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Lengua y Sociedad

Print version ISSN 1729-9721On-line version ISSN 2413-2659

Leng. Soc. vol.22 no.1 Lima Jan./Jun. 2023  Epub May 12, 2023

http://dx.doi.org/10.15381/lengsoc.v22i1.23699 

Artículos académicos

Análisis de la descortesía verbal en los actos de habla en el delito de difamación Acosta Acuña

Analysis of verbal impoliteness in the speech acts of the defamation crime Acosta Acuña

Análise da descortesia verbal em atos de fala no delito de difamação Acosta Acuña

1 Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú. janethcoti.reyes@unmsm.edu.pe

2 Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú. marcojesus.garcia@unmsm.edu.pe

3 Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú. sofia.gonzales2@unmsm.edu.pe

Resumen

En algunas situaciones comunicativas, los hablantes emplean enunciados que, dependiendo del uso de las palabras, pueden considerarse ofensivos o agresivos por parte de sus interlocutores; además, podrían ser tipificados como delitos contra el honor, según el Código Penal Peruano (modificado en agosto de 2021). En este artículo se analizan nueve enunciados evaluados en el delito de difamación realizado por Christopher Acosta Alfaro (CAA) a Cesar Acuña Peralta (CAP), con expediente número 03622-2021-0-1801-JR-PE-30, Lima-Perú (2022). Para ello, se considera brevemente los significados asociativos según el contexto. El objetivo del estudio es analizar los enunciados como medios de descortesía verbal en relación con la propuesta de Fuentes (2011) y bajo el modelo SPEAKING propuesto por Hymes (1962); asimismo, describir los actos de habla que la representan. Los resultados señalan que el cotexto, el tipo de discurso, los factores extralingüísticos, la evidencialidad y la intencionalidad desempeñan un rol importante para denominar a los enunciados como difamatorios. La investigación concluye que la descortesía verbal, en correspondencia con los actos de habla en el delito de difamación, se expresan en ataques hacia el desempeño laboral, los valores, el intelecto y las relaciones interpersonales, cuyo propósito es dañar, desprestigiar y desacreditar la imagen del otro.

Palabras clave: difamación; actos de habla; intencionalidad; descortesía verbal; imagen pública; enunciado

Abstract

In some communicative situations, speakers use statements that, depending on the use of words, may be considered offensive or aggressive by their interlocutors; moreover, they could be classified as crimes against honor, according to the Peruvian Penal Code (amended in August 2021). This article analyzes nine statements evaluated in the crime of defamation made by Christopher Acosta Alfaro (CAA) to Cesar Acuña Peralta (CAP), with file number 03622-2021-0-1801-JR-PE-30, Lima-Peru (2022). For this purpose, the associative meanings according to the context are briefly considered. The aim of the study is to analyze the utterances as means of verbal discourtesy in relation to Fuentes’ (2011) proposal and under the SPEAKING model proposed by Hymes (1962); likewise, to describe the speech acts that represent it. The results indicate that cotext, type of discourse, extralinguistic factors, evidentiality and intentionality play an important role in denominating utterances as defamatory. The research concludes that verbal discourtesy, in correspondence with speech acts in the crime of defamation, is expressed in attacks on job performance, values, intellect and interpersonal relationships, whose purpose is to damage, discredit and discredit the image of the other.

Keywords: defamation; speech acts; intentionality; verbal impoliteness; public image; utterance

Resumo

Em algumas situações comunicativas, os oradores empregam afirmações que, dependendo do uso das palavras, podem ser consideradas ofensivas ou agressivas pelos seus interlocutores; além disso, podem ser classificadas como crimes contra a honra, de acordo com o Código Penal peruano (alterado em Agosto de 2021). Este artigo analisa nove declarações avaliadas no crime de difamação feito por Christopher Acosta Alfaro (CAA) a Cesar Acuña Peralta (CAP), ficheiro número 03622-2021-0-1801-JRPE-30, Lima-Peru (2022). Para este efeito, os significados associativos, de acordo com o contexto, são brevemente considerados. O objectivo do estudo é analisar as afirmações como meio de descortesia verbal em relação à proposta de Fuentes (2011) e sob o modelo SPEAKING proposto por Hymes (1962); também, descrever os actos discursivos que a representam. Os resultados indicam que o cotexto, o tipo de discurso, os factores extra-linguísticos, a evidência e a intencionalidade desempenham um papel importante na rotulagem das afirmações como difamatórias. A investigação conclui que a descortesia verbal, em correspondência com actos de fala no crime de difamação, é expressa em ataques ao desempenho profissional, valores, intelecto e relações interpessoais, cujo objectivo é prejudicar, desacreditar e desacreditar a imagem do outro.

Palavras-chave: difamação; atos de fala; intencionalidade; descortesia verbal; imagem pública; enunciado

1. Introducción

En los medios de comunicación, frecuentemente se observan noticias que presentan hechos o sucesos en el que los intercambios verbales entre las personas pueden no llegar a ser cordiales y pacíficos, dado que se emiten enunciados que, en torno al contexto en que suscitan y la intencionalidad del hablante, así como también la influencia que adquieren los medios en la opinión pública, pueden ser considerados como dañinos u ofensivos por el interlocutor hasta incurrir en un delito como la difamación (Harkess, 1998; Cornejo, 2022). Así, el delito de difamación se construye sobre la base de enunciados y expresiones en general, que ocurre cuando se emiten actos verbales falsos que se encuentran correlacionados entre sí, cuyo fin es menoscabar el honor y la imagen pública de la persona ante varios individuos (Rojas y Suárez, 2008; Bravo, 2007). Al respecto, en el caso Acosta Acuña se da cuenta acerca del libro Plata como cancha (2021) que el periodista Christopher Acosta Alfaro (CAA) realizó acerca de César Acuña Peralta (CAP). En este se presenta una serie de enunciados en torno al ámbito personal, político y empresarial del líder de Alianza Para el Progreso (APP); enunciados que, a pesar de ser producto de una recopilación de resoluciones, expedientes judiciales e informes de inteligencia, César Acuña Peralta (CAP) los considera como difamaciones, pues dañan su honor e imagen pública. Todo ello ha originado que, dentro de los enunciados que César Acuña Peralta (CAP) considera como difamatorios, se evidencie la descortesía verbal mediante agravios y daños a su imagen, los cuales, dependiendo también de los actos de habla con las que se emitan, conllevan a que el uso de las palabras sea tipificado como actos verbales difamatorios a partir del contexto, el tipo de discurso y la intencionalidad del hablante.

En referencia con la revisión bibliográfica, son pocas las investigaciones que tratan acerca de la descortesía verbal en correspondencia con los actos de habla, específicamente, en el ámbito jurídico como en el delito de difamación; no obstante, se presentan algunas investigaciones afines. En cuanto a la descortesía verbal, Barros (2010) analiza la cortesía en actos de habla en la realización de invitaciones. Explica que los actos de habla corteses presentan neutralidad al ser la cortesía un fenómeno convencional, mientras que los actos descorteses dañan la imagen del interlocutor. Así, concluye que se puede recurrir a "la cortesía mitigadora en la ejecución de los actos de habla asertivos y directivos" (p. 3). Sin embargo, señala que los actos comisivos de amenaza, los actos expresivos de agravio y desprecio son ejemplos resaltantes de la descortesía. En paralelo, Castro (2022) analiza el uso de los términos extranjero(s) y venezolano(s) recopilados del espacio web del semanario peruano Correo. Su propósito es demostrar que el uso de estas voces son utilizados como medios de descortesía verbal, a partir del contexto de uso microtextual y macrotextual. La autora concluye que estos vocablos admiten una connotación negativa mediante su asociación con la delincuencia, lo cual perjudica, posteriormente, en el deseo de pertenecer a un grupo.

Por otro lado, Díaz (2012) presenta un análisis de los actos de habla hostiles en los medios de comunicación virtuales. Afirma que la violencia verbal está y sigue incrementándose en la sociedad y que es más perceptible a través de los medios informativos. De esta manera, realiza una descripción detallada sobre la descortesía en diversos niveles del proceso comunicativo; es decir, a partir del ámbito pragmático hasta el plano social y cultural. Concluye que, con la llegada de la internet, la comunicación se ha incrementado de forma notoria en comparación con el siglo XX; sin embargo, también la violencia verbal. La cual se encuentra presente notoriamente en las redes sociales, por ejemplo, Twitter. En paralelo, Guillén (2020) estudia la difamación como delito lingüístico sobre la base del enfoque de la sociopragmática en 150 sentencias, entre 2013 y 2017 en España. De este modo, indaga acerca de la descortesía convencional y no convencional y cuestiona la idoneidad de aplicación de la teoría de la descortesía verbal en ponderación con otras teorías lingüísticas en la difamación. Al respecto, sostiene que los elementos como la intencionalidad, los ataques expresados bajo distintas maneras son rasgos propios de los casos de difamación y la descortesía. Concluye que es plausible la aplicación de la teoría de la descortesía verbal para el análisis de casos de difamación, ya que permite establecer una clasificación sociopragmática íntegra como recurso lingüístico a los expertos en derecho sobre los agravios expresados en ataques y estrategias de descortesía verbal en las sentencias y procesos judiciales.

