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Desde el Sur

Print version ISSN 2076-2674On-line version ISSN 2415-0959

Desde el Sur vol.15 no.2 Lima Apr./June 2023  Epub Apr 25, 2023

http://dx.doi.org/10.21142/des-1502-2023-0028 

Artículos

El cacicazgo de la guaranga de los mitimaes yungas de Huamachuco (Perú) y la lucha entre dos autoridades étnicas por el poder, siglo XVII

The cacicazgo of the guaranga of mitimaes yungas of Huamachuco (Peru) and the struggle for power between two ethnic authorities during the 17th century

Carolina Delgado Domínguez1* 
http://orcid.org/0000-0003-3605-541X

Juan Castañeda Murga2** 
http://orcid.org/0000-0001-5645-451X

Arthur Eduardo Quesada Zumarán3** 
http://orcid.org/0000-0001-9513-8544

Jean-François Millaire4*** 
http://orcid.org/0000-0002-8074-5912

* The University of Western Ontario. Department of Anthropology, London, Ontario, Canadá.

** Universidad Nacional de Trujillo. Trujillo, Perú.

*** University of Western Ontario. Ontario, Canadá.

RESUMEN

El presente artículo explora las prácticas sociopolíticas indígenas en la antigua provincia de Huamachuco (norte del Perú), a través del análisis de un documento legal de la primera década del siglo XVII. Se analiza un pleito sobre la organización política indígena del área, ilustrando sobre la interacción entre un cacicazgo en la sierra de Huamachuco y un cacicazgo en una zona intermedia entre la costa y la sierra, el de Simbal. Basados en este estudio de caso, y el análisis de los argumentos presentados por las partes, se concluye la presencia de una fuerte permanencia de prácticas políticas prehispánicas, incluso preínca, durante el comienzo del periodo colonial, lo que se constituye en un aporte al conocimiento de la historia local y los regionalismos del área referentes a cacicazgos coloniales.

Palabras claves: Norte de Perú; guaranga; Huamachuco; Simbal; siglo XVII

ABSTRACT

This paper is a study of indigenous socio-political practices in the former Huamachuco province through the analysis of a legal document from the first decade of the 17th century. We analyze a litigation regarding indigenous political organization that sheds light on interactions between a chiefdom in the highlands and one located in Simbal, in the middle zone between the coast and the highlands. Based on this case study, and on the analysis of the arguments presented by the parties involved, this paper documents the stability of pre-Hispanic practices, even pre-Inca, during the early Colonial period, therein contributing to our understanding history of the region.

Keywords: Northern Peru; guaranga; Huamachuco; Simbal; 17th century

Introducción

Este artículo explora las prácticas sociopolíticas indígenas en la provincia de Huamachuco, a través del análisis de un estudio de caso constituido por el litigio sobre un cacicazgo. Se enfatiza el análisis de los argumentos presentados por los litigantes, aportando a la historia local de los poblados involucrados y de sus personajes históricos, como lo fueron los caciques protagonistas del litigio. Una singularidad de este caso es que también ilustra las particularidades y regionalismos del norte de Perú en cuanto a cacicazgos coloniales. El legajo analizado5 testimonia un pleito sobre la sucesión de un cacicazgo en la histórica provincia de Huamachuco (sierra norte del Perú), pero también hace referencia al cacicazgo de Simbal (ubicado en la chaupiyunga6 del río Moche) (figura 1).

Dicho pleito comienza en 1604, aunque incluye manuscritos originales desde 1588 hasta 1658 y algunas copias de manuscritos de 1585. Todo ello cubre más de 73 años de litigio, el cual trascendió la vida de los litigantes principales: don Pedro Xulcaguaman, cacique de los mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco, y don Gerónimo Ninaquispe (figura 2), cacique de los indios chaupiyungas de Simbal. El legajo también contiene información sobre algunos de sus familiares directos, como don Juan García Chumbinamo (figura 3), hermano mayor de don Pedro Xulcaguaman y cacique de la guaranga de mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco.

El litigio se inició en el pueblo de San Agustín de Huamachuco, un 12 de noviembre, por el protector de naturales Luis de Eguino, en nombre de Xulcaguaman. El motivo del juicio fue el reclamo, por parte de don Pedro, de que recibía solo la mitad de su salario de cacique, ya que era cobrado injustamente por el cacique Ninaquispe. Xulcaguaman obtuvo el cacicazgo siendo menor de edad, por lo cual era gobernado por Domingo Lozano. En 1604 fue autorizado a gobernar sin gobernador ni tutor, y una de las primeras cosas que hizo fue nombrar como su representante legal al protector de naturales, Luis de Eguino, para reclamar su salario.

Durante este año, se llevó a cabo el intercambio de información y pruebas entre las partes, pero el corregidor Antonio de Noboa no pudo resolver el litigio, por lo que el representante de Xulcaguaman solicitó que el caso fuera llevado a la Real Audiencia. El corregidor accedió y les dio un plazo de seis meses para que las partes se presentasen ante la Real Audiencia. Ninguna de las partes lo hizo. Luego hay un hiato de 54 años en el legajo sin manuscrito alguno, hasta que, en 1658, el protector de naturales, Domingo Olascoaga, volvió a reclamar el salario de Xulcaguaman al corregidor de Cajabamba, Huamachuco y Huambos, Salvador Solano.

Manifestó que Xulcaguaman estaba dispuesto a presentarse a la Real Audiencia a terminar el litigio, y solicitó al corregidor que encontrara algún sucesor de Ninaquispe, ya fallecido ese año, para que también concurriese ante la Real Audiencia y así finalizar el litigio.

Gracias a esto, se realizó un pregón en Simbal llamando a algún heredero de Ninaquispe. Según nos cuenta el manuscrito, las personas congregadas al frente de la iglesia señalaron a un nieto de Ninaquispe llamado don Juan Quispe. También mencionaron que ellos querían que don Juan Quispe fuera el cacique y gobernador de Simbal. Este es el último manuscrito del legajo. Por otro lado, en 1604 Xulcaguaman reclamó la mitad del salario; previamente su hermano mayor también había reclamado por lo mismo. Pero en 1658 Xulcaguaman reclamó la totalidad del salario en vez de la mitad, y se menciona que durante 54 años como autoridad étnica nunca lo recibió. Considerando estas incertidumbres en cuanto al salario, este se va desvaneciendo en los argumentos a medida que avanzaba el pleito, y en el legajo no se encuentra información sobre el fin del litigio o la causa por la cual Xulcaguaman no lo estaba cobrando.

Todo esto demuestra que el salario no era el motivo central de la disputa, sino una excusa para lograr el abordaje legal, en el nuevo contexto colonial, de otros asuntos netamente indígenas, como fue la lucha de poder entre dos dinastías de caciques. Y lo que se originó como un reclamo de la mitad del salario de cacique terminó con el inicio de una batalla legal entre ambos caciques, que se disputaban el derecho a gobernar la guaranga de los indios mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco.

FIGURA 1 Región estudiada. En rojo se representa el territorio aproximado de la provincia de Huamachuco durante los periodos inca y colonial temprano. También se observa el territorio aproximado de las cuatro guarangas locales: Llampa, Huacapongo, Llucho y Andamarca. 

FIGURA 2 Firma del cacique don Gerónimo Ninaquispe (Delgado Domínguez, 2018, p. 44). 

FIGURA 3 Firma del cacique don Juan García Chumbinamo, don Pedro Xulcaguaman utilizaba traductor para comunicarse en español (Delgado Domínguez, 2018, p. 43). 

Antecedentes: el curacazgo de Huamachuco, provincia inca de Huamachuco, y el Corregimiento de Cajamarca, Huamachuco y Huambos7

Para contextualizar el pleito analizado es necesario realizar un repaso histórico de la organización político-territorial del área, desde tiempos preíncas hasta la instauración del sistema de reducciones para el norte del Perú y la creación de los corregimientos.

Antes del periodo inca8, el curacazgo de Huamachuco (Zevallos Quiñones, 1992, p. 187) se extendía hacia el norte hasta los ríos Chicama y Crisnejas, hacia el sur límitaba con los ríos Tablachaca, Chuquicara y Uchupampa, por el este llegaba hasta el río Marañón, y hacia el oeste hasta el río Huacapongo y el área de Simbal (Espinoza Soriano, 1974, pp. 12-13). En el norte de Perú, un curacazgo (también llamados señoríos serranos del norte, reinos, o confederaciones preíncas [Zuloaga Rada, 2012]) era una congregación de varias guarangas, que eran unidades sociopolíticas gobernadas por un curaca de nivel medio9. A su vez, cada una estaba conformada por pachacas o ayllus10 gobernados por curacas locales de menor rango.

