “del Centro Binacional de Atención Fronteriza donde las personas se encuentran en situación de vulnerabilidad debido a la falta de alojamiento, acceso a salud, seguridad alimentaria y protección en general” (IFRC, 2020, p. 11).

Como consecuencia del cierre oficial de fronteras y la inoperatividad de puntos de control migratorio, fue difícil precisar cuantitativamente el flujo migratorio de venezolanos y colombianos en Ecuador durante el periodo comprendido entre marzo y septiembre del 2020 porque no hay cifras oficiales. Un vacío que es ocupado fundamentalmente por las ONG y otras asociaciones similares de apoyo y protección a los inmigrantes y refugiados, como el Portal Operativo de Situaciones de Refugiados que, a través de su sitio web, aporta información sobre la inmigración irregular durante la pandemia. Esta web señala que, “pese a que las fronteras con Colombia y Perú permanecieron cerradas durante el mes, la población refugiada y migrante de Venezuela continuó transitando por territorio ecuatoriano a través de pasos informales […] aún más peligrosos” (Response for Venezuelans, 2021, p. 1). De la misma manera, cabe destacar el “Informe de situación correspondiente al periodo agosto 2020” del Grupo de Trabajo para Refugiados y Migrantes de Perú (Response for Venezuelans, 2020), en el que se aborda el problema del ingreso a Ecuador de grupos de inmigrantes venezolanos por vías irregulares.

La violación de derechos de la que son víctimas las personas migrantes fue visibilizada en Ecuador a través del “Informe temático sobre la situación de los derechos humanos durante la declaratoria del estado de excepción por la emergencia sanitaria por la COVID-2019 en Ecuador en 2020”, elaborado y difundido por la Defensoría del Pueblo (2020), que comprende desalojos arbitrarios de viviendas, actos xenofóbicos y multas migratorias, entre otros hechos. En respuesta a la magnitud y naturaleza de tal violación, la Cancillería del Ecuador (2020) diseñó el “Plan Integral para la Atención y Protección de la Población Venezolana en Movilidad Humana en Ecuador 2020-2021” con las siguientes líneas estratégicas: inclusión socioeconómica, acceso a servicios y coordinación, cooperación internacional y manejo multilateral.

La preocupación por el estado de vulnerabilidad de los inmigrantes en tiempos de pandemia no es exclusiva del Estado ecuatoriano: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió la Resolución 4/2020, según la cual las medidas tomadas para la atención y contención de la pandemia deben tener, como centro, el pleno respeto de los derechos humanos (OEA, 2020); y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe publicó una edición especial de contribuciones en torno a la necesidad de reafirmar la centralidad de los derechos humanos de las personas migrantes (Reboiras Finardi, 2019).

Por último, desde las esferas académica y científica, se aconseja revisar los artículos de Dabove et al. (2021), titulado “Derechos humanos, vulnerabilidad y pandemia”; Toro (2020), titulado “La pandemia, la globalización y las migraciones: los nuevos enemigos”, y Piovesan y Morales (2020), denominado “Interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos: una nueva mirada frente al COVID-19”, así como el libro COVID-19 y derechos humanos: la pandemia de la desigualdad, de Bachelet y Segato (2020), en el que los expertos toman a Argentina como estudio de caso para analizar las violaciones de derechos ocurridas por la conjunción COVID-19, desigualdad y pobreza.

1.2 Cobertura periodística, derechos humanos e inmigración

¿Es posible cubrir una realidad con enfoque de derechos humanos sin violencia sangrienta o dureza extrema? ¿Es posible cubrir una realidad con enfoque de derechos humanos promoviendo un debate amplio y plural, igualitario e inclusivo? Ciertamente, la noción del periodismo -sin odiosos apellidos- fue, irá y va sobre visibilizar -denunciando- lo oculto, con el cuidado de no oscurecer las realidades perimetrales del foco noticioso. Otra cosa es lo que se hizo, se hará o se hace en según qué espacios y tiempos mediáticos.

