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Revista de Investigaciones Altoandinas

versão On-line ISSN 2313-2957

Rev. investig. Altoandin. vol.19 no.1 Puno ene./mar. 2017

http://dx.doi.org/10.18271/ria.2016.259 

REPORTE DE CASO

Libertad de cátedra: Percepción actual de la docencia universitaria

Academic freedom: Current perception of university teaching

 

Indira Iracema Gómez Arteta¹

1 Escuela Profesional de Educación de la Universidad Nacional del Altiplano -  Puno, Perú. Correspondencia autor, E-mail: indigoar1@hotmail.com

 


RESUMEN

La investigación se orientó a interpretar la percepción que los docentes de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano- Puno, en el año 2015, tienen acerca de la libertad de cátedra, identificando las facultades que otorga y los límites que restringen su ejercicio. La investigación es de tipo cualitativo y su diseño es fenomenológico, para comprender las percepciones de los docentes, quienes constituyen la población de análisis, de la cual se seleccionó una muestra intencional de 9 docentes, con 11 a 30 años de permanencia en la institución. Los ejes de análisis son la percepción de las facultades que otorga y los límites que restringen la libertad de cátedra, centrándose en los conocimientos y los comportamientos que asumen los docentes en cada caso. Los datos fueron recogidos utilizando la técnica de la entrevista en profundidad y la guía de entrevista en profundidad, como instrumento. Los resultados muestran que la libertad de cátedra, en la percepción de los docentes, es un derecho y un deber que sirve al docente y al estudiante, considerada como la libertad de introducir conceptos y temas necesarios para contextualizar la planificación y ejecución curricular, fomentando el libre desenvolvimiento laboral del docente, con respeto al marco legal. Las facultades que otorga son la libertad de pensamiento, de opinión y de actuación. Los límites que la restringen son las normas, presión política, avance científico y la opinión de la gente.

PALABRAS CLAVE: libertad de cátedra, percepción, facultades, límites.

 


ABSTRACT

The research was oriented to interpret the perception that the teachers of the Faculty of Education Sciences of the Universidad Nacional del Altiplano - Puno in 2015 have about the freedom of teaching, identifying the faculties it grants and the limits that restrict their exercise. The research is qualitative and its design is phenomenological, to understand the perceptions of teachers, who constitute the population of analysis, from which an intentional sample of 9 teachers was selected, with 11 to 30 years of permanence in the institution. The axes of analysis are the perception of the faculties it grants and the limits that restrict the freedom of teaching, focusing on the knowledge and behaviors assumed by the teachers in each case. Data were collected using the in-depth interview technique and the in-depth interview guide as an instrument. The results show that the freedom of teaching, in the perception of teachers, is a right and a duty that serves the teacher and the student, considered as the freedom to introduce concepts and themes necessary to contextualize curricular planning and execution, promoting the free work development of the teacher, with respect to the legal framework. The powers it grants are freedom of thought, opinion and action. The limits that restrict it are the norms, political pressure, scientific advance and the opinion of the people.

KEYWORDS: freedom of teaching, perception, faculties, limits.

 


INTRODUCCIÓN

La formación universitaria debe orientarse al logro de metas y desafíos. "El primer gran desafío que tiene la universidad es la dificultad para cerrar la brecha, cada vez más amplia, entre la oferta y la demanda de profesionales en el mercado de trabajo […] El segundo gran desafío es el de la investigación y el desarrollo de la ciencia y tecnología […] El tercer gran desafío de la universidad es el alarmante déficit de lo que podríamos llamar la educación moral […]" (Germaná & Aljovín, 2002, pp. 70-72). Teniendo en cuenta estos retos, el docente universitario tiene que contextualizar su libertad de cátedra, de tal modo que se convierta en una ayuda que le permita permanecer en el sistema y colaborar a lograr los objetivos institucionales. Así mismo, la medición de la calidad académica de las universidades hace concebir de manera más responsable a la libertad de cátedra, obligando al docente a cumplir sus labores de enseñanza, investigación y responsabilidad social oriento al logro de estándares de calidad dentro de un régimen de autonomía universitaria, cuyo "fundamento reside en la libertad de cátedra y la libertad de estudio" (Miñana, 2011, pág. 78) permitiendo a la universidad cumplir "la misión específica de producir conocimientos para la sociedad (y para la humanidad) y preparar a ciertos individuos para prestar un servicio a la sociedad" (Fuenmayor, 2008, pág. 128). En consecuencia, "en una universidad en que no hay investigación, cultivo del saber y transmisión de conocimiento no hay uso para la libertad académica" (Bernasconi, 2014, pág. 38), considerando que "son las libertades de investigación, la de cátedra y la de enseñanza las que conforman el pilar central del edificio universitario, las que le dan su razón de ser" (Martínez & Sosa, 2006). "En cualquier caso, la libertad de cátedra, contextualizada en la libertad académica, conforma la base de la autonomía universitaria. Y es que existe una clara vinculación entre la autonomía universitaria y la libertad de cátedra" (Álvarez, 2010, pág. 71)