En el norte del Perú, tanto en la costa como en la sierra, las guarangas revisten particular importancia, ya que fueron organizaciones preíncas fundamentales del ámbito político (Zuloaga Rada, 2012, pp. 45, 50). Existía un equilibrio de poder entre los líderes de cada guaranga, de forma que el curaca principal era "el representante máximo de la confederación, el primero entre iguales" (Zuloaga Rada, 2012, p. 70).

El curacazgo de Huamachuco fue conquistado por los incas en la década de 1470, al final del mandato del inca Pachacútec (D'Altroy, 2015, pp. 97-98; Rowe, 1946, pp. 205-207). Según investigaciones arqueológicas, durante el dominio inca, la arquitectura y los artefactos de dicha ocupación sugieren que Huamachuco fue un centro provincial menor, por lo que se adhirió de manera voluntaria probablemente porque requería menos represalias asegurar la lealtad local (Topic y otros, 2002, p. 330). De esta manera, los incas convirtieron el curacazgo de Huamachuco en una provincia inca y mantuvieron al curaca principal, pero bajo la supervisión del gobernador de provincia, denominado tokrikoq (D'Altroy, 2015, p. 353; Rowe, 1946, pp. 187, 263). La estructura de organización en guarangas y pachacas también fue mantenida por los incas11. Sin embargo, el curacazgo de Huamachuco fue reorganizado, con fines administrativos, en seis guarangas. Cuatro guarangas estaban formadas por personas de origen local, llamadas Llampa, Huacapongo, Llucho y Andamarca (figura 1). Las dos restantes eran de extranjeros o mitimaes12, denominadas guaranga de mitimaes serranos (porque las personas procedían de la sierra) y guaranga de mitimaes yungas (compuesta por personas provenientes de la costa [yunga])13.

Las cuatro guarangas compuestas por personas de origen local, tenían asignado un territorio específico y unificado (figura 1). Sin embargo, las pachacas de la guaranga de mitimaes yungas fueron esparcidas por todo el territorio. Su reasentamiento como mitimaes fue una estrategia de aislamiento en respuesta a su resistencia al Imperio incaico (Castañeda Murga, 2019, p. 10; Espinoza Soriano, 1974, p. 22; Ramírez, 2013, p. 228; Zevallos Quiñones, 1999, p. 4). En el caso de la guaranga de mitimaes serranos la estrategia de reasentamiento fue diferente, puesto que estaba compuesta por miembros de la nobleza y familia del inca, quienes fueron reasentados para controlar a las guarangas locales y a la de mitimaes yungas (Espinoza Soriano, 1974, p. 30; Rowe, 1946, pp. 261, 269-270).

La jurisdicción administrativa en la que se desarrolló el pleito fue la provincia de Huamachuco, la cual era parte del Corregimiento de Cajamarca, Huamachuco y Huambos. Un corregimiento era parte de la organización política del territorio, el cual estaba gobernado por un corregidor. El corregidor era el representante del rey en el área, juez y autoridad suprema del sistema judicial del corregimiento (Espinoza Soriano, 1971, p. 26; Lohmann Villena, 2001). En el caso del Corregimiento de Cajamarca, Huamachuco y Huambos, creado en 1565, estaba compuesto por tres provincias (Cajamarca, Huamachuco y Huambos); su corregidor residía en el pueblo de San Antonio de Cajamarca, capital del corregimiento, y tenía dos tenientes de corregidor para gobernar las demás provincias. Como veremos más adelante, el teniente corregidor de Huamachuco también gobernaba la reducción de San Juan de Simbal, que desde los primeros años del siglo XVII era, administrativamente, parte del Corregimiento de Trujillo (Espinoza Soriano, 1971, pp. 9, 56).

La imposición del sistema de reducciones14 para el norte de Perú, tanto en la costa como en la sierra, alrededor de 1565 (Espinoza Soriano, 1971, pp. 34-35; Espinoza Soriano, 1974, pp. 89-90; Málaga Medina, 1993, p. 280; Zevallos Quiñones, 1992, pp. 14, 188), que fue el año de fundación de la reducción de San Agustín de Huamachuco (Espinoza Soriano, 1971, pp. 34-35), marcó el fin de la organización territorial inca en la provincia de Huamachuco, debido a la reducción de la población esparcida por todo el territorio en ciudades-reducciones (Espinoza Soriano, 1974, p. 91). Con Lope García de Castro, que gobernó el Virreinato del Perú entre 1564 y 1569, comenzó de una forma más organizada la fundación de reducciones (Málaga Medina, 1993, p. 280). Así, se constituyó en un antecedente a la instauración de las reducciones realizadas entre 1570 y 1575 por el virrey Francisco de Toledo (Saito y Rosas Lauro, 2017, pp. 14, 20).

Sucesión de cacicazgos y beneficios de ser caciques

El sistema de sucesión indígena en la costa norte de Perú estaba caracterizado por la ausencia de leyes estrictas, por la práctica de garantizar el cacicazgo a la persona más calificada sin considerar el linaje, por algún grado de selectividad entre los posibles candidatos, por la inexistencia de leyes de primogenitura o legitimidad para los descendientes de un matrimonio, y por el derecho a heredar el cacicazgo a los hijos o hermanos del cacique fallecido (Rostworowski, 1961, p. 61). De manera más particular, en la provincia de Trujillo el sistema de sucesión de los cacicazgos fue hereditario para cacique principal y hereditario o electivo para el cacique segunda persona (Zevallos Quiñones, 1992, pp. 2-10). Sin embargo, en nuestra área de estudio, la sierra norte del Perú, el sistema de sucesión de cacicazgos se caracterizó por ser flexible, y combinar principios hereditarios y electivos. Además, se basaba en el consenso de los líderes políticos a fin de elegir al candidato más capacitado para gobernar. El mismo consenso podía también ser usado para destituir (Zuloaga Rada, 2012, p. 68).

En cuanto al derecho indiano relacionado con las instituciones políticas indígenas, establece que las costumbres jurídicas de los indígenas sean respetadas por los españoles siempre y cuando no estuviesen en contradicción con los "principios básicos del pueblo colonizador y no constituyeran peligro para la seguridad y soberanía del nuevo Estado" (Ots Capdequí, 1943, p. 108). Específicamente en la sucesión de cacicazgos y nombramiento de caciques establece que deben conservarse las costumbres y "goviernos antiguos", que los caciques continúen en sus funciones y que la sucesión sea por derecho de sangre, al transmitirse el cargo de padres a hijos. También se estipulaba que no debía intervenirse en la sucesión, ni que se despojaran o nombraran caciques por la voluntad de las autoridades españolas (Solórzano Pereira, 1703, pp. 116-117).

Ante un litigio por sucesión, luego de la presentación y recopilación de las informaciones por parte de los litigantes, el corregidor era el responsable de hacer otra información de oficio, junto con su opinión respecto al caso, y enviarla a la Real Audiencia o al virrey para su resolución (Solórzano Pereira, 1703, p. 117). Por esta razón, en 1604 el representante de Xulcaguaman solicitó que el caso fuera llevado a la Real Audiencia, tras mencionar que el corregidor no tenía la potestad para resolverlo. No obstante, así como en la legislación indiana se establecía respetar la "costumbre" indígena, también se legislaba sobre las funciones de los caciques, a quienes les correspondía la tarea de cobrar los tributos estipulados en las tasas y entregarlos al corregidor, y coordinar y velar por que sus subordinados realizaran la mita.