La presente investigación cualitativa busca analizar los enunciados como medios de descortesía verbal de acuerdo con la propuesta de Fuentes (2011), esto, debido a que el autor considera elementos contextuales que se condicen con el modelo de los componentes de la situación comunicativa de Hymes (1962). A partir de ambas propuestas, se pretende describir los actos de habla que influyen en la aprehensión de los enunciados en el delito de difamación realizado a César Acuña. Por otro lado, se eligió el estudio de este caso porque presenta una sentencia definida, a su vez porque es complejo y polémico. Además, muestra una mayor presencia de elementos y componentes comunicativos que influyen en los efectos corteses o descorteses de los enunciados mediante los actos de habla, los cuales bajo una perspectiva semántica y pragmalingüística son importantes, puesto que permiten estudiar al lenguaje con respecto a la relación entre el significado y la descripción de los enunciados en contextos específicos. Para ello, se analizan enunciados que se encuentran en el expediente N° 03622-2021-0-1801-JR-PE-30, que son el resultado de investigaciones fiscales y judiciales, así como expedientes y acuerdos confidenciales.

El artículo expone, a continuación, un marco conceptual, una metodología, un análisis y, para finalizar, una discusión con conclusiones.

2. Marco conceptual

2.1. Sobre la difamación y evidencialidad

Los actos verbales que se expresan mediante el lenguaje posibilitan la emisión de juicios valorativos, quienes pueden estar dirigidos a una persona o colectivo, que, dependiendo de la intencionalidad del hablante, así como también el contexto y el alcance (difusión) que puedan tener, es posible que incurran en un delito contra el honor, por ejemplo, el delito de difamación. Esta consiste en la acción de desacreditar a la persona mediante la difusión de información que resulte contraria a su imagen o buena fama, lo cual lesiona objetivamente el honor, la reputación o la discreción de un tercero (Portocarrero, 2006); en donde el acto lingüístico radica en la atribución de un hecho o cualidad a una persona natural o jurídica, cuyo accionar ocurre frente a varias personas que pueden estar en conjunto o distribuidas. En este último caso, es necesario que la información se haya difundido bajo distintos medios.

En referencia con el accionar, la evidencialidad desempeña una función importante, ya que por medio de esta el hablante deja entrever su grado de compromiso con una proposición. Es decir, dicho hablante expresa que ocurrió algún acontecimiento "x" desde su punto de vista y se compromete a aseverar que sí ocurrió porque fue él o ella quien lo presenció (Crystal, 1980). Así, la evidencialidad se refiere a una categoría lingüística que define los patrones de acceso y las fuentes de información que un individuo dispone para sostener un juicio. Además, a nivel semántico, el dominio de la evidencialidad se encontrará estrechamente relacionado con la modalidad cognitiva, que se puede definir como la actitud del hablante hacia la verdad de una proposición en determinados contextos situacionales (Speranza, 2014). En esta misma línea, se considera que los sistemas cognitivos y los sistemas evidenciales son los dos tipos principales de modalidad proposicional en la evidencialidad. Por esta razón, las modalidades cognitivas y evidenciales se ocupan de la actitud que presenta el hablante hacia la verdad de una proposición o estado de cosas y, por tanto, pueden caracterizarse o denominarse como modalidades proposicionales. De ahí que la principal diferencia entre la modalidad epistémica y evidencial (o evidencialidad) es que en la modalidad epistémica el hablante emite un juicio sobre el estado de verdad de la proposición, mientras que, en la modalidad evidencial, el hablante establece o da cuenta de qué evidencia -por ejemplo, la informacióndispone para corroborar o demostrar su aseveración (Palmer, 2001).

Por tanto, estas alegaciones deben de ser capaces de dañar el honor, la imagen o la reputación de la parte agraviada. En ese sentido, hay algunas características específicas en las emisiones verbales para acusar a un individuo de incurrir en el delito de difamación.

2.2. Acerca de los actos de habla

Inicialmente, Austin (1962) establece la teoría de los actos de habla, en la que reconoce tres tipos de actos: perlocutivos, ilocutivos y locutivos. En primer lugar, describe al acto locutivo como la expresión en un determinado sentido, considerándolo como el acto que contiene el significado. Según lo anterior, se distingue del acto ilocutivo, ya que este consiste en una acción que conlleva una fuerza, mientras que el acto perlocutivo es lo conseguido a partir de la fuerza de un acto locutivo. En síntesis, el acto de habla alude a las "acciones comunicativas producidas por un hablante e inferidas por un oyente en situaciones específicas" (Félix-Brasdefer, 2019, p. 54); es decir, estriba en uno de los elementos esenciales en la comunicación o intercambio verbal con la que es posible realizar órdenes, peticiones, acciones, etc., y que estará integrado por tres componentes: el acto perlocutivo, esto es, el efecto que le genera el enunciado al hablante a partir de las interpretaciones que pueda desarrollar; el acto locutivo, que se corresponde con el concepto o la idea en torno al enunciado en sí; el acto ilocutivo, que reside en la finalidad o la intención con la que un individuo hace uso de su lenguaje con un determinado propósito. Que alcanzará un significado particular -favorable o nodependiendo del contexto y otros elementos extralingüísticos que subyacen en el proceso comunicativo.

Al respecto, es importante destacar que el acto ilocutivo es la intencionalidad, que consiste en la finalidad o propósito de los interlocutores para expresar o emitir -en el discursouna aseveración en referencia hacia alguien o algo. Así pues, Rojas (2001) menciona que "la intencionalidad del lenguaje queda garantizada no a nivel de las meras palabras, sino en la proposición o juicio; es decir, en la forma lingüística básica ‘S es p’, en la cual un sujeto se le atribuye un predicado" (p. 102). De este modo, la intencionalidad trasciende el contenido de los términos, sustentados en el establecimiento de formas proposicionales a través de nuestros actos lingüísticos. De acuerdo con ello, las acciones se fundamentan en las interpretaciones del hablante y el oyente sobre un enunciado, el cual adquiere un significado particular en relación con el contexto y otros elementos extralingüísticos en el acto comunicativo. Por su parte, Díaz (2001) resume esta idea e indica que "un acto de habla se crea cuando un hablante H dirige un enunciado E a un oyente O en un contexto C" (p. 143).

Por otro lado, para concretar el acto de habla se formula una serie de condiciones preparatorias, las cuales se emiten y se enmarcan en un contexto lingüístico. Así, Searle (1969/1990) propone una serie de condiciones que intervienen en la realización de un acto ilocucionario, entre ellos y considerando la relevancia para la presente investigación, destaca el acto de aseverar, enunciar (que), afirmar. Al respecto, primero, es preciso señalar una breve distinción entre los conceptos a pesar de que integren un mismo tipo de acto ilocucionario. Así, la noción de aseverar implica una declaración por parte de un hablante, que se caracteriza por el énfasis y la seguridad en cómo expresa una proposición. En otras palabras, la persona muestra un conocimiento pleno de los hechos que sostiene saber o conocer -indistintamente que sean verídicos o no-. Ahora bien, el enunciar supone que el hablante exprese una proposición pero de modo conciso y breve -aunque carezca de información para sustentarlo y no necesariamente busque convencer-, mientras que afirmar involucra que el hablante es consciente, acepta y se compromete en sostener que los enunciados o proposiciones que emite son válidos. Así pues, bajo la propuesta de Searle (1969/1990), una afirmación conlleva el respeto a cuatro reglas esenciales: primero, el hablante tiene evidencia de la veracidad de la proposición emitida; segundo, no implica que la proposición sea evidente y clara para él ni para los demás; tercero, el hablante cree y admite la proposición; cuarto, el locutor estima que la proposición constituye un estado de cosas efectivo. A partir de esto, es posible sintetizar lo presentado bajo las condiciones que intervienen en la realización de un acto ilocucionario de la siguiente manera: en un contexto situacional se expone una aserción o proposición X, que alude al contenido proposicional emitida por parte de un hablante A. En simultáneo, bajo la condición preparatoria, A tiene razones y/o evidencias para afirmar que X es verdadera. Ahora, lo afirmado no es evidente ni para A ni para O -aquel que sabe y no requiere que le recuerden X-. Posteriormente, respecto a la condición de sinceridad, A cree que X es verdad. Por último, se asume que X simboliza un estado de cosas efectivo, que se corresponde con la condición esencial.

Para resumir, la condición de contenido proposicional se enfoca en las características semánticas que presentan los enunciados, y cómo por medio de estos es posible exponer la actitud psicológica del hablante ante una situación. La condición preparatoria se basa en las circunstancias que permiten el desarrollo de un acto de habla, así como la pretensión del hablante para que sus aseveraciones puedan ser consideradas como verdaderas. A su vez, la condición de sinceridad alude al estado psicológico del hablante, lo cual supone que la persona que emite las aseveraciones tiene que ser consciente de que lo que afirma es verídico. Por último, la condición esencial "tiene que ver con el hecho de que la proposición se presenta como la representación de un estado de cosas efectivo" (Searle, 1969/1990, p. 72); es decir, establece que el enunciado debe tomarse como una pretensión de lograr que el oyente o el hablante pueda dar razón de lo que se afirma, enuncia o asevera.