Una buena cobertura periodística necesita de una eficiente construcción de agenda, en tanto sea respetuosa con un interés público real. Anótese que se trata de ir más allá del debate -tan cínico como superado- sobre los principios o criterios de noticiabilidad, diversas agendas y estructura de la información (Sierra Caballero, 2011; Odriozola Chené, 2012; McCombs et al., 2013; Reig & Labio, 2017). Como se dice en las facultades de periodismo: no se trata de objetividad, sino de honestidad. Una auténtica deontología (ética) profesional vinculará necesariamente el oficio periodístico con los derechos humanos al momento de (pre y pos) producción de contenidos noticiosos, priorizando el derecho a la información sobre los intereses económicos y comerciales (Aznar, 2020) que, por desgracia, son inherentes a la -ya corrompida- información. Eso no niega la necesidad de campañas de comunicación y, por consiguiente, el empleo de las técnicas, tecnologías, teorías, estrategias y formatos que se hallan a la mano del periodismo.

Además, con la actual “sociedad de la información” (Mattelart & Multigner, 2007) avanzada y cimentada, poco sentido práctico tienen ya las agendas estáticas y fijas. La inquietud de lo real se percibe más que nunca con las desarrolladas y veloces tecnologías de la información. Por ello, las agendas mediáticas y periodísticas deben ser lo suficientemente versátiles e, incluso, si fuese necesario, cambiantes en pro -siempre- de una actualización incesante que permita sumar al diálogo público. Por este camino, los media lograrán que la ciudadanía “discuta seriamente” sobre derechos humanos (Dworkin, 2013).

Claro que -sin que deba servir de contradicción práctica- en una cobertura especializada y de calidad, la información se concibe como un elemento profesional que confiere una honesta interpretación y un análisis profundo -aunque siempre limitado- ante una serie de fragmentaciones artificiales de la caótica e incomprensible realidad. Es decir, temas complejos que requieren de un trabajo de comprensión intelectual y comunicación social, como, por ejemplo, aquellos relacionados con encierros, derechos humanos y acceso a la justicia: la pandemia por COVID-19 se convierte en un ejemplo “perfecto”. En palabras del profesor Suárez Villegas (2021):

[…] el poder se ha encarnado en la comunicación y la comunicación ha tolerado al poder en una simbiosis recíproca. De este modo, la dialéctica entre los poderes constituidos y los “poderes de los ciudadanos”, reconocidos en sus derechos, dependen en gran medida de la labor de los medios de comunicación. (p. 6)

De poco sirvió -más aún, perjudicó (“infodemia”; López-Pujalte & Nuño-Moral, 2020)- el enorme acceso a la información que actualmente la sociedad internacional posee, si no hay un trabajo ético y especializado previo. La lección eterna es que la incertidumbre nunca desaparece, por lo que toca obligatoria y hábilmente gestionarla.

Existe una gran dificultad para reflexionar sobre estos asuntos en la sociedad del conocimiento del mundo globalizado, interactiva e inmediatista, apremiada por la rapidez con que se producen los cambios, que “exige respuestas rápidas y concisas a preguntas concretas e inmediatas, lo que obliga a dejar de lado las cuestiones que exigen una reflexión larga y, para muchos, tediosa” (Otero Parga & Ruiz Muñoz, 2016, p. 24), siendo éste el caótico escenario en que hoy se agita el sistema internacional de los derechos humanos, con especial énfasis sobre el concepto de dignidad humana. (Salas et al., 2019, p. 698)

En definitiva, si se quiere comprender la complejidad de los fenómenos sociopolíticos, culturales y económicos, es fundamental fomentar diálogos interdisciplinarios entre profesionales que sustenten la tarea eminentemente técnica de los periodistas. No es fácil, y precisamente esa es una de las claves que se debiera interiorizar fuera y dentro de las clases universitarias de periodismo y comunicación social. Hoy, más que nunca quizás, cuando se confunde con gran frecuencia aquello de ser ciudadano (Rodríguez et al., 2007) con ser gatekeeper (Loo et al., 2016), “[…] perfeccionar la selección y jerarquizar su valor social. Se ha vuelto imprescindible darles contexto a las noticias, definir a sus temas un foco propio del medio, aumentar el número de fuentes y su aporte a los hechos, etc.” (Puente et al., 2014, p. 191). No todos los ciudadanos, por muy comunicantes que puedan llegar a ser, tienen los conocimientos y las capacidades para ejercer de periodistas, si bien tampoco todos los que ejercen el periodismo -inclusive con el pertinente grado académico- poseen estas características.