Lo anterior a cambio de un salario dos veces al año (en junio y diciembre), ropa, coca, ganado y servicios de indios, todo lo cual se deducía de la misma tasa (Díaz Rementería, 1977, p. 86; Rostworowski, 1961, p. 8; Solórzano Pereira, 1703, p. 116). Existían excepciones al cobro del salario o su totalidad. Cuando el cacique era considerado incapaz para el gobierno, como fue el caso de Xulcaguaman al ser menor de edad, el cacique solo recibirá la mitad del salario, mientras que la otra mitad iba para quien ejercía el gobierno interinamente en lugar del cacique (Díaz Rementería, 1977, p. 86); en el caso analizado, el gobernador era Domyngo Lozano. También se daban casos en que la recaudación de tributos no alcanzaba a cubrir lo estipulado en las tasas, y los caciques se quedaban sin cobrar su salario (Zevallos Quiñones, 1999, p. 19). Asimismo, debían responder con sus propios bienes o con cárcel a la imposibilidad de recaudar lo estipulado en la tasas (Argouse, 2008, p.180).

La sucesión por derecho de sangre podía ser considerada dentro de las "costumbres" indígenas o también podía ser favorecida por la legislación del derecho indiano. Rementería (1977, p. 42) llama "dignidad cacical" a la situación de privilegio otorgada por la legislación indiana a aquellos caciques debido a lo ancestral de su origen. Más allá de los riesgos y beneficios económicos, también estaba el prestigio social asociado a la posición de cacique.

Análisis de los argumentos presentados por ambas partes

La habilidad para gobernar ("la capacidad de mando") era una de las cualidades consideradas para la sucesión de los cacicazgos. Por esta razón, durante los litigios, cada parte se centraba en demostrar su propia capacidad para gobernar, así como la falta de esta en la otra parte (Rostworowski, 1961, p. 17). Otro aspecto importante eran los derechos legítimos de herencia de los candidatos. En el pleito analizado, los argumentos se centran principalmente en esto. Cada parte intentaba probar su derecho legítimo para gobernar el cacicazgo de la guaranga de los mitimaes yungas de Huamachuco. Al mismo tiempo, ambas partes argumentaban que el oponente era un impostor e intentaban demostrar su falta de derechos de herencia.

Los argumentos presentados por los litigantes para apoyar el derecho de cada uno al cacicazgo se agrupan en cinco categorías amplias: tener autorización del virrey o de la Real Audiencia, aludir al salario del cacique en la tasa, mencionar los derechos hereditarios, referir al número de personas bajo su mandato, y establecer que eran "naturales" del territorio del cacicazgo.

Tener autorización del virrey o de la Real Audiencia

En primer lugar, tanto Xulcaguaman como Ninaquispe tenían la autorización legal para ser caciques. El problema surge a la hora de dilucidar: cacique de qué o de quiénes. El título de "cacique principal de los indios chaupiyungas de Simbal" de Ninaquispe fue emitido por la Real Audiencia en 1585, y el título de "cacique de la guaranga de los mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco" de Xulcaguaman fue emitido por el virrey Luis de Velasco en 1603. Si bien los títulos refieren a espacios diferentes, esas diferencias se van diluyendo en los argumentos presentados por las partes y en las denominaciones dadas por las autoridades.

El título de Xulcaguaman lo nombra como el "cacique principal de la guaranga de los yndios mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco". Durante el transcurso del pleito también se lo denomina como "señor y cacique principal de guaranga", y "cacique principal de los indios mitimaes yungas de la ciudad de Cajabamba". Por otra parte, las referencias al cacicazgo de Ninaquispe son aún más vagas; su título corresponde a "cacique principal de los indios chaypiyungas de zimbal". No se menciona ninguna guaranga ni la provincia de Huamachuco. Sin embargo, también aparece como "cacique principal de la guaranga de los indios chaupiyungas de Simbal", "cacique de la guaranga de los indios chaupiyungas", "cacique de la ciudad de Simbal", y una de las menciones a su cacicazgo es como el "cacicazgo de los indígenas mitimaes yungas de la ciudad de Cajabamba, provincia de Huamachuco".

Todo esto evidencia que se trata de espacios diferentes, sin aparente solapamiento o equivalencia entre títulos, pero para los litigantes no fue tan tajante la distinción, ya que de otra manera no se explica la persistencia y duración de este litigio, que no solo involucró a caciques de rango intermedio o segunda jerarquía, sino a autoridades españolas también, todos de alguna manera validando lo que se disputaba, ya que ninguna de las autoridades coloniales por las que pasó el pleito (virreyes, corregidores) lograron resolverlo argumentando que se trataba de espacios diferentes.

Las resoluciones originadas por el virrey y la Real Audiencia debían ejecutarse inmediatamente; en cambio, las realizadas por los demás miembros del gobierno no podían ejecutarse sin la aprobación previa del virrey o la Real Audiencia (Ots Capdequí, 1943, p. 103). Esta regla aplicaba a la emisión de títulos de caciques; solo estas dos autoridades podían emitirlos, mientras que los corregidores únicamente podían realizar informaciones y probanzas referente al derecho de los candidatos al cacicazgo, y podían autorizar un gobierno interino mientras el virrey o la Real Audiencia concedían el título (Espinoza Soriano, 1974, pp. 118, 120). Este fue el caso de Xulcaguaman en 1598: cuando era menor de edad, el corregidor de Huamachuco, Álvaro de Noreña, lo declaró cacique, pero solicitó tener la confirmación del virrey, y al día siguiente se realizó la ceremonia de posesión de cacicazgo en Huamachuco. La confirmación del virrey llegó cinco años después, en 1604, y cinco meses después se realizó nuevamente la ceremonia de posesión de cacicazgo.

Aludir al salario del cacique en la tasa

Ambas partes mencionaron en sus argumentos la inclusión del salario de cacique en la tasa (censo para establecer el tributo) y, por lo tanto, su derecho a recibir el salario y los beneficios de chacras correspondientes a los caciques. Dado que no se proporciona más información específica sobre la tasa, suponemos que se refieren a la tasa de Huamachuco, que, según Espinoza Soriano (1974, p. 32), fue ordenada por el virrey Toledo en 1574. Los documentos de Xulcaguaman se refieren a "la nueva tassa del dicho Repartimiento". Gerónimo Ninaquispe también argumenta en este sentido: "fuy nombrado por tal en la visita y tassa y con salario señalado".

Además del título y la ceremonia de posesión, la mención del cacicazgo en la tasa fue otra prueba importante para apoyar el derecho al cacicazgo. De las dos primeras venía la legitimidad del cargo, el título proporcionaba legitimidad por parte de las autoridades coloniales, y la ceremonia lo hacía a nivel de la comunidad indígena. Por su parte, la mención a la tasa era importante porque las tasas indicaban el tributo.

Luego de la creación de los corregimientos, y con ellos la creación de los cabildos indígenas, las funciones judiciales y gubernamentales de los caciques pasaron a los cabildos, mientras que las funciones fiscales (recaudación de tributos) y la organización de la mano de obra permanecieron en manos de los caciques (Glave, 2020, p. 3; Zuloaga Rada, 2012, p. 145). Mencionar la tasa no solo era importante porque de allí provenía la utilidad de la figura del cacique ante el nuevo orden colonial, sino que también de los tributos provenía el dinero para el salario de los caciques, que, como ya se mencionó, estaba estrechamente asociado a su prestigio social y a la posibilidad de mantener parte de su privilegio ancestral de pertenecer a una élite.

El pleito aquí analizado no resuelve el tema del salario. El legajo no escapa a las características propias del trabajo con manuscritos coloniales y es la naturaleza fragmentaria del dato proporcionado. En este sentido, el legajo no proporciona información sobre lo que sucedió con el pago del salario reclamado por las partes. Si consideramos que el título de cacique de Juan García Chumbinamo (hermano mayor de Xulcaguaman) es de 1588, y hay referencias sobre él reclamando la mitad de su salario en 1590, 1591 y en 1592, vemos que nunca recibió su salario completo. Esto descarta que el problema se haya originado cuando Domingo Lozano era gobernador interino de la guaranga, cuando Xulcaguaman era menor de edad, que en teoría debió haber recibido la mitad del salario. Por otro lado, Ninaquispe estaba recibiendo su salario desde su ceremonia de posesión de cacicazgo en 1585.

El salario del cacique provenía de la caja comunal de Huamachuco, donde se depositaba el dinero remanente del pago de los tributos de cada provincia. Estas cajas tenían tres llaves, una en propiedad del corregidor, otra del cacique principal y la tercera en manos del escribano del ayuntamiento (Lohmann Villena, 2001, pp. 88, 346-347). Entre los responsables de las llaves, el corregidor era la autoridad con mayor jerarquía, por lo cual no es raro que en el legajo analizado se mencionen a dos corregidores como responsables por la división de la mitad del salario entre los dos caciques. Sin embargo, esta información es contradictoria, y no coincide ni siquiera en el tiempo de acción de ambos corregidores: uno ejercía en 1591 y el otro con anterioridad.