2.3. La descortesía verbal

Las investigaciones acerca de la descortesía verbal usualmente se enfocan en el ámbito oral que son observables en distintos contextos situacionales, pero también sucede en el plano escrito, por ejemplo, el estudio que se presenta con base en los enunciados que contiene el libro Plata como cancha. De acuerdo con ello, se plantea el análisis bajo la propuesta de Fuentes (2011), en el que si bien no se enfoca en el plano escrito, presenta una perspectiva interactiva que permite evidenciar más allá de los factores sociales en los que ocurre el acto descortés, pues considera las intenciones expresadas mediante los actos verbales en todo hecho comunicativo, que posibilitarán calificar y delimitar a un enunciado como descortés.

Considerando el concepto de imagen social formulado por Goffman (1967) y ampliado por Brown y Levinson (1987), Culpeper (1996) plantea que la descortesía es una forma de perturbación social empleada para agredir la imagen social. En este sentido, en la descortesía, los actos que amenazan la imagen social o FTAs ( face threatening acts) no son reformulados o elaborados para enaltecer o mantener la imagen del receptor, sino que son realizados para atacarla.

Por otro lado, se sostiene que la cortesía y la descortesía están siempre presentes en los actos del habla y que estos fenómenos no son mutuamente excluyentes, sino que son extremos de un mismo continuum. En consecuencia, los enunciados y palabras no pueden ser corteses o descorteses, sino que se plantearían como más corteses y menos corteses (Lavandera, 1988, como se citó en Kaul de Marlangeon y Alba, 2012).

2.3.1. Funciones y factores de la descortesía verbal

Fuentes (2011) establece cuatro funciones que presenta la descortesía: 1) argumentativa, por medio de ella se pretende provocar una reacción en la otra persona; 2) cohesiva, la cual permite establecer, marcar el fin del intercambio y finalizar la interacción); 3) social, a través de esta es posible manchar y dañar la imagen de la persona afectada; 4) modal, cuya finalidad es provocar, rechazar, amenazar o insultar al otro. Al respecto, cabe destacar que, en cuanto a la función modal, Brown y Levinson (1987) mencionan que durante el proceso interactivo del hablante (S) y el oyente (H) se producen actos que "intrínsecamente amenazan a la imagen" (p. 60), tanto de S como de H, a los cuales denominaron FTAs (face threatening acts). Los autores reconocen que su impacto puede ser reducido a través de diferentes estrategias, así como también pueden elegir -en el caso de las oracionesexpresar directamente el mensaje del hablante sin modificaciones. Es esto último lo que se considera como la manifestación de la descortesía. En paralelo, Fuentes (2011) afirma que existen los siguientes factores: 1) los que trascienden del ámbito social; 2) los que influyen en la interacción entre los interlocutores que inciden en la descortesía. De esta forma, en el plano lingüístico se presenta como un subfactor del efecto el elemento lingüístico, el cual alude al tipo de discurso y/o enunciado; el cotexto, que se refiere a los elementos lingüísticos que posponen o preceden a los enunciados, que permitirán una adecuada descripción; la intención hablante-efecto en el receptor, que se encuentra supeditado en el contexto de la comunicación. Al respecto, cabe precisar que es usual que en los intercambios verbales y la intención en el tipo de discurso del hablante pueda no ser adecuado para los oyentes, puesto que el contenido de los enunciados -entendiéndose a estos como la "una unidad definible desde el punto de vista físico y conductivo, susceptible de recibir una definición no técnica" (Crystal, 1980, p. 201)en algunas situaciones comunicativas delimitan al enunciado como una descortesía.

2.3.2. La noción de imagen pública y la descortesía verbal

Uno de los elementos indispensables en la teoría de la descortesía verbal es la idea de imagen. La noción de imagen social, imagen pública o face fue presentada por primera vez por Goffman (1967) en el libro Interaction ritual. En este, el autor define a la imagen social como la representación que una persona quiere para sí misma, con la que pretende que otras personas lo asocien en una determinada ocasión y con la cual mantiene una relación emocional estrecha. Asimismo, afirma que los juicios ajenos sobre la imagen social de una persona también le ayudan a mantenerla.

Brown y Levinson (1987) recuperan este concepto de imagen social y lo emplean en su modelo de cortesía verbal, en el cual proponen dos tipos de imagen social: una negativa (deseo de actuar sin restricciones) y otra positiva (deseo de que otros aprueben el actuar propio). En este mismo modelo, proponen cinco superestrategias de cortesía verbal para la realización de actos que amenacen la imagen social o FTAs. Las superestrategias propuestas por Brown y Levinson (1987) son cinco: (a) la descortesía necesaria, en la que la efectividad o la urgencia del mensaje es prioritaria en comparación con la imagen de los participantes; (b) la cortesía positiva, dirigida a la imagen positiva del destinatario; (c) la cortesía negativa, dirigida a la imagen negativa del destinatario; (d) el encubrimiento, una descortesía indirecta entendida usualmente por implicatura; (e) la abstención de la descortesía.

A partir de las estrategias de cortesía desarrolladas por Brown y Levinson (1987) y complementándose con el principio de cortesía de Leech (1983), Culpeper (1996) desarrolla cinco superestrategias de descortesía: (a) la descortesía absoluta, la cual surge momentos en los que no es necesaria; (b) la descortesía positiva, dirigida a la imagen social positiva del destinatario; (c) la descortesía negativa, dirigida a la imagen social negativa del destinatario; (d) cortesía del sarcasmo o burla, la cual se manifiesta en el uso no sincero de la cortesía; (e) retención de cortesía, relacionada con la carencia de cortesía en momentos que la implican. Asimismo, Culpeper (2005) afirma que, en el proceso del intercambio verbal prevalece la imagen social que ambos interlocutores tienen de sí mismos y el modo en cómo lo perciben los demás. El cual surge por la interrelación que se construyen entre las personas en un determinado lugar.

Bajo esta perspectiva, el concepto de imagen social (Goffman, 1967) está relacionado con el de imagen pública, que, de acuerdo con Vicuña et al. (2020) es el alcance expresado mediante opiniones que la sociedad tiene con relación a un individuo; en el que al ser una representación colectiva, estas pueden modificarse en el transcurso del tiempo debido al intelecto y producto de nuevas experiencias, las cuales son susceptibles a estar influenciadas por factores sociales y culturales. Así, se consigue que se construyan bajo criterios como la realidad, la percepción y la proyección que se tiene del entorno.

En otra línea, Monzón (2001) en cuanto a la influencia de las opiniones públicas en la imagen social que propuso Goffman (1967) alega que estas pueden forjarse por las impresiones favorables o no que se adopten en referencia con algún acontecimiento de carácter social o particular; en el que nuestra percepción, las representaciones que se formulen y el papel de la palabra son factores que inciden en reflejar aquello que sentimos y percibimos en la realidad. De tal manera que "el público se forma de ciertos acontecimientos sociales y el papel destacado que los medios de comunicación juegan en el campo de los espacios y las imágenes públicas" (p. 12). Así pues, en la descortesía y la cortesía verbal la noción de imagen es un elemento representativo que tienen los interlocutores. En el acto de la cortesía verbal la finalidad es establecer un intercambio favorable mediante un conjunto de estrategias (Cepeda, 2006), las cuales se encontrarán orientadas en resaltar de modo positivo la imagen de la persona en distintos ámbitos; por su parte, en la descortesía verbal lo que se pretende es amenazar, atacar y dañar la imagen a través de las emisiones verbales dentro de una estructura lingüística (Gil, 2006).

2.4. Modelo SPEAKING (componentes de la situación comunicativa)

Cuando se lleva a cabo el intercambio verbal entre emisor y receptor influyen -en el plano lingüísticolos demás elementos de la comunicación que posibilitan un intercambio óptimo de ideas. Así, también en esta línea existen componentes que intervienen en el plano extralingüístico, los cuales describen a todos los elementos que abarca una situación comunicativa en el contexto lingüístico.

A partir de lo expuesto, se plantea un modelo de componentes de la situación comunicativa, sujeto en consideraciones de carácter antropológico y sociolingüístico. Este modelo se resume en el acrónimo inglés SPEAKING, conformado por los siguientes componentes: palabra Setting (escenario; tiempo y lugar); Participants (participantes del acto comunicativo); Ends (los propósitos y objetivos); Act sequences (forma y contenido del mensaje); Key (el tono del acto comunicativo); Instrument (los medios; tipo de comunicación, el idioma, la variante de este y el registro); Norms (la norma); Genre (género discursivo). Según el análisis presentado en este trabajo, es importante enfatizar los componentes Ends, Norms y Genre (Hymes, 1962, como se citó en Félix-Brasdefer, 2019).

Sobre el componente Ends, Suaza (2014) establece que se trata del propósito de los participantes en el evento comunicativo, en este sentido, los fines no van a ser los mismos para todos los participantes del evento. Por ejemplo, es esperable que el propósito de un columnista sea exponer sus juicios sobre un determinado tema, mientras que el propósito de su lector es entretenerse y evaluar el contenido de la columna. En lo que respecta al componente Norms (la norma), Félix-Brasdefer (2019) señala que se trata de lo que es esperable y aceptado en un determinado evento comunicativo. En otras palabras, este componente se refiere a las reglas que han sido asignadas socioculturalmente a una situación comunicativa. Asimismo, en cuanto al componente Genre o género, Félix-Brasdefer (2019) indica que se trata del género discursivo, el cual se relaciona con el contenido temático de lo mencionado en un evento comunicativo.