Es tristemente habitual reconocer en titulares y cuerpos noticiosos una serie de estereotipos asociados a personas migrantes en función de su origen, separándolas de la ciudadanía e identificándolas como una otredad ajena: “al cubrir la información sobre la migración internacional, los textos periodísticos configuran discursos respecto a la misma: el discurso que (re)presenta a los inmigrantes, esto es, que caracteriza quiénes son ‘ellos’, inmigrantes, respecto a quiénes somos ‘nosotros’, ciudadanos” (Torre-Cantalapiedra, 2018, p. 202). La imagen del inmigrante viene de un prejuicio y deriva en el mismo, sirviéndose de un mecanismo de retroalimentación difícil de eliminar en el imaginario colectivo que deshumaniza y atenta, en primera instancia, contra su dignidad (Márquez-Domínguez et al., 2018). Esta presencia perenne en los medios de comunicación provoca una comprensión equivocada sobre la mayoría de las personas en el contexto de la migración (Spener, 2008; López-Talavera, 2012), especialmente en la medida en que suele orientarse la noticia hacia lo más ruidoso o sensacionalista para, luego, y aludiendo a razones de practicidad profesional o de competitividad empresarial, generalizar, lejos de toda contextualización sobre los actores y los procesos que hay detrás de cada hecho (Chomsky & Herman, 2001).

De esta forma es que se va disgregando una cultura fóbica, de segregación y de discriminación hacia el migrante, sobre todo si esa persona no tiene recursos económicos (Cortina, 2017): “la libertad de la pluma es el paladín de los derechos del pueblo” (Cortina, 2002, p. 51). La otra cara de una misma moneda es la predisposición a victimizar en demasía a las personas que son obviamente víctimas, complicando una comprensión desarrollada de la problemática en cuestión:

[…] un migrante-objeto, forzado por las dificultades y la falta de alternativas a la búsqueda de sueños, de justicia y mejoramiento económico fuera de su país […] se ve determinado por una precariedad originaria de sus condiciones de vida, matizado por la desesperación y el desorden, por el riesgo de un tránsito al margen de la legalidad. Se trata de un ente al margen de su propia voluntad, identificable como víctima-participante de la crisis. (Jara & Morales, 2021, p. 189)

Al final, como víctima tampoco es confiable, pues “se vulneran sus derechos, es agredido o excluido, en ocasiones es una persona desvalida y desesperada, que está dispuesta a todo por sobrevivir” (López-Talavera, 2012, p. 342). Como sea, según numerosos trabajos científicos (Dixon, 2000; Van Dijk, 2003; Goldberger, 2004; Checa, 2008), domina lo negativo en la representación mediática de los migrantes a través de una acentuación de aspectos marginales, violentos y peligrosos, a lo que se añade una invisibilidad e intrascendencia del discurso mediático sobre elementos positivos en la cotidianeidad del colectivo de inmigrantes que, obviamente, existen. Lo que subyace finalmente tras la idea de inmigración es que se trata de muchas personas que se integran poco y mal (sobre todo, los pobres) y que aumentan la delincuencia y repercuten en el desempleo de “nosotros, los ciudadanos” (Vázquez, 1999).

2. METODOLOGÍA

A partir de los objetivos señalados en la introducción, se plantea un método analítico y comparativo con un enfoque mixto, en tanto representan “un conjunto de procesos sistemáticos, empíricos y críticos de investigación e implican la recolección y el análisis de datos cuantitativos y cualitativos” (Fernández Collado et al., 2014, p. 534). La principal tarea fue “reunir los datos que van a emplearse para la inferencia y la interpretación, para la explicación y la predicción” (Munarriz, 1992, p. 104), con el fin de “analizar la constitución de las situaciones sociales […] observando cómo se desarrollan” (Flick, 2015, p. 124).

Así, junto con recopilar la producción documental (intelectual, académica, jurídica y política) y su consiguiente análisis, se extrajo toda la producción periodística sobre desplazamiento humano de El Comercio (Pichincha, Quito) y El Universo (Guayas, Guayaquil) para hacer un análisis del contenido a través de matrices propias que, con una serie de indicadores, dieran lugar a resultados cuantitativos y cualitativos (Figura 1 y Tabla 1). Ambos periódicos son la representación nacional del periodismo de referencia en Ecuador y los dos medios digitales (elcomercio.com y eluniverso.com) más leídos, según estimaciones de tráfico de Alexa.

Figura 1 Etapas de análisis 

Para esta última etapa, la delimitación temporal fue del 16 de marzo al 13 de septiembre del 2020, fechas del inicio y final de los diversos estados de excepción y cierre de fronteras:

  • 16 de marzo del 2020: primer estado de excepción por sesenta días.