Mencionar los derechos hereditarios

El primer argumento de Xulcaguaman para obtener el cacicazgo fueron sus derechos hereditarios. Su argumento se basó en la premisa de que él era el "hijo legítimo del antiguo" cacique de la guaranga de los mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco. Para demostrarlo, presentó su primer título de cacique datado en 1598, cuando él tenía alrededor de 14 años. Este mismo argumento también fue presentado previamente por su hermano Juan García Chumbinamo cuando reclamaba la mitad de su salario. Después, en 1604, los argumentos de Xulcaguaman se centraron en demostrar su capacidad para gobernar sin necesidad de un tutor. Por otro lado, Ninaquispe había sido cacique de Simbal por casi 20 años al momento de iniciar el juicio. Tal vez por esta razón no haya sentido la necesidad de presentar información adicional respecto a su derecho de herencia o sus ancestros, o quizás no consideró los derechos hereditarios como un elemento importante para el caso. Sin embargo, la sucesión de su cacicazgo no escapo a los derechos hereditarios, ya que un nieto, Juan Quispe, fue quien le sucedió.

Más allá del periodo que abarca este legajo, Zevallos Quiñones (1992, p. 203) afirma que, para 1688, Juan Quispe era efectivamente el cacique de Simbal. Respecto a la familia Chumbinamo-Xulcaguaman, basándonos en la documentación del litigio, parece haber perdido el caso, ya que Xulcaguaman pasó 54 años reclamando su salario sin éxito, al igual que los previos reclamos de su hermano mayor por la misma razón. Sin embargo, más allá de lo sucedido con el salario, la dinastía Chumbinamo-Xulcaguaman aún se mantenía en el poder en Cajabamba a finales del siglo XVII (Espinoza Soriano, 1974, p. 188). Siguiendo la información del litigio, Ninaquispe fue el cacique de Simbal por más de 40 años, y Xulcaguaman fue el cacique de la guaranga de los mitimaes yungas en Cajabamba por más de 54 años.

Durante el siglo XVII, la sucesión de los cacicazgos pasó a regirse por la ley española del mayorazgo, que estipulaba que la herencia correspondía al mayor de los descendientes, al margen del sexo. Las mujeres debían estar casadas, ya que sus esposos serían sus representantes legales. En ese caso, la mujer era la cacica y su esposo, el gobernador (Espinoza Soriano, 1974, p. 114). Si las mujeres sucesoras eran menores o solteras, un tutor actuaría como gobernador en su nombre. Estas reglas se aplicaron para las sucesiones del cacicazgo de la guaranga de los mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco durante finales del siglo XVI y el siglo XVII.

En 1680, el cacique de la guaranga de los mitimaes yungas era Miguel Julcaguaman, casado con Juana de los Reyes, y, en orden de concepción, con los siguientes hijos: el mayor, Juan Chumbinamo; Clemente Chumbinamo; Petrona Nicolasa; y Josefa Ulloa. El sucesor al cacicazgo fue don Juan, nacido en 1679, quien se casó con Juana Petrona y tuvo tres hijos: Clemente Chumbinamo, que murió cuando era pequeño, otro hijo de nombre desconocido también fallecido cuando era niño, y doña Agustina Polo (Julcaguaman), que se convirtió en su única heredera y legítima sucesora del cacicazgo. Sin embargo, falleció durante los trámites para convertirse en cacica. Entonces, su tía, Petrona Nicolasa, reclamó su derecho al cacicazgo, ya que, tras la muerte de su sobrina, la línea de descendencia de su hermano Juan Chumbinamo había terminado.

Finalmente, en 1693, Petrona Nicolasa recibió la documentación legal de cacica del cacicazgo de la guaranga de los mitimaes yungas reducidos en Cajabamba. Al ser soltera, un gobernador fue elegido para actuar en su nombre (Espinoza Soriano, 1974, pp. 188, 331-336). La relación de esta genealogía (figura 5) con Pedro Xulcaguaman es válida si asumimos que Miguel Julcaguaman, cacique de los mitimaes yungas en 1680, era descendiente de Pedro Xulcaguaman, pues sabemos que, para 1604, era "casado y con hijos", además de que todos mantuvieron los apellidos Xulcaguaman y Chumbinamo en la familia.

En contraste, poco se sabe respecto a los ancestros y descendientes de Ninaquispe (figura 4). Su padre aparece como Francisco Pancahuaman según Zevallos Quiñones (1992, p. 202) y como Francisco Alcaguaman en uno de los manuscritos aquí analizados. Ambos nombres pueden corresponder a la misma persona, ya que en la costa y sierra norte las personas podían tener más de un nombre en el transcurso de su vida. Así, los nombres podían referirse a diferentes posiciones que la persona iba ocupando a lo largo de su existencia. Para el caso de los caciques, los nombres podían estar relacionados con la jurisdicción o linaje y no a la persona (Ramírez, 2006, pp. 28, 30). En un litigio por tierras de 1595, hay referencias a sus abuelos y ancestros mencionándolos como los propietarios de tierras en la chaupiyunga del valle del Virú (Zevallos Quiñones, 1992, pp. 200-202).

Ninaquispe estaba casado con Juana Paxaro. En 1607 continuaba como cacique de Simbal y murió en 1615 (Zevallos Quiñones, 1992, p. 202). Uno de los manuscritos de 1658 menciona que Ninaquispe tuvo un hijo llamado Alonso Quispe, padre de don Juan Quispe15, quien fue el nieto de Ninaquispe elegido como cacique de Simbal.

Referir al número de personas bajo su mandato

Uno de los argumentos de Juan García Chumbinamo contra Ninaquispe era el número de personas que tenía bajo su mandato. En 1595, Juan García Chumbinamo mencionó que Ninaquispe era el "prinçipal de una parçialidad de veynte o treinta indios". Sin embargo, para 1585, Simbal tenía 350 tributarios (cabezas de familia) para los cuales Ninaquispe era el "cacique principal"16. Xulcaguaman fue incluso más específico: en 1604, declaró que Ninaquispe "no tener yndios y los que tiene ser siete u ocho y no ser numero copiosso para tener cacique". Xulcaguaman decía que la mayoría de los "yndios" reducidos estaban bajo su gobierno. Tal vez estaba haciendo referencia solo a siete u ocho "yndios" de la guaranga de mitimaes yungas que fueron reducidos en Simbal y no a toda la población. En este caso, el estatus del cacique se basaba en la cantidad de personas bajo su mandato, independientemente del origen étnico de la población (Ramírez, 2008, p. 237).

Establecer que eran "naturales" del territorio del cacicazgo

En contraste con lo anterior, Ninaquispe basó sus argumentos en la importancia del origen. Para él, un cacique debía ser "natural" del lugar que quiere gobernar. Como él mismo explica, él era el "cacique natural de los yndios que llaman chaupiyungas en la provinçia de guamachuco doblados y rreducidos en el pueblo de cimbal". En consecuencia, sus argumentos en contra de Juan García Chumbinamo se basaban en considerarlo un extranjero y no un nativo del lugar de gobierno. Según Ninaquispe, Juan García Chumbinamo "a yntentado y procurado entrarse en el dicho cacicasgo siendo mitima y no natural ni sus desendientes de la dicha parçialidad y ayllo de chaupiyungas". Ninaquispe fue aún más lejos en sus argumentos contra la familia Chumbinamo-Xulcaguaman, al mencionar que, debido a su condición de indígenas mitimaes, eran "adbenedizos", "Por que los yndios mitimas yungas de quien se haze caçique [Xulcaguaman] son de los yndios desterrados por el ynga de los valles de paijan y otros valles por delinquentes son adbenedizos".

Esta imagen de los caciques como "señores naturales" ya se aplicaba a los caciques andinos del Imperio inca por cronistas que buscaban justificar la invasión española tiranizando a los incas (Assadourian, 1994, p. 162; Pease, 1988, p. 88). Hacía referencia a los caciques regidos por pautas tradicionales y derechos políticos que debían ser reconocidos (Pease, 1988, pp. 88 y 90). Cuando estos términos eran usados por caciques constituían una especie de reivindicación andina (Assadourian, 1994, p. 168). Y es en este amplio contexto político colonial que Ninaquispe, cacique de indios chaupiyungas, continúa reivindicando su estatus de cacique natural, en detrimento de la nueva organización política instaurada por los incas en la provincia de Huamachuco.