Se considera a la libertad de cátedra desde dos enfoques: el maximalista y el limitativo. El enfoque maximalista se introduce dado que "el poder utilizaba en su momento los programas como medio para imponer la ideología, dejando al profesor como un mero transmisor de la misma, entonces se concibió como respuesta a esta situación la libertad de cátedra considerándola como una libertad casi total del profesor: respecto a programas, contenidos y metodología (Paule & Cernuda, 2009, pág. 25). El enfoque limitativo sostiene que "la libertad de cátedra no es un paraguas para cualquier tipo de actuación de un profesor; tiene un ámbito limitado (aunque dichos límites sean difusos) y el ejercicio de la docencia está sujeto, en ciertos aspectos, a elementos organizativos o meramente laborales" (Paule & Cernuda, 2009, p. 28). Es decir, la libertad de cátedra debe ejercerse con algunas limitaciones, las cuales pueden ser: programas y planes de las asignaturas, contenidos, ideología, metodología, organización, calidad docente, respeto a las convenciones morales, entre otras.

Con el propósito de ubicar y comprender mejor la libertad de cátedra, en la investigación se explican contextualmente tres períodos de la universidad peruana, teniendo en cuenta que dichos periodos son los que coinciden con la creación y funcionamiento de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno:

- "En los años 1980, América Latina inició un proceso de modernización que, en una primera etapa, se centró en la esfera política y consistió en la recuperación de los regímenes democráticos de gobierno (Tiramonti, 2001). En un segundo momento, el cambio estuvo orientado a modificar el modelo de desarrollo imperante y a iniciar un proceso de reestructuración de la economía tendiente a incorporar a la región al flujo del intercambio mundial de bienes y servicios" (Martinetto, 2008, p. 500).

- "Desde 1990, vive cambios profundos signados por el fenómeno de la globalización cuya esencia no es solamente económica, sino que se reproduce en todo el sistema político social y, por ende, repercute en todas las instituciones generadoras de conciencia social [...] La relación Estado-Sociedad y Estado-Universidad se deterioran más, día a día. La reforma universitaria basada en el Grito de Córdoba que con nostalgia se recuerda, no quedó más que en eso, en el recuerdo. Los fundamentos legales de la universidad, que todavía se basan en la ley 23733 del año 1983, han sido desnaturalizados radicalmente por el Estado [...] En este contexto se forma la Comisión Nacional para el Funcionamiento de Universidades (CONAFU), para favorecer la creación intensiva de universidades particulares y la desaparición de la gratuidad de la enseñanza" (Góngora, 2014, p. 43).

- "En los albores del siglo XXI observamos modificaciones que se dan en las relaciones entre la universidad y la sociedad y al interior del propio claustro[…] Las universidades han comenzado un proceso de diversificación orientadas hacia la flexibilización de sus estructuras de docencia (profesores de tiempo parcial, ofertas flexibles de horarios, cursos nocturnos o sabatinos, creditización del currículo), la regionalización de sus ofertas (ofertas de post grado, ofertas de estudios no universitarios y ofertas de educación continua no creditizadas) […] Ello ha permitido la expansión de estas nuevas modalidades docentes como mecanismo de compensación salarial y/o de mayores exigencias laborales sobre su cuerpo docente" (Rama, 2008, p. 48).

En el transcurso de estas tres décadas, la concepción de los derechos académicos ha variado, la libertad de cátedra y su aplicación se ha modificado, por lo que es necesario interpretar las actuales percepciones de los docentes universitarios acerca de este tan controversial derecho.