3. Metodología

El estudio es de enfoque cualitativo de tipo descriptivo (Hernández et al., 2014), debido a que se analizan los enunciados como medios de descortesía verbal, considerando brevemente su variación semántica; asimismo, la descripción de los actos de habla que la representan. Los datos (enunciados) que se analizan fueron considerados como ejecuciones del delito de difamación en un expediente judicial del Perú, y que el interlocutor produjo en contextos lingüísticos reales. De este modo, la investigación se adscribe al área de la semántica con inclinación hacia la pragmalingüística. La técnica para la recopilación de datos se fundamenta en la revisión del expediente judicial N° 03622-2021-0-1801-JR-PE-30, extraído de la página de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJLPerú). Los datos seleccionados conforman nueve enunciados que fueron divididos en cuatro ámbitos: valores y ética, político, académico y empresarial; de esta manera, solo se consideró enunciados que se encuentran correlacionados entre sí. Al respecto, es preciso mencionar que, para algunas unidades de análisis (enunciados), fue necesario complementar los subactos con los actos que se dijeron previos a estos, dado que solo así fue plausible desarrollar un análisis más completo.

Por otro lado, el criterio para el estudio de la descortesía verbal se analiza bajo la propuesta desarrollada por Fuentes (2011), en (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales; asimismo, cabe destacar que estas se complementarán con la propuesta de los componentes de la situación comunicativa de Hymes (1962, como se citó en Félix-Brasdefer, 2019). En simultáneo, el estudio de los actos de habla se corresponde en primer lugar con la perspectiva de Searle (1969/1990), en Actos de Habla: Ensayo de Filosofía del Lenguaje; en segundo lugar, con la propuesta de Austin (1962), en Cómo hacer cosas con palabras. Por último, es importante mencionar que si bien no se emplean insultos directamente para dañar la imagen del querellante sino que se usan enunciados (palabras, oraciones, párrafos, frases), su estudio es plausible porque permite el análisis desde una perspectiva lingüística y un análisis léxico del discurso.

4. Análisis

El delito de difamación involucra a los querellados (CAA) y (JPP) en agravio de CAP, quien es demandante y querellante. Ello, por motivo de que CAA publicó un libro titulado Plata como cancha (Acosta, 2021) -editado por JPPque ha circulado en el interior del país en febrero del 2021 y que, según CAP, contiene información de su vida y su persona que resultan difamatorias porque carecen de pruebas y son falsas. Así pues, CAP en su demanda adjuntó -con la intención de precisarcincuenta y cinco frases extraídas del libro, las cuales considera que son difamatorias. Al respecto, se puede mencionar ciertos aspectos contextuales que contribuyen al posterior análisis de estos.

En primer lugar, sobre el contexto social en el que fue publicado el libro de CAA, se llevó a cabo meses antes de las elecciones nacionales (2021).En las que CAP era candidato a la presidencia del Perú. Además, se debe considerar que, tratándose de una investigación periodística sobre la vida y carrera de un político, el tipo de discurso es de género periodístico con alusión hacia lo político. Al respecto, -en cuanto a la situación interactiva y el instrumentolos enunciados se presentan en un método de comunicación escrito, ya que el autor se comunica mediante el mismo idioma que sus lectores (español), pero no necesariamente en la misma variedad. De acuerdo con esto, idealmente el registro debería ser formal. Además, se destaca que los participantes de esta situación comunicativa se dividen superficialmente en dos: autor/periodista y sus lectores. Sin embargo, puede agregarse el sujeto de estudio de la investigación de CAA; es decir, el político y empresario CAP como participante ajeno de los otros lectores. Esto se debe a que es tanto lector como tema en el libro y, su imagen es involucrada en la obra; por tanto, tiene la facultad de interpretar enunciados -mediante su acto perlocutivoque incurren en daños a su imagen pública como sujeto político, académico, empresario y persona.

Por otro lado, en las investigaciones periodísticas el propósito debería ser presentar hechos de manera objetiva (fin informativo), de tal manera que la norma en este tipo de textos implica que los periodistas se refieran al sujeto de investigación de manera respetuosa y desde la distancia, basando su información en evidencias y, posteriormente, elaborando deducciones y conclusiones acordes con lo argumentado.

4.1. Ámbito político

En este primer apartado se consideran enunciados que se refieren a la trayectoria política de CAP, quien ha fundado y presidido un partido político desde el 2001 y ha sido alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo (2007-2010); asimismo, postuló dos veces a la presidencia de la República, mientras que el libro de CAA fue publicado cuando CAP postuló por segunda vez a la presidencia en 2021. A continuación, se expone el análisis de los enunciados evaluados como difamatorios.

(1) [...] Sin embargo la perversión de su fin, ya hemos visto permitirá que de ella [la partida de subvenciones sociales de la municipalidad provincial de Trujillo] salga también el dinero que, a manera de cheques, distribuye César Acuña entre colegios y clubes de madres a semanas de la elección de 2010.

Seguidamente, en la Tabla 1 se presenta una descripción de los factores que influyen en el efecto descortés del enunciado:

Tabla 1 Factores lingüísticos situacionales en el efecto descortés 

Elemento lingüístico Cotexto Intención hablante - Efecto en el receptor
Enunciado indicativo Acusación indirecta sobre el sujeto de investigación a) “Aunque Acuña lo niegue en la entrevista, la lista de apepistas receptores de dineros municipales es amplia, y destaca de la planilla general de beneficiarios por las cifras de las donaciones que reciben. Lo saben, por ejemplo, Nidia Carrasco de Cavero —37 000 soles— o Perpetua Jaico Paredes — 32 000—, militantes de APP que accedieron a fondos municipales para celebrar en sus barrios, el Día de la Madre y el Día de la Mujer, respectivamente.” b) “La partida se usa también, claro está, para fines perfectamente justificados: atenciones de salud de personas en pobreza; viajes de deportistas a competencias internacionales; o auxilio a personas en situación de desastre.” c) “Sin embargo, la perversión de su fin, ya hemos visto, permitirá que de ella [la partida] salga también el dinero que, a manera de cheques, distribuye César Acuña entre colegios y clubes de madres a semanas de la elección de 2010.” La entrevista que refiere es una en la que Acuña responde preguntas sobre malversación de fondos Se afirma que Acuña ha mentido en la entrevista y que, contrario a sus palabras, varios “apepistas” [seguidores del partido político Alianza Para el Progreso] han recibido cantidades altas de dinero Se aclara que parte de los fondos de la municipalidad [la partida] sí fue usada para fines justificables Se insinúa indirectamente que CAP entregaría dinero de la partida a personas en situación de pobreza y en situación de desastre, deportistas, colegios y clubes de madres, a fin de que voten por él en las semanas previas a los procesos de elección de alcaldes en el 2010 Se comunica como una aseveración El querellante lo interpreta como una evidencia de difamación Fin informativo (no argumentativo)

Nota. Elaborado a partir de (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales, por Fuentes (2011, p. 46)

En lo que respecta a la Tabla 1, primero se observa que, en el subacto a, CAP es acusado de mentir en una entrevista en la que se le cuestionaba sobre una supuesta malversación de fondos de la municipalidad de Trujillo, cuando fue alcalde de esta. Asimismo, CAA se refiere como apepistas hacia algunas de las personas que, según él, recibieron dinero de los fondos de la municipalidad. La terminación -ista es un sufijo que se usa para elaborar adjetivos que suelen sustantivarse y se refiere a personas involucradas con ideologías y partidos políticos, por ejemplo, fujimorista, comunista, aprista (RAE, 2014a). En este caso, se alude al partido Alianza Para el Progreso que fue fundado y presidido por CAP, cuyo nombre tiende a ser reducido a APP (de lectura apee).

Por otro lado, de este mismo subacto, CAA indica que los apepistas destacan entre los demás beneficiarios por las cifras de las donaciones que reciben y, posterior a ello, menciona nombres de personas, las cuales son de su partido. Asimismo, hay cierta sutileza cuando CAA afirma que ciertos beneficiarios lo saben; tras ello, en el subacto b, CAA se refiere al dinero de la municipalidad como la partida, y aclara que parte de esta sí fue gastada en fines justificables. Esto, posiblemente con el fin de mitigar la acusación anterior o la que se presenta posteriormente; sin embargo, el subacto b, en sí no constituye un daño hacia la imagen del querellante. Por el contrario, en el subacto c, CAA sostiene que CAP tiene un fin al que califica como perverso, el cual es un adjetivo que alude a causar daño de manera intencional (RAE, 2014a). En cuanto al término fin, considerando que el sujeto de estudio es un político, se refiere al objetivo o motivo (RAE, 2014c) de ganar simpatía entre la población. Por otro lado, se acusa a CAP de brindar dinero de la partida a colegios y clubes de madres en las semanas previas a los procesos de elección de alcaldes en el 2010. Además, cuando se alega que el dinero que supuestamente entregó fue obtenido de la partida, se le acusa de usar dinero de la municipalidad para llevar a cabo este fin, que previamente fue calificado de perverso; es decir, entregaba grandes cantidades de dinero para el fin perverso.