En parte, Ninaquispe tenía razón en cuanto al origen de la familia Chumbinamo-Xulcaguaman, había un vínculo entre esta familia dinástica con la costa durante el periodo inca. Las élites chimú estaban representadas por el uso de las palabras Huaman y Chumbi en sus nombres (Zevallos Quiñones, 1992, p. 3). A comienzos del siglo XVI, el apellido Chumbi aparecía de forma recurrente entre los caciques de la costa norte y central (Rostworowski, 1961, p. 12). El linaje dinástico que gobernaba el cacicazgo de la guaranga de los mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco era el Chumbinamo-Xulcaguaman. Los incas mantuvieron en su lugar a los caciques chimú y a otros miembros de la élite que fueron más benevolentes con ellos, una estrategia que permitió a parte de la aristocracia chimú mantener parte de sus privilegios ancestrales. Por lo tanto, es posible que los mandatarios incas enviasen a algunos miembros de la aristocracia chimú a gobernar la guaranga de los mitimaes yungas en Huamachuco17. Considerando este contexto, los Chumbinamo-Xulcaguaman llegaron a convertirse en caciques de los mitimaes yungas en Huamachuco durante el Imperio inca, y debido a una directa acción incaica como lo fue la creación de las nuevas guarangas en Huamachuco, la de mitimaes yungas y la de serranos. De esta manera, cuando Ninaquispe menciona que Chumbinamo, al igual que los mitimaes, no era "natural" del lugar donde gobernaba, indirectamente también estaba negando la reestructuración inca de la provincia de Huamachuco y la creación de las guarangas de mitimaes, al no reconocerle sus caciques como "naturales" del lugar donde gobernaban.

Xulcaguaman sabía que el litigio no era por el cacicazgo de los indígenas chaupiyungas de Simbal. Declaró que Ninaquispe era:

un caçique simple de los yndios chaupiyungas de çimbat De donde el suso dicho es natural ni jamas el ni sus antepasados tubieron dominio ni señorio en los yndios mitimas los quales fueron traidos de los balles de truxillo y puestos en el balle de chuquebamba desta provinçia por los yngas18.

Esta aclaración es pertinente, pero también era cierto que en la guaranga de los mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco había una pachaca de indígenas chaupiyungas, y Simbal fue una de las siete reducciones de Huamachuco que acogió a algunos de estos indígenas. El notario Martín Pérez de Aguirre y Ninaquispe aclararon que "grmo ninaquispe y sus yns° q son de la guaranga de los chaupiyungas son yndios naturales deste pu° de çimbat a donde se Reduzieron de otros seis pueblos" (f. 43r).

En 1602, Gerónimo Ninaquispe declara que él era el cacique del "ayllo de chaupiyungas". En el norte de Perú, la pachaca, como organización social más elemental y no necesariamente compuesta por 100 familias nucleares, podía ser equivalente al ayllu, y generalmente aparecen en la documentación como sinónimos19 (Espinoza Soriano, 1974, p. 21; Zuloaga Rada, 2012, pp. 46-47). En este sentido, Ninaquispe está considerando elementos andinos generales como la mención al "ayllo de chaupiyungas" en lugar de la pachaca inca (aquella pachaca con fines meramente administrativos). Desde una perspectiva emic, la afiliación al ayllu y la ubicación ecológica determinarían un grado importante de identidad étnica (Topic, 1998, p. 110). Independientemente del nombre, ayllu o pachaca, había indígenas de la pachaca de chaupiyungas de la guaranga de los mitimaes yungas que fueron reducidos en Simbal (Zevallos Quiñones, 1992, p. 202).

En 1604, Xulcaguaman nos ofrece una explicación plausible de lo que podría haber pasado y el origen de la confusión en cuanto pago del salario. En sus palabras:

es mi parte caçique prinçipal de [...] dho caçicazgo de los yndios mytimas yungas y por estar estos rreduzidos en todo los pueblos desta provinçia de guamachuco y como en uno de dellos es zinbat de neçesidad pa su gobierno y cobrança de tasa y demas obligaçiones [...] y por estar tan dibisos y rrepartidos nonbraron por prinçipal de los que biben y rresiden en el pu° de zinbat a el dho don geronymo nynaquispe para los efectos rreferidos el qual con la antiguedad y tranlaçion de tiempo a querido y pretendido tiranyzar y alçarse con el dho caçicazgo.

Dada la confusión originada por la invasión española y sus consecuencias, algunos líderes, jefes o cabecillas de pequeños grupos comenzaron a llamarse caciques (Zevallos Quiñones, 1992, p. 10). Ese podría haber sido el caso de Ninaquispe. Para 1567, los mitimaes yungas-chaupiyungas no solo vivían en Simbal, también lo hacían en varios pueblos o asentamientos en la provincia de Huamachuco (Espinoza Soriano, 1974, p. 293). Se desconocen las reglas que llevaron a la distribución de la población de las guarangas de Huamachuco hacia las diferentes reducciones. A medida que el tiempo pasaba, el cacique principal de una reducción se convertía en el cacique de todo el pueblo (Zevallos Quiñones, 1992, p. 188).

Para 1604, el protector de los naturales Luis de Eguino mencionó que la población de la guaranga de mitimaes yungas fue reducida en los pueblos de Cajabamba y otros de la provincia de Huamachuco. Esta información coincide con Espinoza Soriano (1974, p. 93), quien dice que en 1572 había indios chaupiyungas en la reducción de Cajabamba. A su vez, Simbal, creada como reducción en 157420 para reducir a los indios chaupiyungas de los valles de los ríos Moche, Virú y Chao (Castañeda Murga y Millaire, 2015, p. 64), también fue el destino de algunos indios chaupiyungas de la guaranga de mitimaes yungas de Huamachuco (Zevallos Quiñones, 1992, p. 202).

La guaranga de los mitimaes yungas era relativamente nueva en el paisaje geopolítico de Huamachuco porque era una creación inca. Sin embargo, los caciques venían de una antigua y fuerte tradición costera, el reino Chimú. Por otra parte, Simbal era también una nueva reducción ubicada en un área que había nucleado a las personas que vivían en la región ecológica chaupiyunga previo a los incas. Estos individuos eran llamados indios chaupiyungas. Por lo tanto, la población de Simbal era de la misma región ecológica, a diferencia de lo sucedido con la guaranga de mitimaes yungas. Por otro lado, los indígenas de la guaranga de los mitimaes yungas fueron trasladados forzosamente por los incas desde la costa hacía la sierra. Posteriormente, durante la distribución de las personas de las guarangas a las diferentes reducciones, algunos de los chaupiyungas podrían haber regresado a su área original, la chaupiyunga de Simbal21.

El argumento basado en el número de personas bajo el mandato está en estrecha relación con la mención del salario en la tasa. Estos dos elementos son claves para entender de qué se trataba esta lucha de poder. Era una lucha por el número de indios tributarios, estos caciques eran "los factores más activos de movilización de energía campesina hacia la producción mercantil" (Assadourian, 1994, p. 167), que no solo proporcionaba el salario y beneficios de los caciques, sino que esa energía humana se organizaba con base en las relaciones de redistribución propias de los antiguos ayllus, pachacas y guarangas, o sea a la organización indígena precolonial (Argouse, 2008, p. 172; Pease, 1988, p. 104). Esta organización se vio fuertemente afectada por las encomiendas, al repartirse la población de un cacicazgo entre dos encomiendas, alterando de esta manera la organización social y económica de algunos cacicazgos. Ante esta confusión, los españoles empezaron a intervenir en las sucesiones de cacicazgos, ya fuera reemplazando caciques, nombrando caciques gobernadores o propiciando la llegada al poder de indígenas que les eran favorables a sus intereses (Assadourian, 1994, p. 157). También se vieron afectados por la creación, en este caso prácticamente en la misma fecha (1565), de los corregimientos y reducciones. Con los corregimientos los caciques perdieron la potestad de administrar justicia (Assadourian 1987, p. 250), y con las reducciones perdieron la organización territorial de los cacicazgos.