Se concibe a las percepciones como representaciones sociales, cuyos significados "trascienden la esfera de las simples opiniones, imágenes y actitudes. Se trata de sistemas cognitivos que poseen una lógica y un lenguaje particulares […] de teorías, de ciencias sui géneris, destinadas a descubrir la realidad y ordenarla. Su función proviene de que son compartidas a nivel de una misma comunidad, por lo que se refiere a las representaciones colectivas" (Moscovici, 1984, p. 496).

Analizar la libertad de cátedra se muestra como una necesidad en nuestro país, ya que este derecho está considerado en la Constitución Política del Perú (Art. 18), en la Ley Universitaria (Art.5, Art.88 y Art.123) y en los estatutos de las diferentes Universidades del país; sin embargo, ninguno de estos dispositivos legales especifica cuáles son las facultades que otorga ni los límites que debe restringir su ejercicio, razón por la cual los docentes la aplican de acuerdo a sus conveniencias, muchas veces en forma irracional, o simplemente no la aplican. Esta situación ha traído consecuencias negativas en el ejercicio de la labor docente, generando situaciones no compartidas que en algunos casos han llegado a la vía judicial y hasta el Tribunal Constitucional, que ha sido en ente que más ha tratado este aspecto.

Así, una investigación previa, realizada en el Perú sobre el tema, afirma que "eexiste una confusión bastante generalizada en el ambiente universitario entre los conceptos de libertad de enseñanza, autonomía universitaria y libertad de cátedra [...] En el país se ha abusado de estas libertades más por desconocimiento, creyéndose que la libertad es absoluta y lo permite 'todo', perjudicándose a los estudiantes con estrategias docentes inadecuadas, de corte tradicional" (León, 1990, pág. 79). Por ello es importante interpretar las percepciones de los docentes sobre el tema considerando que "los sujetos activos de este derecho son los profesionales de la enseñanza, sea cual sea su nivel de docencia y sean o no miembros del profesorado público" (Madrid, 2013, p. 356).

Por ello, la investigación ha tenido como objetivo general: interpretar las percepciones que los docentes de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano tienen acerca de la libertad de cátedra.

MATERIALES Y MÉTODOS

La investigación, por la naturaleza de la información, pertenece al tipo CUALITATIVO, ya que busca encontrar la percepción de los docentes, considerando sus conocimientos y actitudes en relación a la libertad de cátedra, incorporando la voz de los participantes.

El diseño de investigación es el FENOMENOLÓGICO porque describe el significado de las experiencias vividas por un grupo de personas acerca de un concepto o fenómeno.

Los ejes de análisis que guiaron la investigación fueron: la percepción de las facultades que otorga la libertad de cátedra y la percepción de los límites que restringen su ejercicio.

La población estuvo constituida por los docentes de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno.

La muestra fue de tipo intencional, seleccionada bajo el criterio de permanencia de once a treinta años en la Facultad de Ciencias de la Educación y considerando su mayor vinculación con los principios de la reforma universitaria. Este criterio se justifica en la necesidad de analizar cómo ha cambiado la percepción (conocimientos y actitudes) de los docentes sobre la libertad de cátedra en las décadas de 1980, 1990 y 2010. Dicha muestra la constituyeron 9 docentes.

Para la recolección de datos se utilizó la entrevista en profundidad, que constó de reiterados encuentros cara a cara entre la investigadora y los informantes, encuentros éstos dirigidos hacia la comprensión de sus percepciones, tal como las expresan con sus propias palabras. Así mismo se utilizó la guía de entrevista en profundidad, como instrumento, en la cual se consignaron preguntas abiertas referidas a los dos ejes de análisis: conocimientos y actitudes acerca de las facultades que otorga la libertad de cátedra; y conocimientos y actitudes que restringen su ejercicio.

Para analizar la información obtenida se realizó el procedimiento de categorización de los datos, considerando como categorías las facultades y límites en el ejercicio de la libertad de cátedra y como subcategorías los conocimientos y actitudes de los docentes en cada aspecto. Estas categorías se relacionaron directamente a los ejes que guiaron la formulación de los objetivos de investigación.

RESULTADOS

Percepciones de las facultades que otorga la libertad de cátedra

1.1.    Conocimientos sobre la libertad de cátedra

1.1.1. La libertad de cátedra en las tres últimas décadas

La percepción de la libertad de cátedra ha variado en las tres últimas décadas. En la década del 80, la libertad de cátedra, aunque estuvo considerada en las normas legales de nuestro país fue mal interpretada y se confundió con libertinaje. En este período la libertad de cátedra asumió un enfoque maximalista en su práctica, puesto que lejos de buscar la calidad en el desarrollo del conocimiento y la investigación, se optó por la primacía de la transmisión de una ideología social de cambio. Era una libertad absoluta de organizar el curso, respondiendo a criterios políticos que servían como correas de transmisión de una ideología.