Por otra parte, según la sentencia, CAA no cuenta con evidencia que respalde las acusaciones del subacto c, dado que fue el único de los tres subactos que se reportó en la sentencia. Igualmente, se debe sumar a estas consideraciones los factores extralingüísticos: en primer lugar, se observa que la norma no se cumple, ya que CAA brinda juicios de valor a partir de conjeturas propias que no presentan respaldo oficial alguno y estos resultaron en ofensas contra la imagen de CAP. Siguiendo el modelo SPEAKING, el propósito, la forma y el alcance del mensaje; asimismo, el tipo de enunciado y la norma influyen en concretar la intencionalidad de CAA. En torno al acto ilocutivo, se presenta la Figura 1 según las condiciones propuestas por Searle (1969/1990).

Figura 1 Condiciones que rigen la correspondencia de los enunciados en el acto ilocutivo 

Al respecto, en la Figura 1, mediante las condiciones y contenidos proposicionales, CAA, al realizar las aseveraciones pretende desprestigiar a CAP. Puesto que CAA realiza afirmaciones como si lo hubiese evidenciado, por ejemplo, cuando sostiene ya hemos visto, en donde se compromete con su emisión verbal usando su prestigio como periodista reconocido para tener mayor credibilidad; sin

embargo, no presenta pruebas que lo respalden. Por tanto, queda en una aseveración sin fundamento. En cuanto a la perspectiva de Austin (1962), el acto ilocutivo de CAA es transmitir la idea de que CAP regala dinero con el fin de ganar votos y llegar a la presidencia.

(2) Así César construye, a través del chofer, su guardaespaldas y el hombre de la chequera, un régimen de financiamiento paralelo de su campaña presidencial 2016, utilizando dinero negro.

Seguidamente, en la Tabla 2 se presenta una descripción de los factores que influyen en el efecto descortés del enunciado:

Tabla 2 Factores lingüísticos situacionales en el efecto descortés 

Nota. Elaborado a partir de (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales, por Fuentes (2011, p. 46)

En lo que respecta a la Tabla 2, el subacto a inicia afirmando que CAP utiliza diversas personas para poder financiar su campaña presidencial del 2016 utilizando dinero negro, que hace referencia al dinero obtenido de forma irregular. El subacto a es reforzado con el subacto b, pues menciona que el dinero negro no fue reportado en el registro de aportantes que mandaron a la ONPE, motivo por el cual, CAP estaría cometiendo una irregularidad de forma consciente y conoce las consecuencias del no haber reportado estos aportes si es que se descubriese que lo realizó. CAA demuestra su evidencialidad al dar fe de ello, y esto es reforzado al afirmar que la campaña de Acuña fue la más cara del país por este dinero negro que recibió por parte de los tres sujetos mencionados. Estas afirmaciones no cuentan con evidencia que sustente que CAP usó a dichas personas para que aporten en su campaña, ya que únicamente son afirmaciones verdaderas para CAA. Además, -en alusión con el modelo SPEAKINGla estructura que presenta el mensaje incide en destacar la intencionalidad de CAA. En torno al acto ilocutivo, se presenta la Figura 2 según las condiciones propuestas por Searle (1969/1990).

Figura 2 Condiciones que rigen la correspondencia de los enunciados en el acto ilocutivo 

En la Figura 2 se observa que las condiciones y contenidos proposicionales sí cumplen con la primera condición preparatoria, pues CAA sostiene firmemente que CAP no realizó la notificación a la ONPE, informando la aceptación de aportes de dinero a su campaña por parte de tres personas cercanas a él. Posteriormente se presenta un esquema de las transacciones bancarias que realizaron dichas personas cuando fueron interrogadas en la fiscalía por ello; sin embargo, cómo saber que ese dinero negro es de procedencia ilegal o que fue extraído del bolsillo de ellos. Este ha de haber sido el factor que ha convertido ese enunciado en uno descortés -según CAP por la aseveración expresada por CAA-.

(3) [...] crecen los rumores de un pacto con el Ejecutivo a cambio de un mayor presupuesto para alcaldes provinciales y distritales, de los que APP cuenta con cientos en el país.

Seguidamente, en la Tabla 3 se presenta una descripción de los factores que influyen en el efecto descortés del enunciado.

Tabla 3 Factores lingüísticos situacionales en el efecto descortés 

Nota. Elaborado a partir de (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales, por Fuentes (2011, p. 46)

En lo que respecta a la Tabla 3, en el subacto a se menciona que este es un antecedente del subacto b porque el partido político de CAP habría salvado al expresidente Vizcarra de ser vacado por algunos votos en contra de la moción de vacancia. En simultáneo, el subacto b presenta los resultados de haber ayudado al expresidente cuando se buscaba la aprobación de un aumento de fondos para los burgomaestres, en donde muchos eran del partido de CAP -esto, como un intercambio de favores para beneficio de ambas partes-. En el subacto c se evidencia la preocupación de CAP por haberlo apoyado y cómo el acto de haberse tomado foto con el presidente Vizcarra estrechándose las manos le daba mala publicidad a su campaña presidencial. En paralelo, sobre los aspectos extralingüísticos, la aseveración de CAA no cumple con la norma, pues no hay evidencia del argumento que defiende que se emitieron votos en contra de la vacancia de Vizcarra a cambio de más presupuesto para las municipalidades. Ello, como un favor político en donde ambas partes se benefician apoyándose a cambio de obtener algo que ambos ostentan. CAA demuestra su evidencialidad al comprometerse con su aseveración, pues da cuenta de haber sido testigo de este supuesto favor político, que no vendría a ser más que un supuesto sin pruebas de haber ocurrido en el modo en cómo sostiene CAA. Además, -siguiendo el modelo SPEAKINGel tipo de enunciado, el propósito y la norma influyen para que se concrete la intencionalidad que pretende exponer CAA. Respecto al acto ilocutivo, se presenta la Figura 3 según las condiciones propuestas por Searle (1969/1990).

Figura 3 Condiciones que rigen la correspondencia de los enunciados en el acto ilocutivo 

Se observa en la Figura 3, que las aseveraciones desarrolladas por CAA son solamente especulaciones, y que no se encuentran respaldadas por alguna evidencia que sustente que el partido político de CAP (Alianza para el Progreso) haya negociado algunos votos de sus congresistas para salvar al expresidente Vizcarra de ser vacado, y que luego, como agradecimiento por ese acto, Vizcarra haya aprobado el aumento del presupuesto para los alcaldes provinciales y distritales. Por su parte, bajo la perspectiva de Austin (1962), el acto ilocutivo de CAA es revelar este supuesto pacto entre el partido de CAP con el Poder Ejecutivo (Vizcarra) a cambio de un favor, y cómo este supuesto acto ilícito le otorgaría, posteriormente, una imagen negativa a CAP.

4.2. Ámbito académico

En esta sección se analizan enunciados en referencia con el aspecto académico de CAP, por ejemplo, la redacción de su tesis en función con sus grados académicos obtenidos hasta el momento de la publicación del libro.

(4) ¿Que si se puede afirmar que Acuña plagió un libro completo pese a que no haya resolución judicial que lo demuestre? Sí. Y sin necesidad de usar condicionales.

Seguidamente, en la Tabla 4 se presenta una descripción de los factores que influyen en el efecto descortés del enunciado:

Tabla 4 Factores lingüísticos situacionales en el efecto descortés 

En lo que respecta a la Tabla 4, el subacto a comienza con una pregunta que, en realidad, no pretende ser respondida por los lectores ni por CAP, sino que es usada para brindar fuerza ilocutiva a la aseveración que le sigue (ejemplo: ¿Que si es inteligente? ¡Es un genio!). Asimismo, la frase pese a que no haya resolución judicial indica que CAA era consciente de que no existe una resolución judicial que respalde su afirmación, tal vez estipulando que él considera ser el único conocedor del hecho que asevera o, posiblemente, recalcando que las entidades de justicia no actúan frente a este -es decir, el plagio-. Así pues, se trata de una construcción informal usada mayormente en el lenguaje cotidiano y con una entonación que presenta como obvia la aseveración final. Esta construcción puede ser resumida en, ¿se puede afirmar tal hecho? sí, o ser reformulada como sí se puede afirmar tal hecho. Por tanto, la construcción se puede afirmar cuenta como un evidencial en el subacto a.

Por otra parte, el enunciado se refuerza con el subacto b, al alegar Y sin necesidad de usar condicionales. Sobre la palabra condicionales, estas son cláusulas en las que se plantean condiciones e hipótesis (Crystal, 1980), ya que contextualizan y especifican la acción en un mundo posible. A partir de lo mencionado, el enunciado 4 indicaría que CAP habría plagiado un libro completo y que no habría necesidad de especificar la situación en la que esto ocurrió porque no cambiaría el hecho.