A pesar de todos estos procesos, existieron linajes hereditarios que ejercieron el poder manteniendo elementos culturales precoloniales (Glave, 2014, p. 34), tal cual lo podemos ver es este caso de estudio.

Esta lucha legal entre dos líderes étnicos, entre dos dinastías de caciques, forma parte de lo que Glave (2021, p. 36) denomina proceso de gestación de una identidad indígena general, conformada por los indígenas andinos del periodo colonial a través del discurso y la acumulación representativa de esa historia de luchas legales. Luchas a través de las cuales los querellantes se iban apropiando del lenguaje y las formas de representación de los españoles como estrategia de supervivencia cultural y física.

Simbal y Gerónimo Ninaquispe

Especial mención merecen el cacique Gerónimo Ninaquispe y Simbal. El difuso estatus político y administrativo de Simbal fue un factor clave en el litigio. Un ejemplo de esto es la ceremonia de posesión de cacicazgo de Ninaquispe, realizada en Trujillo el 22 de agosto de 1585, en la casa del corregidor de Trujillo, Frutuoso de Ulloa, a pesar de que estas ceremonias se solían realizar en la plaza principal del pueblo más importante de la provincia donde el cacique gobernaría (Espinoza Soriano, 1974, p. 122). Si bien Simbal estaba administrativamente bajo la jurisdicción de Trujillo, política y económicamente estaba bajo la jurisdicción de la provincia de Huamachuco22. En 1604, Ninaquispe reforzó su adscripción a Trujillo, cuando mencionó que él era el cacique de la jurisdicción de Trujillo. Se llamó a sí mismo: "caçique prinçipal del pueblo de san juan de simbat jurisdiçion desta çiudad de Trujillo del piru encomyenda del jeneral don juan avedaño de la provinçia de guamachuco".

Esta particularidad de Simbal -de encontrarse administrativa y geográficamente entre Trujillo y Huamachuco, entre la costa y la sierra- marcó el camino de las acciones de Ninaquispe. La mayoría de sus documentos presentados se emitieron en Simbal o Trujillo, a diferencia de los documentos presentados por Xulcaguaman, que fueron emitidos en Huamachuco y Cajabamba. Ninaquispe también tenía experiencia en litigios legales, hecho que influyó en su estrategia. Previo al litigio analizado aquí, Ninaquispe tuvo "pleytos" con Gerónimo Condorquispe respecto al "cacicazgo de la guaranga".

Otra estrategia usada por Ninaquispe fue la cuidadosa elección de sus representantes legales. Mientras que Xulcaguaman siempre estuvo representado por el protector de los naturales, Ninaquispe escogió personas específicas; entre ellas, uno de los individuos más poderosos en el contexto colonial: el gobernador de los indígenas en Huamachuco, Agustín de Carvajal. La estrategia de Ninaquispe consistía en aliarse a las figuras más poderosas. Además, el gobernador parecería ser el único punto de conexión de Ninaquispe con Huamachuco, lo que evidenciaba su estrategia de tener un representante en la costa y otro en la sierra (en Trujillo y en Huamachuco). ¿Cuán poderoso era Ninaquispe para tener esta clase de aliados?

Poco se sabe acerca de este personaje histórico que priorizó la importancia del origen de los caciques y la estructura de ayllu en sus argumentos. Los datos en el legajo muestran a Ninaquispe, o tal vez a su familia dinástica, como un líder con aliados poderosos, pero también la posibilidad de haber sido un líder con el apoyo de las personas bajo su mandato, si consideramos que al final del manuscrito, a pesar de su ausencia física, la población de Simbal apoyó la candidatura de su nieto: "estando toda la gente agregada en la puerta de la iglesia [...] Respondieron [...] que querian y quieren que sea u casique y gobernador de este pueblo de simbal el dicho don Juan Quispe". Si bien no es posible saber quiénes eran los que estaban agregados en la puerta de la iglesia para tener ese grado de decisión, tampoco podemos saber si detrás de esa afirmación estaban los intereses del propio Juan Quispe, o el notario, o de alguna persona que no es mencionada en el legajo, es importante considerar dos temas. Primero, que es a través de las escrituras públicas, realizadas frente a un notario español, que los caciques estaban representando su mundo, su orden político y social (Noack, 2001, p. 192). Y segundo, que la situación de prestigio étnico de los caciques durante la Colonia se debió al reconocimiento de su autoridad por parte de la misma población andina (Pease, 1988, p. 87). Entonces la referencia a que fue la "gente agregada en la puerta de la iglesia" la que pidió que el descendiente de Ninanquispe fuera el cacique es un dato importante para seguir indagando.

Conclusiones

Al final del pleito, ambos litigantes resultaron exitosos en mantener a sus familias en el poder, aunque Ninaquispe no vivió para presenciarlo. En este aparente litigio por un salario, que no se resuelve y en el cual nada relacionado con este se plantea con claridad, el salario se convierte en un simbolismo que cobra importancia para validar antagonismos entre dinastías de caciques y luchas por cacicazgos. Resta por investigar qué sucedió con esas dinastías durante los siglos venideros, y profundizar sobre los cacicazgos de la histórica provincia de Huamachuco, de la cual esta investigación, a través de un estudio de caso, constituye solo una aproximación a la formidable complejidad detrás de la etiqueta de "cacicazgos coloniales tempranos" en el norte de Perú.

La interacción entre los cacicazgos de Simbal y de los mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco no se basó en el mutuo acuerdo o entendimiento de las interacciones sociales incas, preíncas o españolas. El legajo muestra que, durante este periodo, la legislación colonial española no era el único punto de referencia, ya que remanentes de la organización inca y preínca también fueron importantes. En la misma región, en el periodo de estudio, las personas usaban tanto la lógica colonial española como la prehispánica. Por ejemplo, las partes interesadas utilizaron una lógica colonial cuando dijeron que el salario del cacique se mencionaba en la tasa. Tanto el salario como las tasas eran instituciones instauradas por los españoles. También Xulcaguaman empleó una lógica prehispánica al reclamar su derecho hereditario al cacicazgo de la guaranga; lo mismo Ninaquispe, cuando usó como argumento la importancia del origen de los caciques.

A lo largo de todo el litigio, ambas partes trataron de aplicar categorías de cacicazgos que ya no eran válidas, debido al reasentamiento forzado de las personas en las reducciones. Si bien sus cacicazgos fueron registrados en las tasas, el territorio y la población asociados a ellos mostraban una realidad totalmente diferente. Directa e indirectamente, ambas partes aún reconocían el gobierno político inca en Huamachuco. Xulcaguaman lo reconoce directamente, explicando que tanto él como su familia eran los caciques de la guaranga de los mitimaes yungas de la provincia de Huamachuco, creada directamente por los incas. Ninaquispe lo hace indirectamente, recordando las desfavorables razones por las cuales los mitimaes yungas fueron reasentados en Huamachuco por los incas.

El reconocimiento, y las diferentes interpretaciones del sistema inca, para tratar de favorecer a unos y desfavorecer a otros en el nuevo contexto político colonial de finales del siglo XVI y comienzos del XVII, dio lugar a esta compleja disputa sobre cacicazgo. Una disputa multicausal que fue consecuencia directa de los efectos acumulativos de la imposición del sistema de encomiendas, de reducciones y de los corregimientos.

A pesar de que la mención de guaranga como una organización sociopolítica y como forma de organización territorial comenzó a desaparecer del legajo hacia el final del pleito -mitad del siglo XVII-, es importante mencionar cómo en la actualidad hay remanentes de esta forma de organización en Huamachuco. Desde luego, el significado moderno es bastante diferente, ya que hoy en día guaranga es el nombre dado a varios grupos de personas que se reúnen para organizar o participar en la celebración de una de las festividades más importantes de Huamachuco: el izamiento del gallardete (Topic, 1992). Por otra parte, la particular situación de Simbal -de encontrarse administrativa y geográficamente entre Trujillo y Huamachuco, entre la costa y la sierra-, podría ser otro remanente de un tipo de organización geopolítica prehispánica. Ambos ejemplos merecen mayor investigación, así como otros estudios sobre la argumentación que otros caciques de Huamachuco utilizaron en sus litigios.