A comienzos de la década del 90 subsistieron algunas prácticas abusivas de la libertad de cátedra y no sólo de parte de los docentes, sino también de los estudiantes, que utilizaron la libertad de cátedra para, por ejemplo, tachar a docentes académicos. Sin embargo la organización y el trabajo curricular le dieron una mejor alineación a la libertad de cátedra.

En la primera década del dos mil existe mayor libertad de pensamiento y opinión, el trabajo curricular es más ordenado y responde al mercado ocupacional, lo cual permite una organización académica de los cursos, convirtiéndose la libertad de cátedra en algo positivo que permite abordar temas como: valores y actitudes.

1.1.2. Definición de libertad de cátedra

La libertad de cátedra, como se muestra en la Figura 1 es la libertad de introducir conceptos y temas necesarios para contextualizar, según la problemática del entorno y la concepción del mundo, la planificación y ejecución curricular, fomentando el libre desenvolvimiento laboral del docente, con respeto al marco legal. "Es la libertad de pensamiento, en la cual se respeten las discrepancias" (Informante 4). Es la libertad de decidir el uso de estrategias; dosificar contenidos e incluir temas, teorías y concepciones diversas, elegir el sistema de evaluación, poniendo en práctica una posición teórica-científica clara: "la libertad de cátedra es la puesta en práctica de la posición teórico-científica del docente universitario" (Informante 6).

1.2. Comportamientos en el ejercicio de las facultades que otorga la libertad de cátedra

Según la percepción de los docentes, las facultades otorgadas al docente universitario a través del ejercicio de la libertad de cátedra no han variado, teóricamente, con el transcurrir del tiempo y están divididas en tres grandes grupos: libertad de pensamiento, libertad de opinión y libertad de actuación (Figura 2). La libertad de pensamiento le permite al docente adoptar ideas y teorías pertinentes y novedosas, que se relacionen con su concepción del mundo y que sean producto de su labor investigativa. "La libertad de cátedra permite optar por paradigmas novedosos en todos los cursos; para eso se necesita permanente preparación e investigación por parte del profesor" (Informante 7).

Las opiniones de los docentes, adicionalmente, conllevan a realizar las siguientes inferencias:

La libertad de opinión le da al docente la  posibilidad de orientar al estudiante hacia la construcción de una visión nacional de vida, con práctica de valores, contrastando la teoría con la realidad, buscando desarrollar sus planteamientos con base filosófica y epistemológica; para ello, el profesor universitario elige decir algo diferente, libremente y  sin temor, pues esas opiniones se desprenden de un conocimiento amplio sobre el tema, producto de la autoexigencia que se hace el docente para demostrar su calidad personal y profesional.

La libertad de actuación, permite al docente participar en la elaboración de la estructura curricular; adecuar, organizar, investigar para incrementar y contextualizar los contenidos temáticos; y utilizar diversas estrategias y recursos en el desarrollo de sus asignaturas.

La libertad de cátedra, en líneas generales, no sólo es un derecho; sino, es un deber que le exige al docente universitario mayor preparación y permanente actualización en relación al conocimiento científico y tecnológico. Así mismo, esta libertad le permite al estudiante exigir esa preparación y demostración de calidad a sus docentes.

2. Percepciones de los límites que restringen el ejercicio de la libertad de cátedra

2.1 conocimientos sobre los límites de la libertad de cátedra

El profesor puede desarrollar su labor docente de acuerdo con sus conocimientos y con la metodología que considere más acorde para llegar a la verdad científica de la materia, pero sujeto a una serie de limitaciones (Figura 3).