  • 15 de mayo del 2020: ampliación por treinta días más.

  • 5 de junio del 2020: segundo estado de excepción por sesenta días.

  • 14 de agosto del 2020: ampliación por treinta días más.

  • 13 de septiembre del 2020: fin del estado de excepción.

No obstante, tras el 13 de septiembre, las fronteras permanecieron cerradas, aunque los centros fronterizos de atención para actividades de comercio exterior e ingreso de ciudadanos nacionales y extranjeros residentes se mantuvieron abiertos, con algunos requisitos. Durante este plazo de tiempo (182 días) se aplicaron los siguientes indicadores -que, igualmente, parten de las hipótesis planteadas- a la producción periodística extraída (52 elementos en El Comercio y 53 en El Universo):

  • Encuadre (Chihu Amparán, 2012; Borah, 2011): con opciones cerradas, el carácter valorativo de la información podía ser negativo, positivo y neutro.

  • Temas: con opciones abiertas, se quiere observar la posible predominancia y marginalidad de temas durante el periodo de análisis.

  • Sujetos: como el indicador anterior, las opciones estaban abiertas y consistió en señalar los sujetos protagónicos de la acción sociopolítica a fin de comprobar la presencia -y ausencia-, así como el señalamiento de unos actores sobre otros. Quienes protagonizan las noticias forman sustancialmente parte de la producción de sentido expuesto por los mass media a la sociedad civil.

  • Tipo de titular periodístico (Moreno-Gudiño & Márquez-Domínguez, 2018): con opciones cerradas, podía ser expresivo, apelativo, temático, informativo, declarativo, evocador o de acto de habla. La forma de titular tiene una función y, por ende, una intención del gatekeeper y un efecto en la opinión pública.

  • Género periodístico (Velásquez, 2011): con opciones cerradas, podía ser noticia, reportaje, crónica, informe, entrevista, breve, editorial, columna, crítica, carta a la dirección o fotorreportaje. El género es el modo en que se cubre y se presenta una realidad. Saber el género es conocer el continente del contenido y, en parte, el propósito implícito que este posee.

  • Tipo de firma periodística: con opciones cerradas, podía ser firma del periodista, medio, agencia, corresponsal o ausencia de firma. La firma es lo que otorga nombre, reputación y, por tanto, representa simbólicamente la calidad de un medio de comunicación.

  • Tipo de fuente periodística (se podía escoger una o dos opciones paralelas): con opciones cerradas, podía ser suplantación de la fuente, fuente personal, gabinete de comunicación, otro medio, agencia, fuente anónima, fuente confidencial, rumor, filtración, fuente documental, fuente audiovisual y/o fuente oficial. Las fuentes de la información constituyen la fundamentación de un periodismo de calidad y honesto. El modo como los medios presentan a sus fuentes tiene un alto impacto sobre la actitud de la sociedad hacia ellas. Su presencia es o debería ser básica, múltiple y diversa; su ausencia dinamita toda veracidad.

  • Inclusión de género: con opciones cerradas, se podía elegir entre “sí” o “no”, en tanto, frente a la generalización y estigmatización, existiera -o no- una diferenciación en el discurso periodístico que permitiese a la audiencia y/o sociedad saber de las dificultades que, especialmente, tienen las mujeres migrantes.

  • Presencia o ausencia de contextualización, de los derechos humanos, de elementos transmedia, de fotografías, de datos estadísticos y de infografías: seis indicadores con opciones cerradas en los que se podía elegir entre “sí” o “no”.

Tabla 1  Matriz de indicadores de análisis para cada nota periodística 

3. RESULTADOS

Durante seis meses, en un contexto de estado de excepción y confinamiento, los diarios El Comercio y El Universo publicaron, en sus páginas webs oficiales, 52 y 53 productos periodísticos, respectivamente, sobre migración y movilidad humana.

En lo que tiene que ver con el encuadre o framing (Figura 2), y como ocurrirá en general con la totalidad de los resultados en uno y otro medio periodístico, se percibe una notable homogeneidad entre los elementos analizados en El Comercio y en El Universo. Apenas hay diferencias, de lo que se puede inferir una cobertura y consiguiente tratamiento análogos sobre asuntos relacionados con migración y movilidad humana.