Este pleito político indígena evidencia la continuidad y el solapamiento, durante el periodo colonial, de fuertes elementos prehispánicos inmersos en los argumentos de los litigantes. Durante el periodo colonial temprano, se produjeron cambios profundos y complejos en los Andes, pero algunos de ellos ya venían desde el periodo inca, e incluso antes. Existen ejemplos de continuidad histórica, como la figura política del cacique y su prestigio, las dinastías o la aristocracia indígena de las familias Chumbinamo-Xulcaguaman y Ninaquispe, o los diferentes niveles de interacción entre la costa, chaupiyunga, y la sierra.

Algunas de estas continuidades históricas cambiaron su significado a través del tiempo, como es el caso del sistema de guaranga o la sucesión de los cacicazgos por lazos de sangre o ancestros, adaptando las reglas tradicionales a las reglas coloniales (por ejemplo, el caso de la familia Chumbinamo-Xulcaguaman al final del siglo XVII, con la cacica Petrona Nicolasa). Este análisis evidencia la importancia de los periodos preínca e inca para entender el periodo colonial, y enfatiza la importancia de las continuidades históricas indígenas. Este estudio de ninguna manera agota los múltiples temas involucrados en el legajo analizado.

Nota. Adaptado de Delgado (2018, p. 73)

FIGURA 4 Genealogía de don Gerónimo Ninaquispe 

Notas. ** Basada en ARLL. 1604. Corregimiento. Asuntos de Gobierno. Exp. 3068. Leg. 266.

* Basada en Espinoza Soriano, 1974 (adaptado de Delgado, 2018, p. 72).

FIGURA 5 Caciques de la guaranga de los mitimaes yungas de Huamachuco, siglos XVI y XVII. Genealogía de don Pedro Xulcaguaman 

Agradecimientos

Al personal del ARLL, en especial a su director Alfonso Acuña Suárez. A Amedeo Sghinolfi por la elaboración del mapa, y a Santiago Delgado por el diseño de las genealogías.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Argouse, A. (2008). ¿Son todos caciques? Curacas, principales e indios urbanos en Cajamarca (siglo XVII). Bulletin de l'Institut Français d'Études Andines, 37(1), 163-184. [ Links ]

Assadourian, C. S. (1987). Los señores étnicos y los corregidores de indios en la conformación del Estado Colonial. Anuario de Estudios Americanos, (44), 325-426. [ Links ]

Assadourian, C. S. (1994). Dominio colonial y señores étnicos en el espacio andino. En Transiciones hacia el sistema colonial andino (pp. 151-170). El Colegio de México y Fideicomiso Historia de las Américas. [ Links ]

Castañeda Murga, J. J. (2019). La ocupación indígena de la traza urbana de la ciudad de Trujillo, 1534-1619. [Tesis de maestría en Historia, Pontificia Universidad Católica del Perú]. [ Links ]

Castañeda Murga, J. J. y Millaire, J.-F. (2015). Agua, tierra y recursos. Una historia ambiental del valle de Virú, ss. XVI-XIX. Perspectivas Latinoamericanas, (12), 50-67. [ Links ]

D'Altroy, T. (2015). The incas. Blackwell Publishing Ltd. [ Links ]

Delgado Domínguez, C. (2018). Indigenous political organization in Huamachuco, Peru, in the early Seventeenth Century. [Tesis de maestría, The University of Western Ontario]. https://bit.ly/3PFakuZLinks ]

Díaz Rementería, C. J. (1977). El cacique en el Virreinato del Perú. Estudio histórico-jurídico. Universidad de Sevilla. [ Links ]

Espinoza Soriano, W. (1962). La incorporación del curacazgo de Huamachuco al Imperio de los incas. En Actas y trabajos del II Congreso Nacional de Historia del Perú (pp. 117-119). El Centro. [ Links ]

Espinoza Soriano, W. (1971). Geografía histórica de Huamachuco. Historia y Cultura, (5), 5-96. [ Links ]

Espinoza Soriano, W. (1974). Los señoríos étnicos del valle de Condebamba y provincia de Cajabamba. Historia de las huarancas de Llucho y Mitmas. Siglos XV-XX. Anales Científicos de la Universidad del Centro de Perú, (3), 11-371. [ Links ]

Glave, L. M. (Julio-diciembre, 2014). Hombres de mar. Caciques de la costa ecuatoriana en los inicios de la época colonial. Procesos. Revista Ecuatoriana de Historia, (40), 9-36. [ Links ]

Glave, L. M. (2020). El archivo indígena y el relato de su historia en los Andes. Naveg@mérica. Revista electrónica editada por la Asociación Española de Americanistas, (25), 1-23. [ Links ]

Glave, L. M. (2021). La gran vejación. Manuscritos reivindicativos de incas, caciques y defensores de la población indígena. Revista Andes, (04), 35-59. [ Links ]

Lohmann Villena, G. (2001). El corregidor de indios en el Perú bajo los Austrias. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú. [ Links ]

Málaga Medina, A. (1993). Las reducciones toledanas en el Perú. En R. Gutiérrez (comp.), Pueblos de Indios. Otro urbanismo en la región andina (pp. 263-316). Ediciones Abya-Yala. [ Links ]

Noack, K. (2001). Los caciques ante el notario: transformaciones culturales en el siglo XVI. En H. Noejovich (ed.), América bajo los Austrias: economía, cultura y sociedad (pp. 191-204). Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú. [ Links ]

Ots Capdequí, J. M. (1943). Manual de historia del derecho español en las Indias y del derecho propiamente indiano. Tomo II. Instituto de Historia del Derecho Argentino. Facultad de Derecho y Ciencia Sociales. [ Links ]

Pärssinen, M. (2004). Tawantinsuyu. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Embajada de Finlandia e Instituto Francés de Estudios Andinos. [ Links ]

Pease, F. (1988). Curacas coloniales: riqueza y actitudes. Revista de Indias, (48), 87-107. [ Links ]

Puente Brunke, J. D. (1992). Encomienda y encomenderos en el Perú. Estudio social y político de una institución colonial. Excma. Diputación Provincial de Sevilla. [ Links ]

Pulgar Vidal, J. (1981). Geografía del Perú. Las ocho regiones naturales del Perú. Editorial Universo. [ Links ]

Quilter, J. (2014). The ancient central Andes. Routledge. [ Links ]

Ramírez, S. E. (2006). Historia y memoria: la construcción de las tradiciones dinásticas andinas. Revista de Indias, 66(236), 13-56. [ Links ]

Ramírez, S. E. (2008). Los curacas y las jerarquías de poder en la Costa Norte. En K. Makowski (comp.), Señores de los Reinos de la Luna (pp. 233-247). Banco de Crédito. [ Links ]

Ramírez, S. E. (2013). Kings, kinsmen and others: The theory and practice of Andean allegiances. En U. Bosma, G. Kessler y L. Lucassen (eds.), Migration and membership regimes in global and historical perspective (pp. 221-238). Brill. [ Links ]

Rostworowski, M. (1961). Curacas y sucesiones. Costa norte. Imprenta Minerva. [ Links ]

Rowe, J. (1946). Inca culture at the time of the Spanish conquest. En J. H. Steward (ed.), Handbook of South American Indians. Volume 2: The Andean Civilizations (pp. 183-330). Bureau of South American Ethnology. [ Links ]

Saito, A. y Rosas Lauro, C. (2017). Introducción. Reduciendo lo irreducible. En A. Saito, y C. Rosas Lauro (eds.), Reducciones. La concentración forzada de las poblaciones indígenas en el Virreinato del Perú (pp. 11-39). Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú y Osaka, National Museum of Ethnology. [ Links ]

Solórzano Pereira, J. de. (1703). Política indiana. Henrico y Cornelio Verdussen. Mercaderes de Libros. https://bit.ly/3Bopu3w. [ Links ]

Topic, J. R. (1992). Las huacas de Huamachuco: precisiones en torno a una imagen indígena de un paisaje andino. En F. J. San Pedro, La persecución del demonio. Crónica de los primeros agustinos en el norte del Perú (1560) (pp. 39-99). Editorial Algazara. [ Links ]

Topic, J. R. (1998). Ethnogenesis in Huamachuco. Andean Past (5), 109-125. [ Links ]

Topic, J. R., Topic, T. L. y Melly Cava, A. (2002). Catequil: The Archaelogy, and Ethnohistory of a Major Provincial Huaca. En W. H. Isbell y H. Silverman (eds.), Andean Archaeology I: Variations in Sociopolitical Organization (pp. 303-336). Kluwer Academic y Plenum Publishers. [ Links ]

Zevallos Quiñones, J. (1992). Los cacicazgos de Trujillo. Gráfica Cuatro. [ Links ]

Zevallos Quiñones, J. (1999). Etnohistoria del Área Virú-Huaura: un avance documental (siglos XVI-XIX). Instituto Nacional de Cultura de La Libertad y Proyecto Especial Chavimochic. [ Links ]

Zuloaga Rada, M. (2012). La conquista negociada: guarangas, autoridades locales e imperio en Huaylas, Perú (1532-1610). Instituto de Estudios Peruanos e Instituto Francés de Estudios Andinos. [ Links ]

Fuente de financiamiento: Esta investigación fue financiada por Social Sciences and Humanities Research Council (Canadá) y Western University (Canadá).