En otra línea, sobre los aspectos extralingüísticos, la aseveración de CAA no cumple con la norma, pues no se basa en evidencias para sus argumentos y no existe familiaridad entre querellante y querellado para que -al referirse a una situación que involucra a CAPuse construcciones propias de un registro informal, como se observa en el subacto a. En este sentido, a pesar de que la imagen de CAP ya estuviera relacionada con un problema de derechos de autoría -lo cual se explicó al comienzo del análisis-, este no se dio en la misma magnitud que expuso CAA en su libro según la investigación de la sentencia. Sumado a ello, destaca la función social de la descortesía verbal, ya que se involucra negativamente la imagen del afectado. Mediante el modelo SPEAKING, lo mencionado por CAA empeora una situación que involucra a CAP sin evidencias suficientes que lo respalden por contradecir la norma; por tanto, incurriría en una descortesía. En alusión al acto ilocutivo, se presenta la Figura 4 según las condiciones propuestas por Searle (1969/1990).

Figura 4 Condiciones que rigen la correspondencia de los enunciados en el acto ilocutivo 

En la Figura 4 se observa que, bajo las condiciones y contenidos proposicionales, el enunciado escrito por CAA no cumple con la primera condición preparatoria, pues este alega firmemente que CAP plagió todo el contenido de un libro sin tener sustento para tal afirmación -según lo indicado en la sentencia-; asimismo, siguiendo la propuesta de Austin (1962), su intención mediante el acto ilocutivo es -como mínimoaumentar la magnitud de un accionar no ético por parte de CAP.

(5) Según Turniting, el 38 % del marco teórico de la tesis de Acuña procedía de fuente previa no citada. Para el software Unplag, la proporción era 50 % del total de contenido del trabajo, sin ser el verdadero autor.

Seguidamente, en la Tabla 5 se presenta una descripción de los factores que influyen en el efecto descortés del enunciado:

Tabla 5 Factores lingüísticos situacionales en el efecto descortés 

Nota. Elaborado a partir de (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales, por Fuentes (2011, p. 46)

En la Tabla 5 se observa que el subacto a inicia a partir del empleo de la preposición según, que se refiere al origen y/o procedencia que emplea como sustento CAA. Así, lo que se busca dar cuenta es que, cabría la posibilidad de que CAP haya incurrido en el delito de plagio, el cual queda corroborado a través del empleo de los softwares para su análisis. Asimismo, la afirmación en el subacto a se refuerza con la conjugación auxiliar verbal (RAE, 2014a) había sido, dado que, con la forma verbal CAA refiere que CAP tiene conocimiento de que su accionar no era lícito ni tampoco ético. Así, la secuencia de los actos se presenta como construcciones informales, ya que se emplean en el ámbito cotidiano. Al mismo tiempo, se utiliza el mismo código lingüístico. En simultáneo, la entonación que presenta el enunciado es aseverativa, dado que se afirma un accionar realizado por CAP.

En otro orden, el subacto b permite reforzar el subacto a, en vista de que se menciona del trabajo que aparecía firmado por César Acuña, sin ser el verdadero autor. Al respecto, el término aparecía, verbo que en este caso se refiere a la acción concluida por parte de CAP en función con la autoría de la sección del marco teórico de su tesis. Con base en lo expuesto, en cuanto a los aspectos extralingüísticos, el enunciado no se condice con la norma, pues no existen evidencias o hechos verídicos comprobados que validen su aseveración. Así pues, el accionar descortés sobresale por la función social, ya que mediante la acusación del posible plagio, se daña la imagen de CAP. A su vez, -en alusión con el modelo SPEAKINGla estructura del mensaje incide en destacar la intencionalidad de CAA. En torno al acto ilocutivo, se presenta la Figura 5 según las condiciones propuestas por Searle (1969/1990).

Figura 5 Condiciones que rigen la correspondencia de los enunciados en el acto ilocutivo 

Al respecto de la Figura 5, aunque las condiciones preparatorias no sean verídicas, mediante la condición de sinceridad permite dar cuenta de la intencionalidad de CAA; asimismo, en relación con la perspectiva de Austin (1962), el acto ilocutivo de CAA radica en acusar del delito de plagio a CAP para la obtención de sus distintos grados académicos.

4.3. Ámbito empresarial

En este apartado se consideran enunciados en correspondencia con los negocios y el rol de empresario de CAP, quien es reconocido por fundar universidades privadas peruanas como la UCV (Trujillo y otras filiales), la USS (Chiclayo), la UAP (Lima); asimismo, colegios y academias en diferentes departamentos del Perú.

(6) Si Cesar Acuña no fuera rico, estaría, probablemente, preso. Solo su fortuna ha sido capaz de crear un sistema y silencian a sus agraviados.

Seguidamente, en la Tabla 6 se presenta una descripción de los factores que influyen en el efecto descortés del enunciado:

Tabla 6 Factores lingüísticos situacionales en el efecto descortés 

Nota. Elaborado a partir de (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales, por Fuentes (2011, p. 46)

En la Tabla 6, el subacto a se inicia con la conjunción si, término que denota condición o suposición de un concepto que depende de otro u otros (RAE, 2014a), en el que CAA lo complementa al sostener que, posiblemente, si CAP no fuese un empresario adinerado, entonces, es probable que estuviese preso. La aseveración anterior se debe a que CAA es consciente de que frente a cualquier acusación, CAP siempre saldrá exento. A su vez, es una construcción informal, en tanto que la aseveración puede ser emitida en un lenguaje cotidiano. En simultáneo, mediante la construcción estaría, probablemente, preso representa la evidencialidad de CAA, pues asevera algo que considera probable que suceda. Asimismo, el subacto a se refuerza con el subacto b, ya que emplea el término solo para señalar que debido a su patrimonio de CAP, este ha logrado salir libre de posibles fallos o sentencias, al mismo tiempo que habría silenciado sobre su accionar no ético a otras personas. En cuanto a los aspectos extralingüísticos, la aseveración de CAA no cumple con la norma, dado que sus argumentos no se respaldan en evidencias; en consecuencia, el acto descortés destaca por su función social y modal, debido a las aseveraciones sin sustento que emitió CAA contra CAP, las cuales incidieron en atacar su imagen pública. Además, -siguiendo el modelo SPEAKINGel propósito, la forma y el alcance del mensaje, de igual manera el tipo de enunciado y la norma influyen en concretar la intencionalidad de CAA. Respecto al acto ilocutivo, se presenta la Figura 6 según las condiciones propuestas por Searle (1969/1990).

Figura 6 Condiciones que rigen la correspondencia de los enunciados en el acto ilocutivo 

En referencia con la Figura 6, las aserciones realizadas por CAA no se corresponden con la condición preparatoria, pues estas carecen de argumentos que permitan validarlo aunque mediante la condición de sinceridad pretenda concretar su intencionalidad-. Por su parte, bajo la perspectiva de Austin (1962), el acto ilocutivo de CAA es exponer sobre la base de qué acciones ilícitas CAP se convirtió en un empresario adinerado, lo cual mediante el acto perlocutivo de CAP, las aseveraciones de CAA incurren en difamaciones.

(7) A casi todos ellos les regaló títulos profesionales sin haber estudiado, para evitar que le quiten sus propiedades.

Seguidamente, en la Tabla 7 se presenta una descripción de los factores que influyen en el efecto descortés del enunciado:

Tabla 7 Factores lingüísticos situacionales en el efecto descortés 

Nota. Elaborado a partir de (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales, por Fuentes (2011, p. 46)

En la Tabla 7, previo al subacto b, el acto a comienza con el deíctico él, que se refiere al pronombre de 3.ª pers. m., (RAE, 2014a), el cual alude a CAP y se complementa con la frase tiene un imperio de los bienes, en donde el término imperio se refiere a la hegemonía en que CAP ha construido la mayoría de sus patrimonios sobre los cuales no figura directamente como propietario. Así, el subacto a representa una construcción informal, ya que puede emplearse en una conversación habitual. En paralelo, el subacto b refuerza el enunciado del acto a, pues CAA, alega que a través del imperio de CAP, él regaló a ellos posibles bienes y/o patrimonios. Al respecto, en el subacto b, la evidencialidad es encabezada por la prep. + adv. + adj. indef. a casi todos, de esta manera, CAA deja entrever su grado de compromiso acerca de sus afirmaciones. Sobre los aspectos extralingüísticos, las aseveraciones de CAA no se condicen con la norma, en tanto que no presentan sustento; por consiguiente, el acto descortés sobresale por su función modal, social y argumentativa, dado que CAA, mediante sus aseveraciones amenaza la imagen de CAP, las cuales repercuten en que este inicie un proceso legal. Además, -siguiendo el modelo SPEAKINGel tipo de enunciado, el propósito y la norma influyen en que se concrete la intencionalidad que pretende CAA. Respecto del acto ilocutivo, se presenta la Figura 7 según las condiciones propuestas por Searle (1969/1990).

En cuanto a la Figura 7, las aserciones de CAA -a través de las condiciones preparatoriaspretenden desprestigiar a CAP, aunque no sean aseveraciones comprobadas. A su vez, de acuerdo con la perspectiva de Austin (1962), el acto ilocutivo de CAA es dañar la imagen pública de CAP; asimismo, desacreditar la calidad académica de las casas de estudio que preside y lidera como empresario.

Figura 7 Condiciones que rigen la correspondencia de los enunciados en el acto ilocutivo 

4.4. Ámbito de valores y ética

En esta sección se presentan enunciados que, de algún modo, reprochan los valores y la ética de CAP, cuestionando su actuar en determinadas situaciones, las cuales no se encuentran parcialmente relacionadas a los ámbitos anteriormente ejemplificados.