Figura 2 Resultados de los encuadres de El Comercio y El Universo  

Resalta el exiguo espacio atribuido a “positivo” (poco más de un 7 %) cuando se representa la migración en estos medios de comunicación de referencia en Ecuador. Como denuncia la Organización Internacional de las Migraciones (OIM, 2018):

Los datos empíricos muestran que la cobertura mediática de la migración ha adoptado un tono más negativo que positivo, especialmente en el caso de la migración irregular. No obstante, cabe señalar que […] los periodistas tienden a hacer hincapié en los problemas en la mayoría de ámbitos. Del mismo modo, hay excepciones a la tendencia de difundir “malas noticias”, y se observa una ligera inclinación hacia una cobertura más positiva -o al menos más neutral- de la migración en varios países de destino y de origen. (p. 193)

En nuestra investigación, el encuadre negativo supuso menos de la mitad de los elementos noticiosos con valor neutro, por lo que se deduce una cobertura de la migración alejada de la exaltación -sobre todo, negativa- que las suposiciones indicaban.

Sobre los indicadores en torno a los sujetos y temáticas más usuales (Figura 3), sobresale en ambos medios, aunque con diferentes valores proporcionales, los asuntos del “retorno de los migrantes venezolanos”, de una “frontera bloqueada” por los estados de excepción promulgados por el Ejecutivo y de la “visa humanitaria”. Todas estas cuestiones son obviamente afines entre sí y llevan a entender que las narrativas periodísticas desde las redacciones de Quito y Guayaquil cabalgaban sobre un mismo fenómeno: el de la inmigración venezolana y el denominado “corredor humanitario” que, mucho antes de la pandemia por COVID-19, ya se hallaba en los discursos mediáticos ecuatorianos (Gómez-Calderón et al., 2018).

Figura 3 Temas y sujetos más repetidos en El Comercio y El Universo  

De ahí la predominancia de los “migrantes venezolanos” como sujetos protagónicos en la producción informativa de ambos medios durante la crisis sanitaria del 2020.

Finalmente, los actores más significativos son las “autoridades” ecuatorianas y muy en segundo plano el Gobierno y las fuerzas de seguridad nacional. De este modo, se descubre que, además de una preocupación pública por la comunidad de inmigrantes venezolanos, hay un claro señalamiento a estas figuras “del orden” ante el caos y la incertidumbre. La producción de sentido propuesto por estos medios a la ciudadanía ecuatoriana gira en torno a una fijación por un colectivo concreto -que hace desaparecer a otro (los migrantes colombianos)- y por un actor superior del “hacer” sociopolítico que vira hacia la idea de orden y seguridad.

Por otra parte, los titulares, como esa entrada al escaparate de la información que entrega una visión concisa y precisa de los hechos (Johnson & Harris, 1973), distinta a ese acercamiento de los títulos de libros, manuales y revistas (Gaillard, 1972), descubre, con cierto sentido de independencia, sin perder la base unitaria conforme al contenido y “de manera más o menos velada, los valores que defiende, la ideología que respalda y la configuración sistemática de carácter hemerográfico o tipográfico que emplea el periodista” (Sánchez, 1990, p. 6).

Figura 4 Titulares usuales en El Comercio y El Universo  

En la Figura 4 se observa que, en ambos sujetos de estudio, hay una supremacía de los titulares informativos y temáticos, posiblemente influenciada por los géneros periodísticos escogidos y el intencional encuadre a la hora de presentar los hechos sobre migración en tiempos de pandemia y estados de excepción, aunque también debido a ese frecuente carácter utilitarista de los medios digitales y de las redes sociales que se traduce en títulos claros, sencillos y concisos, de estructura gramatical simple. En un segundo lugar se encuentran los titulares de carácter expresivo, declarativo y apelativo que personalizan esa viralidad y ese compromiso o engagement -tan pretendidos por las empresas informativas-, con la mención de actores, el encuadre de temáticas y, a veces, el uso de oraciones interrogativas que llamen a la audiencia a una participación más activa.

Se demuestra, como ya he señalado, que el periodismo profesional no es un oficio simple ni fácil; por el contrario, nada se deja al azar y toda selección debe justificarse. En el caso de los géneros periodísticos, mucho menos, pues representan el dominio de la revalorización del contenido en los distintos escenarios de la mecánica noticiosa. Normal es, por lo tanto, que esta variable de análisis influya en otras: tipo de titular, encuadres, tipo de firma, uso de fuentes, así como cabida para la contextualización y los datos estadísticos. Y viceversa: los temas, las coyunturas sociopolíticas y la disponibilidad de recursos -muy limitada en un inicio- son esenciales al momento de definir qué género emplear a fin de cubrir las necesidades de la audiencia.