Para los entrevistados, uno de los límites de la libertad de cátedra lo constituyen las leyes, normas y estructuras curriculares, ya que éstas exigen un respeto irrestricto, pues responden a la política educativa del país, que actualmente ha convertido al conocimiento en una mercancía, y a la política de la universidad; siendo, en algunos casos, muy encasilladoras; así un informante afirma que "hay que comprender a la sociedad como un sistema, en el cual existe un ente, que es el Estado, que determina las políticas a nivel de la sociedad,  y ahora, por ejemplo, ha determinado la política del libre  mercado, donde todo se convierte en mercancía, entonces el conocimiento es comerciable, … eso nos indica que la libertad de cátedra está muy limitada porque es parte de la política educativa del Estado" (Informante 7).  Otro límite de la libertad de cátedra lo constituye la actuación del grupo político que gobierna la universidad y cada facultad, que intenta hacer prevalecer sus ideas y propuestas; restringiendo, muchas veces, el libre actuar de los demás docentes universitarios, usando la coacción al generar en estos últimos el temor a las represalias, expresando uno de los informante que "existe algún temor a las represalias … por desconocimiento de que la Universidad es el lugar en el cual debe de ejercitarse esta libertad de pensamiento y acción y no pues sufrir una situación de persecución o limitación" (Informante 4).

Los parámetros de la ciencia, son otro límite a la libertad de cátedra, pues le exigen al docente universitario realizar sus acciones de acuerdo a los avances de la ciencia y la tecnología educativa, respetando las diversas posturas y tendencias científicas para brindarle una visión amplia y actualizada al estudiante; esta afirmación se desprende de lo expuesto por otro entrevistado quien indica que "no puedes decir lo que te imaginas respecto de tu materia, tienes que decir aquello que tiene fundamentos científicos…" (Informante 6).

Otros informantes, afirman que la opinión común de la gente es otro límite de la libertad de cátedra; que, en ciertas ocasiones, restringe la libre opinión de los docentes universitarios, por no herir susceptibilidades.

2.2 comportamientos restringidos por los límites de la libertad de cátedra

De modo general, los docentes de la Facultad de Ciencias de la Educación, perciben que la libertad de cátedra se debe ejercer sin restricción; pero con responsabilidad, racionalidad y respeto a las normas. Sin embargo, perciben también que en el trascurso de los últimos años, este derecho ha sido restringido en varios aspectos (Figura 4).

Así, los docentes perciben que la formación política de los estudiantes, que era una pseudo-formación orientada hacia una rebeldía general y deseos de frenar varios comportamientos de sus maestros solo por responder a intereses personales o de grupos pequeños, sobre todo en la década del 80 y comienzos de la década del 90, ha tratado de restringir la iniciativa de los docentes en la inclusión de nuevas estrategias y contenidos que consideraban pertinentes en la formación profesional. Adicionalmente, un informante afirma que la libertad de los docentes de expresar sus pensamientos en las reuniones de trabajo y, a veces, en las sesiones de aprendizaje, por ejemplo, se ha restringido porque "la presión social… hace que uno incluso no manifieste todo lo que uno pueda decir… la sociedad me puede mirar mal" (Informante 9). Los entrevistados, también afirman que el sistema universitario, dándole mayor importancia a la formación técnica del futuro profesional, ha circunscrito la labor del docente a este espacio, obligándolo a prescindir de la formación humanística, que es sumamente importante. Así mismo, el excesivo control administrativo, que verifica a cada instante la presencia del docente en las aulas universitarias, lo ha limitado en la realización de acciones de campo. Finalmente, indican que la falta de planificación y de presupuesto en la Universidad, han restringido las posibilidad de actualizaciones para los docentes y la ejecución de eventos destinados a difundir el conocimiento.

DISCUSIÓN

Los resultados obtenidos en la investigación muestran que en las tres últimas décadas la concepción de los docentes de la Universidad Nacional del Altiplano, acerca de la libertad de cátedra ha sufrido modificaciones. Así en la década de 1980 se ejerció la libertad de cátedra dentro de un enfoque maximalista; mientras que a partir de 1990 se comenzó a usar el enfoque limitativo, consolidándose este último en la primera década del 2000. Actualmente, según la percepción de los docentes, la libertad de cátedra es un derecho que les otorga libertades de pensamiento, opinión y actuación dentro de sus labores académicas; pero sujetas a una serie de limitaciones normativas, políticas, sociales e ideológicas; esta concepción definitivamente es limitativa. Este resultado aclara la visión del antecedente directo considerado, ya que este afirmaba que "los profesores, estudiantes y autoridades universitarias, cuando son preguntados respecto a la libertad de cátedra tienen unas nociones aparentemente claras, que se podrían sintetizar en 'aquella potestad del profesor para tener libertad de opinión respecto a los contenidos de su curso'. Hasta aquí todo bien. Pero, inmediatamente después, si uno pretende averiguar un poco más acerca de las evidencias que de este concepto se tiene, encuentra una serie de distorsiones que, en la praxis de la vida universitaria encuentran lamentablemente su asidero" (León, 1990). Por tanto el aporte fundamental de la investigación radica en la presentación de una idea clara pero limitativa que los docentes tienen acerca de la libertad de cátedra.