Citar como: Delgado Domínguez, C., Castañeda Murga, J., Quesada Zumarán, A. y Millaire, J.-F. (2023) El cacicazgo de la guaranga de los mitimaes yungas de Huamachuco (Perú) y la lucha entre dos autoridades étnicas por el poder, siglo XVII. Desde el Sur, 15(2), e0028.

1Arqueóloga y técnica en Museología, en ambos casos egresada de la Universidad de la República (Montevideo, Uruguay). Magíster por la University of Western Ontario (Canadá), con enfoque en etnohistoria andina. Sus áreas de interés son: colonialismo, los Andes, Cuenca del Plata, y la difusión de conocimiento científico en ámbitos museísticos. cdelgado@uwo.ca.

2Licenciado en Arqueología por la Universidad Nacional de Trujillo (UNT) y magíster en Historia por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Profesor de la Facultad de Ciencias Sociales de la UNT. jcastanedam@unitru.edu.pe.

3Egresado y licenciado en la Escuela de Historia de la UNT. Realiza investigaciones sobre la historia de la ciudad de Trujillo y el norte del Perú. Ha trabajado para el Ministerio de Cultura, el Proyecto Especial Chan Chan, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Piura y el Museo Nacional del Perú. arthurquesadazumaran@gmail.com.

4Arqueólogo especializado en prehistoria andina. Su investigación se centra en las primeras sociedades complejas que ocuparon la costa norte del Perú, las primeras ciudades andinas, las prácticas rituales, los textiles, la datación por radiocarbono y la teledetección. Es decano de Investigación y Creación de la Université du Québec à Trois-Rivières, y profesor asistente en el Departamento de Antropología de la University of Western Ontario. jean-francois.millaire@uwo.ca.

5Archivo Regional La Libertad (ARLL), ubicado en Trujillo (Perú). Corregimiento. Asuntos de Gobierno. Exp: 3068. Leg.: 266. Una descripción detallada en inglés y la transcripción completa con fotografías se encuentra en Delgado Domínguez (2018).

6La región ecológica yunga o chaupiyunga se ubica entre los 500 y 2300 metros sobre el nivel del mar. Sus principales características son: clima cálido, presencia de sol durante todo el año y lluvias mínimas en el verano (Pulgar Vidal, 1981, p. 56).

7Se utilizan los términos curacazgo y curacas para referirnos a la organización socio-olítica indígena previa a la invasión española, mientras que los términos cacicazgo y cacique fueron usados para la época colonial, considerando que fueron los españoles quienes empezaron a llamar "caciques" a los curacas, y "cacicazgos" a los curacazgos (Argouse, 2008, p. 173; Zevallos Quiñones, 1992, p. 1). En los manuscritos consultados los términos utilizados son cacicazgos y caciques.

8Siguiendo la cronología de Lumbreras, el periodo inca abarca de 1430 al 1532. Y siguiendo la cronología de Rowe, el periodo inca se ubica en el Horizonte Tardío (1450 al 1550) (Quilter, 2014, pp. 35-37).

9 Pärssinen (2004, p. 357) considera que la guaranga tuvo esta característica en el Chinchaysuyu.

10Ayllu es la unidad sociopolítica básica en los Andes, integrado por un grupo familiar que trabaja en conjunto en las actividades de subsistencia (Quilter, 2014, pp. 45, 248). Espinoza Soriano (1974, p. 21) notó la ausencia de la palabra ayllu en los documentos de Cajamarca y Huamachuco, pero sí reconoce pachaca. Zuloaga Rada (2012, pp. 46-47) considera a la pachaca como "el nivel más básico del liderazgo político".

11Es importante destacar que, para el norte peruano, la organización sociopolítica en guarangas es preínca (Espinoza Soriano, 1974, p. 33; Pärssinen, 2004, p. 334; Zuloaga Rada, 2012, pp. 44-45).

12Mitimaes era un término genérico que hacía referencia a aquellos que habían sido removidos permanentemente de sus linajes de origen por razones socioeconómicas, para controlar una población, o como castigo por resistirse al Imperio inca (Ramírez, 2013, p. 228).

13Es justamente esta última, la disputada en el pleito analizado, que estaba compuesta por cuatro pachacas: Chimín o Chicmin, Chaupiyungas, Paipai y Olleros (Espinoza Soriano, 1974, pp. 19-25). En una publicación anterior, Espinoza Soriano (1962, pp. 117-118) menciona que la provincia inca de Huamachuco estaba compuesta por siete guarangas, cinco de origen local (entre ellas una de chaupiyungas) y dos de mitimaes. En cambio, en la publicación citada en el cuerpo del texto, de 1974, menciona que estaba compuesta por seis guarangas. Hemos optado por la publicación más reciente porque coincide con los datos brindados en el legajo analizado, que para 1591 menciona: "los seis caçiques de la Provinçia", en referencia a los caciques de las seis guarangas.

14El sistema de reducciones consistió en el reasentamiento forzado de toda la población indígena en ciudades-reducciones para facilitar el control de las revueltas y la recolección de impuestos, y liberar las tierras de los indígenas (Puente Brunke, 1992; Espinoza Soriano, 1971).

15El testamento de Juana Pajaro, esposa de Ninaquispe, de 1625, nombra como único heredero legítimo a un nieto de nombre Juan, pero lamentablemente el manuscrito está roto donde iba el apellido (ARLL, Corregimiento. Causas Ordinarias, Exp. 740. Leg. 174).

16ARLL. 1596. Corregimiento. Causas Ordinarias. Exp. 301, Leg. 157.

17Otros autores (Ramírez, 2013, p. 236; Zevallos Quiñones, 1992, p. 211) concuerdan en que Juan Chumbinamo podría ser de origen chimú o de un linaje étnico aristocrático de la costa.

18El argumento de la transmisión de poder por herencia, y también la alusión a los incas, aparece en otros caciques de la sierra norte, como es el ejemplo del testamento de 1565 de don Melchior Carvaraico, "señor principal de la provincia de Cajamarca". Este cacique basa su autenticidad por medio de la transmisión padre-hijo. De forma similar a Xulcaguaman, lo hizo aludiendo a su pasado incaico antes que a "su pasado local, cuando menciona la hamaca "en que andaban los yngas"" (Noack, 2001, p. 202).

19También hay referencias de pachacas compuestas por varios ayllus para el norte de Perú (Zuloaga Rada, 2012, p. 46).

20Para Espinoza Soriano (1971, pp. 24-35), la fundación de Simbal como reducción fue en 1572; sin embargo, también se menciona que, en 1567, los indígenas chaupiyungas de las quebradas y del área de Susanga (valle del río Virú medio) ya habían sido reducidos en Simbal (Espinoza Soriano, 1974, p. 32; Zevallos Quiñones, 1992, p. 202).

21Hay ejemplos para la costa de Ecuador, donde los pueblos reducidos se rearticulaban siguiendo viejas filiaciones (Glave, 2014, p. 26).

22El salario del cacique provenía la caja comunal de Huamachuco.

Recibido: 02 de Agosto de 2022; Aprobado: 13 de Enero de 2023

Contribución de autoría:

Carolina Delgado Domínguez tuvo a cargo las ideas, la redacción, las conclusiones y la transcripción documental. Juan Castañeda Murga se encargó de las ideas, supervisó el trabajo de investigación y realizó la búsqueda documental. Arthur Quesada tuvo a su cargo las ideas y realizó la búsqueda y transcripción documental. Jean-François Millaire dirigió el proyecto y supervisó la investigación.

Potenciales conflictos de interés:

Ninguno.

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