(8) Cuando en la biblioteca de la Universidad de Los Andes Bogotá, este periodista solicita, de la mano de un estudiante, la tesis de maestría de César Acuña, la universidad restringe el acceso al documento, por expresas indicaciones de una persona: su autor.

Seguidamente, en la Tabla 8 se presenta una descripción de los factores que influyen en el efecto descortés del enunciado:

Tabla 8 Factores lingüísticos situacionales en el efecto descortés 

Nota. Elaborado a partir de (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales, por Fuentes (2011, p. 46)

En la Tabla 8, en el subacto a, la frase nominal este periodista es un referencial que CAA emplea para sí mismo. Además, la expresión de la mano de una persona, se refiere a que ha recibido ayuda u orientación de parte de alguien -en este caso, de un estudiante-. Posteriormente, menciona el dependiente, quien es un empleado que tendría la posibilidad de dar acceso a las tesis, ya que CAA se dirigió a él a fin de solicitar el trabajo que presentó CAP para obtener una maestría.

En el subacto b, el término alerta se refiere a una notificación en la pantalla que surge del software en el que el empleado hizo la búsqueda de la tesis (sistema de consulta). Tras ello, se asevera que la universidad -contextualmente alude a la Universidad de Los Andeshabía restringido el acceso a la tesis que CAA buscaba, siguiendo la petición (mencionada como expresas indicaciones) del autor de esta misma; es decir, CAP. A partir de lo presentado, se destaca la función social de la descortesía, puesto que el afirmar que CAP no permite la revisión de una tesis suya desfavorece su imagen pública. Además, -considerando el modelo SPEAKINGdebido al rol que cumple quien redactó el enunciado, este se contradice con la norma, ya que según la sentencia, el enunciado (8) emitido por CAA carece de evidencias que favorezcan a su fundamento. En cuanto al acto ilocutivo, se presenta la Figura 8 según las condiciones propuestas por Searle (1969/1990).

Figura 8 Condiciones que rigen la correspondencia de los enunciados en el acto ilocutivo 

Con respecto a la Figura 8, al no presentar evidencia que respalde su aseveración, el enunciado publicado por CAA no cumple con la primera condición preparatoria ni con la condición de sinceridad. Además, bajo la propuesta de Austin (1962), el acto ilocutivo de CAA es desprestigiar la imagen pública de CAP.

(9) No importa cuál sea el tipo penal por el que se le impute a César Acuña conductas al margen de la ley, el caso termina cerrado.

Seguidamente, en la Tabla 9 se presenta una descripción de los factores que influyen en el efecto descortés del enunciado:

Tabla 9 Factores lingüísticos situacionales en el efecto descortés 

Nota. Elaborado a partir de (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales, por Fuentes (2011, p. 46)

En la Tabla 9, el acto inicia a partir del subacto a, en el que se enumera una lista de delitos de diferentes ámbitos, entre los cuales destacan aquellos relacionados al dinero (estafa y defraudación de renta de aduanas), la política (fraude electoral y corrupción de funcionarios) y su familia (abandono). Por sí solo, el subacto a no representa una descortesía, ya que no menciona a CAP; sin embargo, se contextualiza a partir del subacto b, incluso cuando este no contiene una afirmación directa sobre CAP. En torno a la estructura y elección de palabras del subacto b, estas pueden considerarse una representación de un modo concesivo. Como reformulación estructural, se puede plantear que no importa P, ya que igualmente sucederá Q; asimismo, en no importa cuál sea el tipo penal por el que se le impute a César Acuña conductas al margen de la ley, la frase nominal el tipo penal comprende a la tipificación de los delitos en general, mientras que las conductas al margen de la ley aluden a la comisión de delitos. Además, el subacto b se concluye con la expresión el caso termina cerrado; es decir, el Poder Judicial cesará la investigación. De este modo, es posible atribuir a CAP los delitos enlistados en el subacto a y reformular el subacto b, por ejemplo, no importa cuál sea la tipificación del delito que se le impute a CAP, ya que igualmente se cerrará el caso.

Con relación a lo anterior, se trata de un hecho que CAA presenta como sospechoso, pues primero se expone una lista de delitos y posteriormente se menciona que cualquier caso imputado a CAP terminará cerrado, posiblemente aludiendo a que CAP tiene poder o influencia para cerrar los casos en los que se le investiga (corrupción). Según lo considerado en el modelo SPEAKING, la norma no se cumple al no presentarse evidencias que apoyen sus aseveraciones. Asimismo, al relacionar a su sujeto de estudio -CAPen actos corruptos, involucra sus valores y ética en situaciones desfavorecedoras, tratándose así de una descortesía verbal en la que destaca la función social de la descortesía. En torno al acto ilocutivo, se presenta la Figura 9 según las condiciones propuestas por Searle (1969/1990).

Figura 9 Condiciones que rigen la correspondencia de los enunciados en el acto ilocutivo 

En referencia con la Figura 9, como se observa, en la primera condición preparatoria y en la condición de sinceridad, CAA debería tener la certeza de que los supuestos actos corruptos sí sucedieron para haberlos mencionado, ya que al ser un periodista debe informar al público basándose en evidencia; sin embargo, sucede lo contrario; asimismo, considerando que CAP es un político, exponer estas afirmaciones como verdaderas afectan su imagen pública.

5. Discusión y conclusiones

Los resultados de la investigación indican -basándose principalmente en la propuesta de Fuentes (2011)que, en el estudio sobre la descortesía en casos de difamación destaca lo siguiente: a) el cotexto, pues es necesario para analizar los subactos que conforman el acto al que pertenece el enunciado difamatorio; b) las funciones argumentativa, modal y social son las que sobresalen para el estudio en este caso y/o delito; c) la confluencia de los factores lingüísticos y situacionales asociados a los componentes de la situación comunicativa posibilitan al interlocutor calificar al uso de las palabras como más cortés o menos cortés; d) la descripción de los actos de habla bajo las perspectivas de Searle (1969/1990) y Austin (1962) permite conocer la intención presente en la fuerza ilocutiva relacionada al cumplimiento de las condiciones del acto ilocutivo, lo que acrecienta el efecto descortés en este tipo de casos.

Así, el análisis presentado en torno a la descortesía verbal se corresponde con lo propuesto por Díaz (2012), ya que se ha observado que la descortesía puede manifestarse no solo a través de las expresiones, sino también puede variar dependiendo el contexto situacional, como es el caso de la expectativa cultural y social del rol del periodista (la norma). Asimismo, similar a los hallazgos de Castro (2022), el nombre de CAP se presenta en contextos que favorecen su relación con acciones y descripciones que lo desacreditan, lo cual provoca una imagen negativa de la persona. En paralelo, se condice con el estudio de Rojas (2001), porque se han presentado ejemplos en donde la intencionalidad ha sido más evidente a través de reformulaciones de los enunciados; es decir, en los actos y subactos que mostraban las proposiciones. Asimismo, estudios de análisis jurilingüísticos realizados por Oyedokun y Babatope (2019) en el delito de difamación en Nigeria se corresponden con la relevancia de los aspectos pragmáticos y semánticos considerados en esta investigación.

Por otro lado, teniendo en cuenta a Ruiz (1998), mediante la intencionalidad expresada en la teoría de los actos de habla, es posible incurrir en delitos por intermedio de las emisiones lingüísticas a partir de una situación y contexto en específico; dado que estos permiten observar los significados y la implicancia que pueden tener las palabras para el querellante (agraviado), que, dependiendo del acto ilocutivo y el posterior acto perlocutivo que produce el querellado en el querellante, sea posible incurrir en delito.

Los enunciados presentados en esta investigación dan cuenta de cómo el uso y el contexto en que fueron emitidas las palabras, así como los actos de habla que la representan -específicamente el acto ilocutivo y las condiciones que rigen su correspondencia-, posibilitan determinar la ocurrencia de la comisión de un delito, por ejemplo, la difamación. Según Blanco (2019), en relación con el acto ilocutivo, tradicionalmente ocurren bajo un acto de habla en la primera persona que se realiza mediante el empleo de verbos que expresan la hostilidad verbal a través del uso del lenguaje; sin embargo, la realización de este tipo de actos también es posible en la tercera persona, que se reflejan por medio de la indeterminación ilocutiva deliberada y las referencias imprudentes. Al respecto, en el caso peruano de difamación agravada Acosta Acuña, CAA muestra su indeterminación a través de su acto ilocutivo, en tanto que evita introducir en sus aseveraciones cualquier indicio que represente explícitamente su intencionalidad y evidencialidad. En simultáneo, realiza afirmaciones imprecisas, ya que, en su rol de periodista y el contexto en el que fueron emitidas coadyuvaron a que incurra en una imprudencia mediante un acto ilocutivo no definido, el cual, posteriormente incidió en acusaciones que CAP consideró difamatorias.