Entender la libertad de cátedra como un derecho y un deber que le sirve tanto al docente como al estudiante es una idea amplia que obliga a la organización universitaria a tomar medidas orientadas a la calidad de la enseñanza y del aprendizaje en la universidad.  Adicionalmente, concebirla como la libertad de introducir conceptos y temas necesarios para contextualizar, según la problemática del entorno y la concepción del mundo,  la planificación y ejecución curricular, fomentando el libre desenvolvimiento laboral del docente, con respeto al marco legal, coincide, de manera genérica, con la idea de concebirla como "el derecho a ejercer la docencia, en el ámbito de la Educación Superior, con absoluta libertad, es decir, es la libertad de enseñar y debatir sin verse limitado por doctrinas instituidas" (UNESCO, 1997).

Así mismo, considerar que la libertad de cátedra otorga tres facultades: la libertad de opinión, pensamiento y actuación, resulta ser una concepción restrictiva, ya que se enmarca solo dentro de los derechos individuales generados en su ejercicio, dejando de lado otros aspectos importantes. Esta última afirmación se entiende al considerar que la libertad de cátedra comprende los siguientes aspectos: "(A) derechos individuales de gran alcance a las libertades expresivas para los miembros de la comunidad académica (tanto personal como estudiantes),[…] incluyendo la libertad de estudio, la libertad de enseñar, la libertad de investigación e información, la libertad de expresión y de publicación (incluido el 'derecho de error') y el derecho a realizar actividades profesionales fuera del empleo académico; (B) autonomía colectiva […] la cual implica que los departamentos, facultades y universidades en su conjunto tienen el derecho (y la obligación) de preservar y promover los principios de la libertad académica en la conducción de sus asuntos internos y externos; y (C) la obligación de las autoridades públicas de respetar y proteger la libertad académica y de adoptar medidas de disfrute efectivo de este derecho y promoverlo" (Vrielinka, Lemmensa, Parmentiera, & Group, 2011, pág. 117).

La libertad de pensamiento se entiende como la posibilidad de adoptar ideas novedosas que surgen como producto de la labor investigativa del docente y que se relacionen con su concepción del mundo. Esta idea encuentra sustento en la afirmación de que "la libertad de investigación científica va unida a la de las libertades de pensamiento y de la manifestación o expresión del mismo" (Ahumada, 2012, pág. 412).

La concepción de los docentes acerca de la libertad de opinión coincide con la postura adoptada por la jurisprudencia española, que considera a la "libertad de cátedra, como derecho fundamental y libertad individual del docente, como una proyección de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas, opiniones que cada profesor asume como propias en relación con la materia objeto de su enseñanza" (Sentencia del Tribunal Constitucional Español, 1992). Esta afirmación también se sustenta en la idea de que "la libertad de cátedra, en cuanto libertad intelectual del docente, no desapodera a los centros para disciplinar la organización de la docencia, de modo que aquélla no puede identificarse con el derecho de su titular a autorregular íntegramente y por sí mismo la función docente en todos sus aspectos, al margen y con independencia de los criterios organizativos de la dirección del centro universitario". (Álvarez, 2010, p. 72). Esto considerando además que "la libertad de cátedra no persigue solamente la protección ideológica del profesor; va más allá, en el sentido de garantizar la libre difusión de ideas, y por tanto el beneficio del alumno, al recibir una enseñanza plural y libre" (Paule & Cernuda, 2009, pág. 28).

La libertad de actuación, que permite al docente participar en la elaboración de la estructura curricular; adecuar, organizar, investigar para incrementar y contextualizar los contenidos temáticos; y utilizar diversas estrategias y recursos en el desarrollo de sus asignaturas coincide con la concepción que el Tribunal Constitucional Peruano tiene a cerca de la libertad de cátedra, pues considera que "la autonomía e independencia interna de este derecho, se desarrolla dentro de la investigación y la enseñanza, como libertades para elegir y aplicar los métodos, procedimientos y tratamientos conducentes a la adquisición, exposición y transmisión de los conocimientos a los posibles receptores o educandos –siempre dentro de los límites que supone el respeto de los derechos y libertades de la persona–" (Sentencia del Tribunal Constitucional Peruano, 2005).