Figura 5 Géneros periodísticos más usuales en El Comercio y El Universo  

En la Figura 5, siguiendo a un efectivo encadenamiento con los resultados referentes a los titulares, se advierte rápidamente el poder del género por excelencia del periodismo para presentar la realidad: la noticia. Muy distanciados, el reportaje, su “hermana” la entrevista, y como géneros de opinión, la columna, el editorial y la carta al director. Como consecuencia, hay una evidente preeminencia del periodismo “informativo” (del 75 % en El Comercio y del 94 % en El Universo) sobre el “de investigación e interpretación” y “de opinión” cuando se cubre la migración en Ecuador.

Con respecto a la firma periodística, esta se constituye no solo como un “elemento generador de confianza, veracidad y credibilidad respecto a la información que la audiencia consume, sino también como un indicio de responsabilidad directa de uno o varios miembros de la plantilla periodística” (Márquez-Domínguez et al., 2019, p. 671). De este modo, establece el grado de calidad informativa de un medio de comunicación. Por primera vez, con el indicador de las firmas, se ve una gran diferencia entre los dos diarios (Figura 6): durante los seis meses de análisis y exclusivamente con notas referidas a la migración y movilidad humana, en El Comercio, la autoría de los textos corresponde a cada periodista encargado de cubrir el hecho y tratar la información (con el 55,77 %), seguido de las agencias de noticias (30,77 %), el propio medio de comunicación (7,69 %) y los corresponsales (5,77 %); en El Universo, en cambio, la distribución de firmas es más sencilla, con el 92,45 % del propio medio y únicamente una firma de un periodista y tres de agencias.

Figura 6 Firmas periodísticas más repetidas en El Comercio y El Universo  

Es importante mencionar que todos los elementos analizados tuvieron firma, a pesar de que, en el caso de El Universo, hay una descomedida utilización de la firma colectiva que puede entenderse como una construcción colaborativa del conocimiento, un “asunto indisolublemente ligado con la calidad de nuestras democracias actuales” (Rizo, 2015, p. 245), o como un trabajo despersonalizado, meramente empresarial, casi de anonimato: al respecto, “Hay que salir siempre del anonimato y dar la cara. Eso es periodismo” (Barbáchano, 2017, p. 1). Además, la firma es una práctica sujeta a los códigos internos de los medios y, en el caso de Ecuador, forma incluso parte de la legislación: la Ley Orgánica de Comunicación señala el deber de “asumir la responsabilidad de la información y las opiniones que difundan” (Asamblea Nacional del Ecuador, 2013, p. 25).

Con las fuentes informativas (Figura 7), se retoma la senda de la semejanza en la comparación entre periódicos digitales: durante la cobertura sobre migración entre los meses de marzo y septiembre del 2020, la gran mayoría de fuentes son oficiales, seguidas de personales y documentales. Aunque mínima y casi residual, destaca la presencia de alguna nota periodística con fuentes anónimas y confidenciales.

Figura 7 Fuentes periodísticas más utilizadas en El Comercio y El Universo  

Se desprende una dependencia muy alta de la voz oficial cuando se trata de asuntos de procesos migratorios y, por ende, una debilidad importante en el ejercicio del periodismo: ¿pocos recursos de estas empresas o poca apuesta por financiar la investigación? Con estos resultados, sorprende menos la escasa presencia de géneros de investigación e interpretación lo que, a su vez, impide la presencia de infografías (ninguna en todos los elementos analizados en El Universo), de elementos transmedia, de datos estadísticos y de una eficiente contextualización de los hechos. O quizás fue un proceso contrario: al no tener intención o recursos para presentar estas características, se optó por una noticia escueta.

Figura 8 Panel de resultados de El Comercio y El Universo  

Por último, la hipótesis se verifica ante la rotunda ausencia de un enfoque de derechos humanos en la cobertura sobre migración y movilidad humana: de todas las notas examinadas, solo el 19 % en El Comercio y el 23 % en El Universo mostraron, en menor o mayor medida, una intención de atender esos derechos universales. Lo mismo con la inclusión de género: tres de cada diez notas en El Comercio y dos en El Universo tuvieron este ingrediente de respeto al extra de dureza que viven las mujeres migrantes.