Por tanto, en la interpretación de la intencionalidad es menester la consideración de los componentes semánticos y pragmáticos inmersos en los actos de habla, en vista de que posibilitan proporcionar el sentido y el significado asociativo adecuado del uso de las palabras que conforman la macroestructura; es decir, el enunciado (Lozano, 2010). Así pues, de acuerdo con Giraldo y Londoño (2017), en el acto comunicativo lo importante es la veracidad que se encuentra delimitada por los actos de habla, el cual, mediante los signos lingüísticos utilizados en el acto ilocutivo terminan siendo condicionales que posibilitan otorgar la credibilidad, la aceptación y una comprensión adecuada de aquello que decimos y cómo lo decimos.

Por otro lado, en torno al estudio de la descortesía verbal y la teoría de los actos de habla que fueron analizados en el caso de difamación, se destaca que los actos amenazadores (insultos, acusaciones, aseveraciones, insinuaciones) permiten mostrar el poder que presenta el uso de las palabras y el lenguaje en diferentes contextos situacionales, el cual, dependiendo de otros factores así como la intencionalidad del hablante, influyen en la posibilidad de emitir expresiones que puedan significar una valoración negativa o desacreditar la imagen de otra persona. Dicha información se puede transmitir de forma oral o escrita, mejor dicho, se transmitirá mediante el uso de uno o varios enunciados -en este caso concreto, se refiere al uso inadecuado de las palabras para transmitir información falsa a varias personas con la finalidad de menoscabar la imagen del otro-. Por tanto, en el delito de difamación los aspectos semánticos y pragmáticos representan una función importante: primero, en la medida en que la naturaleza difamatoria de las expresiones se determina a través del significado que adquiere el enunciado, considerando el contexto, la situación y los componentes de la situación comunicativa; segundo, la competencia interpretativa que poseerá el lector ordinario en función con su competencia de los aspectos semántico-pragmáticos que determinará si las expresiones desacreditan o insinúan actos difamatorios (Durant, 2013).

En el estudio de la descortesía verbal se desprende que los elementos descorteses dentro de los enunciados se relacionaron con el cotexto, las funciones y los factores extralingüísticos en los distintos ámbitos que fueron analizados. Además, resaltan las acusaciones indirectas hacia CAP, en las que la intencionalidad no era evidente en los enunciados; sin embargo, tras descripciones y reformulaciones estructurales se mostraron las proposiciones que contenían. Con respecto a los actos de habla y su repercusión en la difamación, uno de los más importantes es el acto ilocutivo, pues dependiendo del modo, las condiciones que rigen para que se concrete, la fuerza ilocutiva, el uso que se les asigna a las palabras y la manera en cómo se emitieron los enunciados fueron criterios destacables para denominar a un término como ofensivo en el caso presentado; los cuales, dependiendo del acto perlocutivo del interlocutor se interpretaron como un acto que lo desacredita o pretende desprestigiarlo, propiciando de esta manera, la ocurrencia de un delito como la difamación.

Este tipo de investigación permite destacar y otorgar la importancia que presenta la lingüística no solo en el ámbito de la sociología, la historia o la antropología, sino también su aplicación en el entorno judicial -por ejemplo, en el campo del derecho-, ya que mediante la aplicación de la pragmática, la semántica, entre otras disciplinas afines, contribuye y optimiza el análisis de los dictámenes, las sentencias y resoluciones; en tanto que permiten dar cuenta de los elementos inmersos en el lenguaje jurídico, lo cual posibilita que esta ciencia adquiera un enfoque y carácter interdisciplinario, mostrando el vínculo entre la lengua y el derecho (Jiménez y Moreno, 2017) expresado en análisis críticos adecuados de estudios jurilingüísticos. Considerando, además, que un jurista utiliza la palabra en cualquier tipo de actividad teórica o práctica, técnica o científica, y por tanto debe hacerlo con destreza, precisión y exactitud. De ahí que, en el ámbito del derecho, la importancia del uso del lenguaje es fundamental. Sobre todo porque el lenguaje no es solo una herramienta para la comunicación humana, sino que su uso también es una manera de expresar un comportamiento: el uso del lenguaje significa un acto de habla; es decir, acciones concretas y específicas. En consecuencia, las características fácticas y las acciones realizadas por el hablante de una manera particular -por ejemplo, al emitir enunciados en circunstancias y contextos adecuadosserán diferentes en cada caso y no deben confundirse con la idea de solo pronunciar palabras.

Por otra parte, la investigación se orienta en desarrollar un estudio de tendencia política-discursiva acontecida en los últimos años en el país, a partir de una perspectiva lingüística y considerando la función social que presenta el lenguaje, ya que, a través de esta, se puede indagar en torno a las ideas, las opiniones, al uso de la palabra, etc., entre los interlocutores en determinadas situaciones comunicativas o contextos situacionales. La importancia en estudiar un caso del Perú, específicamente en el ámbito político, se debe a que permite dar cuenta de la situación caótica, el desequilibrio y la inestabilidad en la que se encuentra y suele estar representado el proceder ético de los periodistas, los políticos y sus partidos; asimismo, la arbitrariedad de los intérpretes de las leyes en cómo analizan las normas jurídicas que integran el Código Penal del Perú -en contraposición con otras nacionesal emitir o dictaminar las sentencias judiciales. Ante este contexto, los ciudadanos observan a los políticos como sujetos ineficientes, deshonestos e incapaces para gestionar y articular las exigencias que demanda la población, lo cual presupone graves consecuencias para todo el sistema político y modelo de democracia representativa del país. Además, los ciudadanos han observado a lo largo de los años cómo los políticos ganan juicios contra sus opositores, ya sea de forma legal o por otros medios. El caso Acosta-Acuña es uno más que expone la lucha de poderes, donde CAP tiene el apoyo de sus abogados y su partido, mientras que CAA cuenta solo con el respaldo de algunos colegas periodistas. Este caso de difamación ha sido el más criticado porque se pretendió censurar la libertad de expresión de CAA, luego de qué, según CAP, CAA redactó un libro que presenta información falsa de su persona. En cuanto a ello, la Defensoría del Pueblo (2021) manifestó que es inadecuado que se haya empleado medidas para reprimir la libertad de expresión de los periodistas, ya que esto no es democrático. La libertad de expresión protege todas las opiniones, incluso las que son incómodas para alguna persona, sector de la sociedad o al Estado.

Al respecto, mediante el análisis de los actos de habla presentes en los enunciados como medios de descortesía verbal, se debe brindar la importancia que tiene las secuencias de los actos que se emiten en distintos contextos y a los instrumentos que se encuentran inmersos en nuestra competencia comunicativa, ya que contribuirá a que puedan explicar y modular la coherencia semántica de los enunciados, a fin de evitar que sean ofensivos o incidan en la comisión de un delito. Sobre todo, considerando el poder y la hegemonía que representan los discursos en el ámbito social y judicial. De esta manera, se espera que sea un precedente para futuros trabajos de investigación que evidencien cómo la perspectiva lingüística puede contribuir a las distintas disciplinas en función con el uso del lenguaje.

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2Agradecimientos: Los autores agradecen los alcances brindados por las lingüistas Verónica Lazo y Yolanda Jula, profesoras del curso de Semántica de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos por habernos brindado algunos alcances y motivarnos a finalizar la confección del presente manuscrito.

Financiamiento: La investigación se realizó sin financiamiento.

5Trayectoria académica de los autores: Marco Garcia es estudiante de pregrado en la Escuela Profesional de Lingüística de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Estudió inglés en el Instituto Cultural Peruano Norteamericano. Está interesado en estudiar Traducción e Interpretación de Lenguas. Sus intereses investigativos se orientan al análisis crítico del discurso (ACD), la lingüística aplicada, la pragmática y la dialectología. Janeth Reyes es estudiante de pregrado en la Escuela Profesional de Lingüística de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Actualmente, como parte del voluntariado organizado por el Centro de Responsabilidad Social y Extensión Universitaria (Cerseu) de la FCS de la UNMSM, realiza mentorías académicas sincrónicas dirigidas hacia los estudiantes de educación secundaria de Oxapampa (Pasco). Sus intereses investigativos se orientan en las áreas de la pragmática, la lexicología, la sociolingüística y la educación. Sofía Gonzales es estudiante de pregrado en la Escuela Profesional de Lingüística de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Sus intereses investigativos se orientan en las áreas de la pragmática, el análisis crítico del discurso (ACD) y la fonética.

Anexo

ABREVIATURAS UTILIZADAS

APP Alianza Para el Progreso

CAA Christopher Acosta Alfaro

CAP César Acuña Peralta

JPP Jerónimo Pimentel Prieto

FTAs Face Threatening Acts (actos que amenazan la imagen)

UCV Universidad César Vallejo

USS Universidad Señor de Sipán

UAP Universidad Autónoma del Perú

Recibido: 21 de Octubre de 2022; Aprobado: 18 de Febrero de 2023; : 12 de Mayo de 2023

Correspondencia: janethcoti.reyes @unmsm.edu.pe

Contribución del autor: Janeth Reyes, Marco Garcia y Sofía Gonzales han participado en la redacción y diseño del artículo; Janeth Reyes y Sofía Gonzales en el diseño metodológico; Janeth Reyes, Marco Garcia y Sofía Gonzales en el análisis, la descripción de los datos, la redacción de discusión que finaliza con conclusiones. Los autores aprueban la versión que se publica en la revista.

Conflicto de intereses: Los autores no presentan conflicto de interés.

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