El ejercicio de la libertad de cátedra, como todo derecho, se enmarca dentro de algunos límites que hagan posible la convivencia exitosa dentro de la sociedad. Considerar a las leyes, normas, directivas y estructuras curriculares como límites de la libertad de cátedra confirma que esta se pliega actualmente a las necesidades organizativas de la universidad; por tanto existen unos límites impuestos por dicha organización y por la propia autonomía universitaria. Por ejemplo, "sin perjuicio de la libertad de cátedra, se sabe que los planes y programas de las asignaturas deberán ser aprobados por los respectivos departamentos e instancias universitarias con el fin de asegurar el derecho de todos los alumnos de una misma titulación a recibir unos mismos conocimientos" (Paule & Cernuda, 2009, p. 26). "Adicionalmente a los límites que imponen los planes y programas de estudio y la diferente reglamentación que sobre el proceso de enseñanza se emita por la organización educativa, el ejercicio de la libertad de cátedra del personal académico también debe desarrollarse en un marco de respeto hacia el alumno, de tal forma que en la impartición de clases el docente debe observar un trato profesional y respetuoso. Es decir, ningún académico debería, argumentando el ejercicio de la libertad de cátedra, realizar conductas que constituyan faltas a la disciplina universitaria" (Aguilar, Sánchez, & Fortoul, 2015, p. 172). También es importante reconocer que otro límite de la libertad de cátedra es el juicio de valor que emitirán las otras personas sobre las opiniones que tenga el docente, obligando a este a frenar sus comentarios, considerando el efecto que tendrán en sus receptores, "eesto crea una tensión entre la libertad de expresión y la obligación de hablar responsablemente" (Hunt, 2010, pág. 264) .

"En cualquier caso, aunque en el ámbito de la enseñanza superior sea muy amplio el margen de actuación de los docentes, existen también límites, que son los que, a la postre, van a enmarcar y concretar el contenido de la libertad de cátedra en el día a día de la labor docente. Es decir, aunque el contenido positivo de la libertad de cátedra sea amplísimo en el ámbito universitario, esto no quiere decir que estemos ante una libertad absoluta. Algunos límites son los que vienen determinados por la propia Constitución (derechos, principios y valores), pero hay otros que vendrán también establecidos en la legislación de desarrollo, sobre todo, por lo que respecta a la enseñanza universitaria, los derivados de las necesidades de la organización de la docencia" (Vidal, 2008, pág. 73).

Finalmente, es necesario mencionar que la investigación tiene algunas debilidades metodológicas, sobre todo en referencia al número de entrevistados, que resultan escasos considerando que en la Universidad Nacional del Altiplano existen más de 900 docentes.

CONCLUSIONES

PRIMERA:

La libertad de cátedra, en la percepción de los docentes de la Facultad de Ciencias de la Educación de la UNA Puno, es un derecho y un deber que le sirve tanto al docente como al estudiante. Es considerada como la libertad de introducir conceptos y temas necesarios para contextualizar la planificación y ejecución curricular, fomentando el libre desenvolvimiento laboral del docente, con respeto al marco legal.

SEGUNDA:

Los docentes perciben que la libertad de cátedra le otorga al docente universitario las facultades de libre pensamiento, libre opinión y libre actuación. La libertad de pensamiento le permite al docente adoptar teorías pertinentes y paradigmas novedosos. La libertad de opinión comprende la opinión personal que asume el docente al profesar una ciencia, asumir una teoría o comentar una situación coyuntural. La libertad de actuación comprende la libre planificación, ejecución y evaluación de las asignaturas que el docente tiene a su cargo.

TERCERA:

La libertad de cátedra, entendida por los docentes como derecho y como deber dentro de un marco ético, no debería tener límites externos, pues el límite se lo debe imponer el mismo docente, eligiendo su forma de actuar orientada a la formación integral del futuro profesional. Sin embargo, según la percepción de los docentes, en el ejercicio de la libertad de cátedra se encuentran los siguientes límites: normas y estructuras curriculares; presión del grupo político que gobierna la Facultad y la Universidad; avance científico y tecnológico; y la opinión común de la gente.

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Artículo Recibido: 16/12/2016

Artículo Aceptado: 23/03/2017

On Line: 30/03/2017