4. DISCUSIÓN Y CONCLUSIONES

El enfoque de derechos apunta a ayudar a los grupos en situación de vulnerabilidad o exclusión social, como los inmigrantes venezolanos y colombianos en Ecuador. Los medios de comunicación, adoptando un enfoque educativo y de no discriminación, favorecen la consecución efectiva de derechos. Cualquier persona, organismo o empresa que practique el periodismo tiene que tener presente los marcos jurídicos que aseguran los derechos humanos y que, por tanto, amparan a las personas en procesos migratorios: desde las cartas magnas y leyes nacionales, hasta los convenios, acuerdos y pactos internacionales.

Además, se precisa un periodismo de investigación e interpretación honesto, que no caiga en el sensacionalismo rancio, como tampoco en la frialdad y alejamiento de la realidad y de las personas que sufren. Se requiere también una diversidad y amplitud de miras a la hora de elegir los géneros periodísticos para poder transmitir la violación de derechos humanos, por ejemplo, en los procesos migratorios de colombianos y venezolanos durante los estados de excepción de un país como Ecuador. No siempre la noticia es la mejor opción: un perfil, una entrevista o un reportaje, si bien son géneros cercanos a la literatura, con técnicas de la ficción, pueden servir más a la ciudadanía y a la convivencia cívica. Incluso se puede recurrir a una hibridación de géneros periodísticos, tal y como lo permite hoy la convergencia de medios, especialmente en la prensa digital, gracias a la hipertextualidad, la multimedialidad y la interactividad (Muñiz & Fonseca, 2017).

Al tiempo que se hace un periodismo “más humano”, es primordial que se expongan estadísticas y cifras de forma eficiente a través de infografías, con fuentes actualizadas y confiables (aquí sí, oficiales), para poder comparar, verificar y contrastar y no “copiar y pegar”. Y es que la ausencia de una estrategia mediática sobre la cobertura de hechos noticiosos relacionados con el mayor flujo migratorio por el norte de Ecuador está generando contenidos desestructurados en distintas secciones de los diarios y programas audiovisuales. Hay que reflexionar sobre si los periodistas y las empresas informativas hacen todo lo posible para destruir la imagen negativa, conflictiva y estereotipada de la inmigración o si, por el contrario, la refuerzan. Por ello, se requiere de periodistas especializados en temas de inmigración que deseen y sepan trabajar con fuentes indicadas, y no solo con las oficiales: las propias personas privadas de libertad, sus familiares, expertos, académicos, representantes de la sociedad civil, movimientos sociales, grupos de ayuda y juristas.

Por otro lado, cuando se escribe sobre migración en un medio, debe definitivamente evitarse cualquier término que estigmatice a un colectivo y condene lo diferente: dejar de lado la xenofobia, el racismo, el machismo, la transfobia, la homofobia, la aporofobia, etc. Aunque admitiendo la excepcionalidad de la coyuntura (la crisis sanitaria y los continuos estados de excepción), en nuestro análisis percibimos en varios momentos un discurso de conflicto y alarma en ambos medios y pocos textos empáticos y solidarios.

No puede ni debe desestimarse la influencia que el referido discurso tiene en la construcción de una sociedad de paz en la que tenga cabida la participación de los diversos grupos que interactúan en las fronteras del Ecuador -incluidos, por supuesto, los migrantes- para el desarrollo del proceso de transformación social impulsado por la Constitución de 2008, cuyo fin es lograr un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, plurinacional e intercultural (artículo 1).

En su preámbulo, la Norma Fundamental ecuatoriana expresa la decisión de los ecuatorianos de construir una “sociedad que respeta, en todas sus dimensiones, la dignidad de las personas y las colectividades […]. Un país democrático, comprometido con la integración latinoamericana -sueño de Bolívar y Alfaro-, la paz y la solidaridad con todos los pueblos de la tierra” (Asamblea Nacional del Ecuador, 2008). Palabras que cobran especial sentido ante una pandemia que ha ocasionado una gran oleada de dolor y sufrimiento.

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Recibido: 11 de Octubre de 2021; Aprobado: 21 de Marzo de 2022

* Máster en Relaciones Internacionales por la Universidad Pablo de Olavide, España (véase: https://orcid. org/0000-0002-3939-9608).

** Doctora en Derecho Administrativo, Financiero y Procesal por la Universidad de Salamanca, España (véase: https://orcid.org/0000-0001-8084-6492).

*** Licenciada en Comunicación por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Ecuador (véase: https://orcid.org/0000-0001-7360-5826).

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